Red de Respuestas Legales - Consulta de información - No se pudo encontrar al acusado para su ejecución y el tribunal quiso cerrar el caso. ¿Qué debo hacer?

No se pudo encontrar al acusado para su ejecución y el tribunal quiso cerrar el caso. ¿Qué debo hacer?

A menos que pueda investigar los bienes de la otra parte usted mismo, siempre que pueda encontrar bienes que puedan ejecutarse, puede pedirle al tribunal que los ejecute. Además, en circunstancias normales, el tribunal sólo puede cerrar el caso si no se ejecuta.

Ejecución:

El Tribunal Popular deberá, de conformidad con los procedimientos legales, utilizar el poder coercitivo del Estado y designar contenidos de ejecución específicos basados ​​en documentos jurídicamente eficaces para obligar a los obligados civiles a cumplir con sus obligaciones y proteger a los acreedores.

Los documentos jurídicamente eficaces incluyen, entre otros: sentencias civiles, sentencias para realizar garantías reales, sentencias que confirman acuerdos de mediación, órdenes de pago, etc. Una vez efectiva, el deudor deberá realizarla de oficio. Si el acreedor se niega a cumplir, podrá solicitar al Tribunal Popular la ejecución obligatoria. El titular del derecho que presenta la solicitud se denomina solicitante, y la persona designada para cumplir la obligación se denomina sujeto de ejecución.

Agencias de ejecución:

Agencias estatales con poder de ejecución: tribunales populares, agencias de seguridad pública, agencias de seguridad nacional, aduanas, agencias tributarias y gobiernos populares a nivel de condado o superior.

Condiciones de ejecución:

Si otras unidades e individuos poseen la propiedad sujeta a ejecución y el tribunal popular les notifica por escrito para ayudar en la ejecución, están obligados a ejecutar de acuerdo con lo dispuesto en el aviso. Si cualquier persona elude, rechaza u obstruye la ejecución sin motivo, lo que tiene consecuencias graves, las unidades y personas pertinentes asumirán la responsabilidad legal.

Documentos Legales:

También conocidos como documentos ejecutivos. La labor de aplicación del Tribunal Popular se basará en documentos legales.

Son jurídicamente vinculantes los siguientes documentos jurídicos:

Sentencias, fallos y documentos de mediación civiles;

Sentencias y fallos penales con contenido de ejecución patrimonial;

Documentos de arbitraje que según la ley deben ser ejecutados por el Tribunal Popular;

documentos notariados que según la ley deben ser ejecutados por el Tribunal Popular;

otros documentos legales que están estipulados por ley y deben ser ejecutados por el Tribunal Popular.

Estos documentos legales deben tener efectos legales. Los que no tienen efectos legales no pueden usarse como base para la ejecución; los documentos legales también deben contener contenido de pago. Si es sólo para confirmar o cambiar la relación jurídica, no se requiere ejecución.

Plazo legal:

El plazo para solicitar la ejecución del artículo 215 es de dos años. Si se solicita suspender o interrumpir el plazo de prescripción, se aplicarán las disposiciones pertinentes de la ley sobre suspensión o interrupción del plazo de prescripción.

Gastos de ejecución:

La ejecución requiere una tarifa (tarifa de ejecución), que se cobra de acuerdo con el estándar de los honorarios de litigio. Antes de solicitar la ejecución obligatoria, el tribunal no cobrará honorarios al solicitante. Una vez completada la ejecución, la persona sujeta a la ejecución deberá pagar honorarios al tribunal. La tasa de ejecución se pagará al tesoro público.

Si existiera sentencia, fallo o documento de mediación civil válido, se incluirán los bienes en ella. Se debe calcular el interés, normalmente 2,1%*2 veces. Según el artículo 229 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se debe devolver el doble de los intereses.

Nota: La aplicación de la ley generalmente provocará cierto odio. El solicitante debe tratar de no encontrarse con la persona sujeta a ejecución, y lo mejor es confiarla a un abogado.