Requisitos legales para la nómina
El efecto jurídico de la nómina: el empleador y el empleado no han firmado un contrato de trabajo, lo que demuestra la existencia de una relación laboral de facto entre las dos partes que se utiliza como prueba en un conflicto laboral; arbitraje o litigio; otros. El empleador deberá registrar por escrito el monto, hora, nombre y firma del salario recibido por el empleado, y conservarlo por más de dos años para referencia futura. Al pagar los salarios, el empleador deberá proporcionar al trabajador su lista personal de salarios.
Objetividad jurídica:
Artículo 6 de las “Disposiciones Transitorias sobre Pago de Salarios” El empleador deberá pagar los salarios a los propios trabajadores. Si un trabajador no puede recibir su salario por cualquier motivo, sus familiares u otras personas pueden encomendarle el cobro de su salario. El empleador puede confiar el pago de los salarios al banco. El empleador deberá registrar por escrito el monto, hora, nombre y firma del salario recibido por el empleado, y conservarlo por más de dos años para referencia futura. Al pagar los salarios, el empleador deberá proporcionar al trabajador su lista personal de salarios.