Red de Respuestas Legales - Consulta de información - ¡Abogado! El caso de herencia fracasó en primera instancia y no apelé. Protesté ante la fiscalía de conformidad con los procedimientos de supervisión de juicios.

¡Abogado! El caso de herencia fracasó en primera instancia y no apelé. Protesté ante la fiscalía de conformidad con los procedimientos de supervisión de juicios.

Artículo 186 de la Ley de Procedimiento Civil: En los casos reinsertados por el Tribunal Popular de conformidad con los procedimientos de supervisión de juicio, las sentencias y fallos jurídicamente eficaces serán dictados por el tribunal de primera instancia y se conocerán de conformidad con los procedimientos de primera instancia. Las partes podrán oponer objeciones a las sentencias y fallos dictados; las sentencias y fallos jurídicamente eficaces serán interpuestos por el tribunal de segunda instancia y oídos conforme a los procedimientos de segunda instancia. Las sentencias y fallos dictados tendrán eficacia jurídica si el tribunal popular de nivel superior inicia una demanda de conformidad con los procedimientos de supervisión de juicio, el caso se conocerá de conformidad con el procedimiento de segunda instancia y las sentencias y fallos dictados serán jurídicamente eficaces; jurídicamente eficaz.

Al conocer de casos de nuevo juicio, el Tribunal Popular formará un panel colegiado separado.

Artículo 187: La Fiscalía Suprema del Pueblo determina que las sentencias y fallos de los Tribunales Populares de todos los niveles que hayan tenido efecto legal, o las sentencias y fallos de la Fiscalía Popular del nivel superior que hayan tenido efecto legal efecto, infrinja lo dispuesto en esta Ley. Si concurre alguna de las circunstancias previstas en el artículo 179, se procederá a protestar.

Si la Fiscalía Popular local de cualquier nivel encuentra alguna de las circunstancias especificadas en el artículo 179 de esta Ley respecto de la sentencia o fallo jurídicamente efectivo del Tribunal Popular del mismo nivel, deberá presentar una solicitud a la Fiscalía Popular local de cualquier nivel. Fiscalía Popular de nivel superior. El Tribunal Popular del mismo nivel presentó una protesta.

Artículo 188: En los casos en que la Fiscalía Popular presente una protesta, el Tribunal Popular que acepte la protesta dictará sentencia de nuevo juicio dentro de los treinta días siguientes a la fecha de recepción de la protesta. De conformidad con el artículo 179 de esta Ley; cualquiera de las circunstancias especificadas en los puntos (1) a (5) del párrafo 1, el caso podrá presentarse al tribunal popular del siguiente nivel para un nuevo juicio.

Artículo 179: Si la solicitud de una parte se cumple alguna de las siguientes circunstancias, el Tribunal Popular volverá a juzgar la solicitud:

(1) Hay nueva prueba que sea suficiente para revocar la sentencia o fallo original

(2) Los hechos básicos identificados en la sentencia o fallo original carecen de prueba;

(3) La prueba principal de los hechos identificados en la sentencia o fallo original. sentencia es falsificada;

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(4) La prueba principal de los hechos determinados en la sentencia o fallo original no ha sido contrainterrogada;

(5) La Las partes no pueden recopilar las pruebas requeridas para el juicio del caso por razones objetivas, y las partes deben solicitarlas por escrito al pueblo. El tribunal investiga y recopila, pero el tribunal popular no investiga ni recopila;

(6) La sentencia o fallo original es efectivamente incorrecto en la aplicación de la ley;

(7) Viola las leyes y regulaciones, y la jurisdicción es incorrecta;

(8) La composición de la organización del proceso es ilegal o el juez que debe ser recusado conforme a la ley no se recusa;

(9) La persona sin capacidad litigante no tiene representante legal ni debe participar en el proceso. Una parte no participa en el litigio por causas no imputables a ella o a su agente litigante.

(10) Violar disposiciones legales y privar a las partes de su derecho a debatir

(11) Sentencia en ausencia sin citación

(12) Original; La sentencia o fallo omite o excede las pretensiones del litigio;

(13) Se revoca o modifica el documento legal en que se fundamenta la sentencia o fallo original.

Si la violación de los procedimientos legales puede afectar el correcto juicio o fallo del caso, o si los jueces incurren en corrupción, soborno, mala praxis para beneficio personal o abuso de derecho durante el juicio del caso, el tribunal popular volverá a juzgar el caso.

No es difícil ver que si la fiscalía protesta y el tribunal popular a nivel de condado escucha el caso, puede apelar; si el tribunal popular intermedio escucha el caso, no puede volver a apelar. No se cobran honorarios por un nuevo juicio del caso.