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¿Puede un abogado aportar pruebas contra un cliente?

En términos generales, los abogados tienen el deber de confidencialidad hacia sus clientes y otras personas respecto de la información que no están dispuestos a revelar en el curso de su práctica. Esto excluye hechos e información delictivos que las partes u otros hayan preparado o estén cometiendo actualmente y que pongan en peligro la seguridad nacional y la seguridad pública, así como otros hechos e información delictivos que pongan en grave peligro la seguridad personal y de propiedad de otros. Por lo tanto, va en contra de las obligaciones del abogado proporcionar pruebas que sean desfavorables para el cliente y hacer comentarios adversos en el tribunal. Sin embargo, si el propósito de proporcionar dichas pruebas es utilizar una estrategia de litigio específica para transformar dichas pruebas adversas en pruebas sólidas, entonces. está permitido. En resumen, el comportamiento judicial de un abogado debe servir a los intereses del cliente sobre la base del cumplimiento de la ley.

Ley de Abogados:

Artículo 29: Los abogados que actúen como asesores legales deberán, según lo acordado, brindar opiniones consultivas a sus clientes sobre cuestiones jurídicas relevantes, redactar y revisar documentos legales y participar como agentes. Actividades de litigio, mediación o arbitraje, tramitación de otros asuntos jurídicos encomendados y salvaguarda de los derechos e intereses legítimos del cliente.

Artículo 30: Los abogados que actúen como agentes en asuntos legales contenciosos o asuntos legales no contenciosos deberán salvaguardar los derechos e intereses legítimos del cliente dentro del alcance de la autoridad de encomienda.

Artículo 31 Cuando el abogado actúe como defensor deberá, con base en los hechos y en el derecho, presentar materiales y dictámenes sobre si el sospechoso o imputado es inocente, indulgente, mitigado o eximido. de responsabilidad penal, y salvaguardar al sospechoso o acusado de un delito los derechos e intereses legítimos de la persona y del acusado.

Artículo 38 Los abogados guardarán los secretos de Estado y los secretos comerciales conocidos durante su actividad profesional y no divulgarán la intimidad de sus clientes. Los abogados mantendrán confidencial la información y los materiales que sus clientes y otras personas no estén dispuestos a revelar en el curso de sus actividades profesionales. Sin embargo, los hechos e información delictivos que ponen en peligro la seguridad nacional, la seguridad pública y otros delitos que ponen en grave peligro la seguridad personal y de propiedad de otros no se incluyen en esta lista.