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Situación de defensa de asistencia jurídica obligatoria

Situación de defensa con asistencia jurídica obligatoria

Si un delincuente no consigue contratar a un defensor debido a dificultades financieras u otras razones y no cumple con las condiciones para la asistencia jurídica, la institución de asistencia jurídica designará un abogado para defenderlo. Si un sospechoso o acusado de un delito es ciego, sordo, mudo o un enfermo mental que no ha perdido por completo la capacidad de reconocer o controlar su propia conducta y no ha contratado un defensor, la autoridad judicial notificará a la agencia de asistencia jurídica para que le designe un abogado para defenderlo. La situación jurídica que debe mantener la asistencia jurídica es el sistema de protección jurídica que brinda asistencia jurídica a personas con dificultades económicas o casos especiales, especialmente a la población rural. Por ejemplo, si una persona ciega, sorda o enferma mental no cuenta con un defensor, y un sospechoso o acusado de un delito puede ser condenado a muerte o cadena perpetua y no hay un defensor, el tribunal popular debe notificar al agencia de asistencia jurídica que le designe un abogado que lo defienda. En los casos en que el fiscal comparece ante el tribunal para iniciar el proceso, el acusado no contrata a un defensor debido a dificultades financieras u otras razones. Si el Tribunal Popular designa una defensa para el acusado, la agencia de asistencia jurídica proporcionará asistencia jurídica. El ámbito de la defensa obligatoria se divide en defensa encomendada y defensa designada. Un sistema en el que el tribunal designa abogados u otros ciudadanos para defender al acusado basándose en la ley y el estatus especial del acusado o circunstancias específicas. En nuestro país es designado por el Tribunal Popular. Normalmente, el nombramiento de un defensor lo realiza un abogado. Este tipo de defensor se llama defensor designado.

¿Cuántas veces se puede negar una defensa jurídica obligatoria?

1. La persona a la que se debe proporcionar asistencia jurídica gratuita puede negarse a defenderse una sola vez. Si se niega a nombrar un abogado defensor, necesita una buena causa. Quienes deban recibir asistencia jurídica deben contar con un abogado defensor.

2. En circunstancias normales, puedes negarte a defenderte dos veces y luego defenderte después de negarte dos veces. Si el imputado se niega a ser defendido ante el tribunal por un defensor y solicita que se le encomiende otro defensor o se le nombre un abogado, la sala colegiada lo permitirá.

Base jurídica:

Artículo 10

Los ciudadanos que no tengan abogado debido a dificultades económicas podrán solicitar asistencia jurídica a las agencias de asistencia jurídica para los siguientes asuntos que requieran representación: Asistencia:

(1) Solicitar compensación estatal de acuerdo con la ley;

(2) Solicitar beneficios de seguro social o beneficios de seguridad mínima de vida;

(3 ) Solicitar pensiones

(4) Solicitar el pago de pensiones alimenticias, alimentarias y alimentarias

(5) Solicitar el pago de remuneraciones laborales

(6) Reclamar derechos e intereses civiles derivados de actos de valentía y rectitud.

Artículo 11

Si se produce alguna de las siguientes circunstancias durante el proceso penal, los ciudadanos podrán solicitar asistencia jurídica a las agencias de asistencia jurídica:

(1) Sospechoso de un delito La persona no contrató a un abogado debido a dificultades financieras después de haber sido interrogada por primera vez por la agencia de investigación o desde la fecha en que se tomaron las medidas obligatorias;

(2) La víctima del proceso público y su representante legal o familiares cercanos, Desde la fecha en que el caso fue transferido para su revisión y procesamiento, no se ha designado ningún agente litigante debido a dificultades financieras;

(3) Desde que el Tribunal Popular aceptó el caso de acusación privada, el El fiscal privado y su representante legal no han designado un agente litigante debido a dificultades financieras.

Artículo 12

En los casos en que el fiscal comparece ante el tribunal para realizar un proceso público, el acusado no contrata a un defensor debido a dificultades financieras u otras razones. Si el tribunal popular designa un defensor para el acusado, la agencia de asistencia jurídica proporcionará asistencia jurídica. Si el acusado es ciego, sordo, mudo o menor de edad y no ha designado un defensor, o si el acusado puede ser condenado a muerte pero no ha designado un defensor, cuando el tribunal popular designe un defensor para el acusado, la institución de asistencia jurídica deberá proporcionar asistencia jurídica sin revisión de la situación financiera del acusado.