El contenido del asesoramiento psicológico, lo que se puede y lo que no se puede decir.
En el proceso de asesoramiento psicológico habrá mucha privacidad personal. Por ello, como consejero psicológico, debemos explicar el principio de confidencialidad al cliente durante la recepción inicial y otros momentos necesarios. Por supuesto, existen excepciones a la confidencialidad.
Contenido confidencial: 1. El contenido expuesto por el cliente durante la consulta psicológica; 2. Contacto con el cliente durante el proceso de consulta psicológica.
Excepción de confidencialidad: 1. El visitante acepta revelar información confidencial a otros; 2. Las autoridades judiciales exigen que el consejero psicológico proporcione información confidencial. 3. Surgen procedimientos éticos o legales contra el consejero. 4. Existen restricciones legales sobre la confidencialidad en el asesoramiento psicológico; abuso infantil; 5. Los visitantes pueden representar una amenaza inmediata de lesión o muerte para ellos mismos o para otros; 6. El ayudante tiene una enfermedad infecciosa que pone en peligro su vida;