¿Cuáles son las disposiciones generales para las distancias de separación contra incendios en los edificios? ¿Introducción a la ingeniería de la construcción?
1. La distancia de separación contra incendios para edificios de varios pisos de Categoría I y II se establece en 6 m.
2. La distancia de separación contra incendios entre edificios de gran altura con límites de resistencia al fuego Clase I y Clase II no será inferior a 13 m.
3. Cuando la pared exterior en el lado superior de dos talleres adyacentes es un cortafuegos, la distancia a prueba de fuego no está restringida, pero la distancia entre talleres de Clase A no debe ser inferior a 4 m.
4. La distancia de separación contra incendios entre los edificios de fábricas de Categoría A y B y los edificios públicos importantes no debe ser inferior a 50 m, y la distancia de separación contra incendios desde llamas abiertas o lugares que emitan chispas no debe ser inferior a 30 m.
5. La distancia entre la cerca y los edificios de la fábrica no debe ser inferior a 5 m, y la distancia entre los edificios a ambos lados de la cerca debe cumplir con los requisitos de distancia de protección contra incendios de los edificios correspondientes. .
6 Excepto por el artículo 6 de Clase B, la distancia de separación contra incendios entre los almacenes de Clase B y los edificios civiles no debe ser inferior a 25 m, la distancia de separación contra incendios entre los almacenes de Clase B y los edificios públicos importantes no debe ser inferior. de 50 m, y la distancia de separación contra incendios entre los almacenes de Clase B y los edificios civiles de gran altura no debe ser inferior a 25 m.
7. Para edificios civiles, cuando la pared exterior en el lado superior de dos edificios adyacentes es un muro cortafuegos, o el techo del edificio inferior resistente al fuego de primera o segunda clase es de 15 m. más alto que la pared exterior. Cuando se trata de un muro cortafuegos, la distancia de resistencia al fuego no puede estar restringida.
8. En edificios civiles, si dos edificios adyacentes de la misma altura tienen clasificaciones de resistencia al fuego de Categoría I o II, y cuando cualquiera de los lados de la pared exterior adyacente es un cortafuegos, la distancia de separación contra incendios puede no ser restringido.
9. La distancia de separación contra incendios entre los almacenes de carga de Clase A y los edificios públicos importantes y los edificios civiles de gran altura no debe ser inferior a 50 m.
10. La distancia de separación contra incendios entre los edificios de las fábricas de Categoría A y B y los edificios civiles ordinarios de un solo piso y de varios pisos no debe ser inferior a 25 m, y la distancia de separación contra incendios entre los edificios de las fábricas de Categoría A y B. y los edificios civiles de gran altura no deben tener menos de 50 m.
11. La distancia de separación contra incendios entre almacenes de carga Clase A no debe ser inferior a 20m.
12. La distancia entre el almacén Clase A y el almacén de gran altura no debe ser inferior a 13m.
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