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¿Cuáles son los tipos de violación?

Análisis jurídico: Existen varios tipos de delitos de violación. El delito de violación se refiere a la conducta sexual contra la voluntad de la mujer mediante violencia, coacción u otros medios. La violación incluye la violación en estado de ebriedad, la violación violenta y la violación bajo coerción. Independientemente de los métodos utilizados por los delincuentes, cualquier persona que tenga relaciones sexuales con una mujer que a sabiendas padece una enfermedad mental o está demente (gravemente) debe ser castigada como violación. Antes de la aparición de la enfermedad, las relaciones sexuales con un enfermo mental intermitente con el consentimiento de la mujer no constituyen delito de violación. A la hora de determinar si una mujer fue detenida contra su voluntad, no se puede hacer la distinción en función del estilo de la mujer victimizada. Cualquier persona que tenga relaciones sexuales por la fuerza con una mujer que se comporte mal también debe ser castigada como violación.

Base jurídica: Artículo 236 de la "Ley Penal de la República Popular China" Quien viole a una mujer mediante violencia, coerción u otros métodos será condenado a pena privativa de libertad de no menos de tres años, pero no más de diez años. Cualquiera que viole a una joven menor de catorce años será severamente castigado por el delito de violación. Será sancionado con pena privativa de libertad no menor de diez años, cadena perpetua o muerte el que viole a una mujer o a una joven y cometa cualquiera de las circunstancias siguientes:

a) Violación de una mujer o niña;

(2) ) Violar a mujeres o violar a varias niñas;

(3) Violar a mujeres o violar a niñas en público en lugares públicos;

(4) Violación en grupo de dos o más personas;

(5) Violar o causar daño a una niña menor de diez años

(6) Causar lesiones graves; , muerte u otras consecuencias graves para la víctima.

Artículo 236-1 La persona que tenga responsabilidades especiales de tutela, adopción, cuidado, educación, tratamiento médico, etc., de una menor que haya cumplido catorce años pero no haya cumplido dieciséis, no podrá ser el mismo que la mujer menor de edad que tenga relaciones sexuales será sancionada con pena privativa de libertad no mayor de tres años si las circunstancias son graves; pero no más de diez años. Si la conducta prevista en el párrafo anterior se comete y constituye un delito previsto en el artículo 236 de la Ley de Costas, será condenado y sancionado conforme a lo dispuesto en las penas más severas.