¿Cuál es el concepto legal de favoritismo?
Según lo dispuesto en la Ley Penal, el delito de favoritismo y mala praxis es un delito de incumplimiento del deber. Las disposiciones específicas de la Ley Penal son:
Artículo 397: Estado. los miembros del personal de la agencia abusan de su poder o descuidan sus deberes. Cualquiera que cause pérdidas graves a la propiedad pública, los intereses del país y del pueblo será condenado a una pena de prisión de no más de tres años o a una prisión penal si las circunstancias lo son; especialmente grave, será condenado a pena privativa de libertad no inferior a tres años ni superior a siete años. Si esta ley dispone lo contrario, prevalecerán tales disposiciones. Todo funcionario de agencia estatal que incurra en malas prácticas para beneficio personal y cometa el delito a que se refiere el párrafo anterior será sancionado con pena privativa de libertad no mayor de cinco años o prisión preventiva si las circunstancias son especialmente graves; sentenciado a pena privativa de libertad no inferior a cinco años ni superior a diez años. Si esta ley dispone lo contrario, prevalecerán tales disposiciones.
Artículo 401: El personal judicial que practique favoritismo y cometa malas prácticas al conmutar o conceder la libertad condicional a delincuentes que no reúnan las condiciones para la conmutación, la libertad condicional o la ejecución temporal fuera de prisión, será sancionado con pena privativa de libertad de no más de de tres años o detención penal si las circunstancias son graves, será condenado a una pena de prisión de no menos de tres años pero no más de siete años.
Artículo 402: Los funcionarios de aplicación de la ley administrativa que incurran en malas prácticas para beneficio personal y no entreguen asuntos que deban ser entregados a los órganos judiciales para la investigación de responsabilidad penal conforme a la ley, si las circunstancias son graves, será condenado a pena privativa de libertad no superior a tres años o a prisión preventiva si se causan consecuencias graves, será condenado a pena privativa de libertad no inferior a tres años pero no superior a siete años;