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¿Estar casado y vivir con otras personas constituye delito de bigamia?

1. ¿Vivir con otra persona después del matrimonio se considera bigamia?

Vivir con otra persona durante el matrimonio no necesariamente constituye bigamia. Los casos de bigamia generalmente son procesados ​​por la víctima. Si las circunstancias son graves y el impacto es muy malo, incluso si la víctima no presenta una demanda, las personas, grupos sociales o departamentos correspondientes deberán presentar una denuncia, y la Fiscalía Popular revisará y decidirá si se constituye un delito de bigamia. . Si se determina que un cónyuge ha cometido bigamia, se puede iniciar un proceso público ante el Tribunal Popular.

En segundo lugar, ¿el delito de bigamia se aborda sólo después de haber sido informado?

Los casos de bigamia generalmente son perseguidos por la víctima. Si las circunstancias son graves y el impacto es muy malo, incluso si la víctima no presenta una demanda, pero las personas, grupos sociales o departamentos pertinentes presentan una denuncia, la Fiscalía Popular revisará y decidirá si se constituye un delito de bigamia.

En términos generales, si se determina que un cónyuge ha cometido bigamia y debe ser considerado penalmente responsable, él o ella puede presentar una acusación pública ante el Tribunal Popular. El artículo 258 del "Ley Penal" de mi país estipula que toda persona que tenga cónyuge y cometa bigamia, o que a sabiendas se case con otra persona que tenga cónyuge, será condenada a pena de prisión de duración determinada no superior a dos años o detención penal.

Existen dos tipos de personas que constituyen bigamia. El primer tipo es una persona que tiene cónyuge, está casada con otra persona o vive con otra persona en nombre de marido y mujer. La segunda categoría son las personas que saben que otra persona ya tiene cónyuge, se registran para casarse con él o viven juntos en nombre de marido y mujer. Entre ellos, el segundo tipo de delito de bigamia requiere "saber a sabiendas que otra persona ya tiene cónyuge", conocer y continuar manteniendo la relación matrimonial antes o después es "a sabiendas". Por otra parte, la ignorancia y el engaño no constituyen bigamia.

La clave para determinar el delito de bigamia es si constituye otro tipo de relación conyugal. Según interpretaciones judiciales pertinentes, existen dos casos de bigamia: uno es la bigamia legal, es decir, una persona con cónyuge registra un matrimonio con otra persona, el otro es la bigamia de facto, es decir, una persona con cónyuge convive; con otra persona en nombre de marido y mujer. Se considerará que viven juntos en cualquiera de las siguientes circunstancias a nombre de marido y mujer:

(1) Una persona con cónyuge celebra matrimonio con otra persona;

(2) Una persona con cónyuge no se casa. Otros celebran una ceremonia nupcial y se tratan como marido y mujer o fingen ser marido y mujer.

El marido y la mujer son proporcionales, salvo el reconocimiento entre las partes y los títulos en la vida diaria. Las partes viven juntas. Cuando la mujer está enferma, el hombre firma el nombre de su marido para acompañarla. Cuando la mujer da a luz a un niño, el hombre firma en el hospital a nombre del padre, y las fiestas celebran la luna llena del niño a nombre de los padres, etc. , también se puede utilizar como prueba auxiliar para determinar la compatibilidad entre marido y mujer. Para determinar el delito de bigamia suele ser necesario obtener el testimonio de personas cercanas a la parte, familiares y amigos, demostrando que las personas que los rodean creen que las partes son marido y mujer.

Espero que el contenido anterior pueda ayudarte. Si tiene alguna otra pregunta, consulte a un abogado profesional.

Base jurídica: Artículo 258 de la Ley Penal de la República Popular China.

Quien se case con otra persona que tenga cónyuge, o se case con otra persona sabiendo que tiene cónyuge, será sancionado con pena privativa de libertad no mayor de dos años o prisión penal.

Artículo 259 de la "Ley Penal de la República Popular China"

Quien a sabiendas viva o se case con el cónyuge de un soldado en servicio activo será condenado a pena de prisión de duración determinada. de no más de tres años o prisión penal. El que aprovechándose de su cargo para violar a la esposa de un soldado será condenado y sancionado de conformidad con lo dispuesto en el artículo 236 de esta Ley.