Cuando un abogado presencia un testamento, ¿cuántas cartas de representación se firman entre el bufete de abogados y el testador?
Según el artículo 17 de la "Ley de Sucesiones", la escrituración de un testamento debe ser tramitada por el testador a través de una notaría. El testamento redactado por él mismo debe ser redactado y firmado por el testador, indicando el año, mes y día. Un testamento confiado para ser escrito en nombre de otros debe ser atestiguado por dos o más testigos, y uno de ellos debe escribir en nombre del testamento, indicando el año, mes y día, y firmado por el apoderado, otros testigos y el testador.
Si el testamento se otorga mediante grabación, éste deberá ser presenciado por dos o más testigos. Un testador puede hacer un testamento oral en caso de emergencia. Un testamento oral debe ser presenciado por dos o más testigos. Una vez resuelta la situación de emergencia, si el testador puede hacer un testamento en forma escrita o registrada, el testamento oral no será válido.
Datos ampliados:
Requisitos relevantes para una carta de testamento:
1. El testador dicta el contenido del testamento y el testigo lo redacta en su nombre. del testador. Un testamento no significa que el testador hace testamento según su propia voluntad, sino que el testador deja constancia veraz del contenido del testamento dictado por el testador según su propia voluntad, no pudiendo hacerse cambios o modificaciones al contenido del mismo. la voluntad.
2. El agente, testigo y testador deberán firmar el testamento e indicar el año, mes y día. El testador presentará el testamento escrito a otros testigos para su verificación y lo leerá al testador en el acto. Una vez que el testador confirme que es correcto, será firmado por el testador, otros testigos y el testador, y se anotará la fecha específica.
3. El testador debe tener plena capacidad para la conducta civil y no ser menor de edad ni persona mental o intelectualmente enferma. El testador no será heredero ni legatario, ni persona interesada en heredero.
Enciclopedia Baidu-Ley de Herencia