Disposiciones legales relevantes sobre estándares de compensación por expropiación de tierras
Base Legal
Artículo 48 de la "Ley de Ordenación de Tierras"
Se otorgará una compensación justa y razonable por la expropiación de tierras para garantizar que se recuperen los niveles de vida originales de Los agricultores expropiados no se ven reducidos, se garantiza el sustento a largo plazo. Los estándares de las tarifas de compensación de tierras y los subsidios de reasentamiento para las tierras agrícolas requisadas serán determinados por las provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central mediante la formulación y publicación del precio integral de la tierra en el área. El establecimiento de precios regionales integrales de la tierra debe considerar de manera integral factores como el uso original de la tierra, las condiciones de los recursos de la tierra, el valor de la producción de la tierra, la ubicación de la tierra, la oferta y demanda de la tierra, la población y los niveles de desarrollo económico y social, y deben ajustarse o volverse a anunciar. al menos cada tres años. Las normas de compensación para la requisa de tierras agrícolas, anexos de terrenos y tierras distintas de cultivos verdes serán formuladas por las provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central.