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Política Nacional de Cuidado Infantil

El cuidado del bebé afecta a miles de familias. Es necesario acelerar el desarrollo de diversas formas de servicios de cuidado infantil, apoyar a las fuerzas sociales en el establecimiento de instituciones de servicios de cuidado infantil, ampliar la oferta de educación preescolar a través de múltiples canales y fortalecer la seguridad de los niños.

Base legal:

Reglamento de gestión de jardines de infancia

Artículo 10 Las unidades o personas físicas que administren jardines de infancia deberán contar con los recursos necesarios para el cuidado de los niños, la educación, el mantenimiento o ampliación, renovación de los edificios de los jardines de infancia y las fuentes de financiación del Fondo.

Artículo 23 El director del jardín de infancia es responsable del trabajo del jardín de infancia. El director de un jardín de infantes será designado por la unidad o individuo que administra el jardín de infantes y estará registrado ante la autoridad de registro y administración del jardín de infantes. Los maestros de jardín de infantes, médicos, trabajadores de la salud, trabajadores de cuidado infantil y otro personal son nombrados por el director del jardín de infantes, o por la unidad o individuo que administra el jardín de infantes.

Artículo 24 Los jardines de infancia podrán cobrar a los padres tasas de cuidado y educación infantil de acuerdo con las normas de cobro estipuladas por los gobiernos populares de las provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central. Los jardines de infancia deben fortalecer la gestión financiera y utilizar los diversos fondos de forma racional. Ninguna unidad o individuo puede deducir o apropiarse indebidamente de los fondos del jardín de infancia.

Artículo 27: Quien viole el presente reglamento y se encuentre en alguna de las siguientes circunstancias, estará sujeto a sanciones administrativas tales como rectificación en plazo, suspensión de matrícula o suspensión del funcionamiento del jardín infantil por parte de la administración de educación. departamento, dependiendo de la gravedad del caso:

(1) Reclutamiento de niños sin registro;

(2) Jardines e instalaciones que no cumplen con los estándares nacionales de salud y seguridad, obstaculizan el desarrollo de los niños. salud o amenazar sus vidas;

(3) El contenido y los métodos educativos violan las leyes de educación infantil temprana y dañan la salud física y mental de los niños.