Red de Respuestas Legales - Consulta de información - El plazo de prescripción para que una empresa constructora no pague las tarifas de maquinariaEl plazo de prescripción para que una empresa constructora no pague las tarifas de maquinaria es de tres años. El artículo 188 del Código Civil exige que los tribunales populares protejan los derechos de los ciudadanos durante tres años. Si la ley dispusiera lo contrario, prevalecerán tales disposiciones. El plazo de prescripción se computará a partir de la fecha en que el acreedor conoció o debió haber sabido que el derecho había sido lesionado y el deudor tuvo conocimiento de ello. Si la ley dispusiera lo contrario, prevalecerán tales disposiciones. Sin embargo, si han transcurrido más de 20 años desde la fecha en que se lesionaron los derechos, el Tribunal Popular no concederá la protección. En circunstancias especiales, el tribunal popular puede decidir posponer la solicitud basándose en la solicitud del titular del derecho.

El plazo de prescripción para que una empresa constructora no pague las tarifas de maquinariaEl plazo de prescripción para que una empresa constructora no pague las tarifas de maquinaria es de tres años. El artículo 188 del Código Civil exige que los tribunales populares protejan los derechos de los ciudadanos durante tres años. Si la ley dispusiera lo contrario, prevalecerán tales disposiciones. El plazo de prescripción se computará a partir de la fecha en que el acreedor conoció o debió haber sabido que el derecho había sido lesionado y el deudor tuvo conocimiento de ello. Si la ley dispusiera lo contrario, prevalecerán tales disposiciones. Sin embargo, si han transcurrido más de 20 años desde la fecha en que se lesionaron los derechos, el Tribunal Popular no concederá la protección. En circunstancias especiales, el tribunal popular puede decidir posponer la solicitud basándose en la solicitud del titular del derecho.