Medidas para Sancionar a Abogados y Bufetes de Abogados por Conductas Ilegales
Artículo 2: Si abogados o despachos de abogados cometen actos ilícitos y deban ser objeto de sanciones administrativas, los órganos administrativos judiciales, de conformidad con la Ley de Abogados, la Ley de Sanciones Administrativas y las leyes, reglamentos, normas pertinentes. y estas Medidas. Implementar sanciones administrativas.
Artículo 3: Los órganos administrativos judiciales observarán los principios de equidad y publicidad en la implementación de sanciones administrativas. Debe basarse en hechos y ser proporcional a la naturaleza, las circunstancias y el grado de daño social del acto ilegal; adherirse a la combinación de castigo y educación, educar y orientar a los abogados y bufetes de abogados para que ejerzan de conformidad con la ley, y respetarla; por la ética profesional y las disciplinas de práctica.
Artículo 4: Los órganos administrativos judiciales establecerán y mejorarán el sistema de supervisión administrativa sancionadora. Los órganos administrativos judiciales de nivel superior fortalecerán la supervisión y orientación sobre la implementación de sanciones administrativas por parte de los órganos administrativos judiciales de nivel inferior. Si una sanción administrativa resultare ilegal o inapropiada, se ordenará que se realicen las correcciones oportunas.
Si los funcionarios de los órganos administrativos judiciales violan las leyes y disciplinas al implementar actividades de castigo administrativo, se les impondrán sanciones administrativas de conformidad con la ley, si se constituye un delito, se perseguirá la responsabilidad penal de conformidad con la ley; la ley. Artículo 5 Constituirá acto ilícito “ejercer en dos o más despachos de abogados al mismo tiempo” cualquiera de las siguientes circunstancias según lo estipulado en el artículo 47, apartado 1 de la Ley de Abogados:
(1) Ejercicio en esta firma de abogados y al mismo tiempo ejercer en otras firmas de abogados o instituciones de servicios legales sociales;
(2) Antes de ser aprobado para cambiar de institución de práctica, realizar negocios en nombre del abogado que planea cambiar el bufete de abogados, o ser Una vez aprobado el cambio, el negocio se manejará a nombre del abogado del bufete de abogados original.
Artículo 6 Si se produce una de las siguientes circunstancias, será un acto ilegal que un abogado "realice negocios por medios indebidos" según lo estipulado en el artículo 47, párrafo 2 de la Ley de Abogados: p>
(1) Engañar, inducir, amenazar o hacer promesas falsas para realizar negocios;
(2) Realizar negocios pagando tarifas de presentación, dando sobornos o prometiendo proporcionar beneficios;
(3) Contratar negocios de una manera que de manera mentirosa e inapropiada se promueva a sí mismo y al bufete de abogados o difame la reputación de otros abogados y bufetes de abogados;
(4) Establecer una oficina fuera de la residencia del bufete de abogados, la sala de recepción se ocupa de los negocios.
Artículo 7 Si un abogado concurre alguna de las siguientes circunstancias, se aplica a lo dispuesto en el artículo 47, inciso 3) de la Ley de Abogados: "Actuar como agente de ambas partes en un mismo caso, o actuar como agente de ambas partes en el mismo caso, o actuar como agente para "Asuntos legales en los que yo y mis familiares cercanos tenemos un conflicto de intereses" son actos ilegales:
(1) Servir como agente o proporcionando información relevante para partes con un conflicto de intereses en el mismo litigio civil, litigio administrativo o asuntos legales no litigiosos;
(2) Servir como defensor o agente de un. acusado o una víctima al mismo tiempo en el mismo caso penal, o sirviendo como defensor de dos o más sospechosos o acusados de un delito al mismo tiempo;
(3) Mientras se desempeña como consultor legal, proporcionar servicios legales a las partes que tienen conflictos de intereses con la unidad de consultoría;
(4) Los abogados que se han desempeñado como jueces y fiscales actúan como agentes y defensores en los casos originales manejados por los tribunales y fiscalías;
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(5) Los abogados que hayan actuado como árbitros o sigan ejerciendo como árbitros deberán atender los casos tramitados por las instituciones de arbitraje donde prestaron o prestan servicios actualmente.
Artículo 8 Un abogado que haya ejercido como juez o fiscal deberá actuar como agente litigante o defensor dentro de los dos años siguientes a su salida del Tribunal Popular o de la Fiscalía Popular o participar de otro modo en litigios emprendidos por la ley. firma, lo que constituye un acto ilegal de "servir como agente litigante o defensor dentro de los dos años siguientes a su salida del Tribunal Popular o de la Fiscalía Popular", según lo estipulado en el artículo 47, párrafo 4 de la Ley de Abogados.
Artículo 9: Constituirá acto ilícito de “negarse a cumplir obligaciones de asistencia jurídica” cualquiera de las siguientes circunstancias:
( 1) Negarse a aceptar un caso de asistencia jurídica asignado por una firma de abogados o agencia de asistencia jurídica sin razones justificables;
(2) Después de aceptar la asignación, holgazanear o dejar de realizar tareas de asistencia jurídica sin autorización.
Artículo 10: Si un abogado comete cualquiera de las siguientes circunstancias, se aplica el artículo 48, párrafo 1, de la Ley de Abogados: “Aceptar un encargo, cobrar honorarios, aceptar bienes u otros bienes del cliente sin permiso” Actos ilegales de "intereses":
(1) Violar las normas sobre la aceptación uniforme de encomiendas o la aceptación de encomiendas y la realización de asuntos legales sin autorización durante el período de condena a dejar de ejercer;
(2) Violar las regulaciones de gestión de cargos que estipulan que se recopile, utilice o se apropie indebidamente de forma privada de los honorarios de los servicios de abogados y los gastos de viaje de los abogados para manejar casos en otros lugares;
(3) Además de los honorarios unificados cobrados por el bufete de abogados, solicitar otros honorarios, propiedad u otros gastos del cliente. Otros beneficios;
(4) Solicitar honorarios o aceptar propiedad u otros beneficios de los beneficiarios de asistencia jurídica.
Artículo 11: Después de aceptar el encargo, el abogado se niega a defenderse o representarse a sí mismo, y no se presenta a tiempo ante el tribunal para participar en un litigio o arbitraje, salvo en las siguientes circunstancias, que se encuentran bajo las disposiciones del artículo 48, párrafo 2 de la Ley de Abogados Comportamiento ilegal:
(1) El asunto encomendado es ilegal, o el cliente utiliza los servicios legales proporcionados por el abogado para participar en actividades ilegales;
(2) El cliente oculta deliberadamente información importante relacionada con los hechos del caso o proporciona materiales de prueba falsos o falsificados;
(3) El cliente no cumple con las obligaciones estipuladas en el contrato de encomienda; p>
(4) El abogado padezca una enfermedad grave o esté sujeto a suspensión administrativa del ejercicio;
(5) Las demás personas que se nieguen a defender o representar conforme a la ley.
Artículo 12 Si se da una de las siguientes circunstancias, se incluye en el artículo 48 (3) de la Ley de Abogados que un abogado “aprovecha la conveniencia de prestar servicios jurídicos para buscar los derechos e intereses en disputa de las partes” Actos ilegales:
(1) Obtener bienes y derechos en disputa entre las partes y otros mediante inducción, engaño, coerción o chantaje;
(2) Instigar o inducir Las partes transfieren, venden o arriendan los bienes y derechos en disputa a otros y obtienen beneficios de ello.
Artículo 13: Durante o después de manejar un caso, un abogado revela o difunde los secretos comerciales o la privacidad personal del cliente o de otras partes en las actividades de práctica sin autorización o consentimiento del cliente u otras partes u otra información. que no está dispuesto a ser divulgado, lo que constituye un acto ilegal de "revelar secretos comerciales o intimidad personal" según lo estipulado en el artículo 48, inciso 4 de la Ley de Abogados.
Artículo 14 Si ocurre una de las siguientes circunstancias, es un acto ilegal que un abogado "viole las normas para reunirse con jueces, fiscales, árbitros y otro personal relevante, o utilice otros medios indebidos para influir en la manejo de casos de conformidad con la ley":
(1) Durante el período de realización de negocios de agencia o defensa, reunirse con jueces, fiscales, árbitros u otro personal relevante, que afecte el resultado del caso;
(2) Aprovecharse de La relación especial entre jueces, fiscales, árbitros u otro personal relevante afecta el manejo de los casos de conformidad con la ley;
(3) Distorsionar, falsear o publicidad engañosa sobre el caso o difamación de las agencias y el personal pertinentes que manejan el caso y la reputación de la otra parte, afectando el manejo del caso de conformidad con la ley.
Artículo 15 Si un abogado concurre alguna de las siguientes circunstancias, se aplica a lo dispuesto en el artículo 49, párrafo 2 de la Ley de Abogados: “soborno a jueces, fiscales, árbitros y demás personal relevante, el ilegal acto de "introducir sobornos o instigar o inducir a las partes a pagar sobornos":
(1) Sobornar a jueces, fiscales, árbitros y otro personal o a sus parientes cercanos, y darles obsequios, propiedades, valores, etc. . Al celebrar bodas, funerales y celebraciones;
(2) Sobornar a jueces, fiscales, árbitros y otro personal decorando casas, reembolsando gastos personales, subsidiando viajes y entretenimiento, etc.;
(3) Sobornar a jueces, fiscales, árbitros y otro personal proporcionándoles transporte, herramientas de comunicación, alojamiento u otros artículos;
(4) Sobornar directamente a jueces, fiscales, árbitros y otro personal con el fin de afectar la resultado del caso.
Artículo 16 Si se produce alguna de las siguientes circunstancias, un abogado comprendido en el artículo 49 (3) de la Ley de Abogados "proporciona materiales falsos a los departamentos administrativos judiciales o se involucra en otras actividades fraudulentas" Actos ilegales:
(1) Ocultar la verdadera situación a los órganos administrativos judiciales durante la inspección y supervisión, negarse a proporcionar o proporcionar materiales falsos o falsos, u ocultar, destruir o fabricar materiales de prueba;
( 2) Proporcionar materiales falsos, falsos o participar en otro comportamiento engañoso al participar en evaluaciones anuales de abogados, evaluaciones de práctica y actividades de evaluación de excelencia;
(3) Solicitar un cambio de institución de práctica, Proporcionar información falsa , materiales falsos o falsos al manejar procedimientos tales como terminación y cancelación de la práctica.
Artículo 17: El abogado que se encuentre en cualquiera de las siguientes circunstancias, según lo estipulado en el artículo 49, párrafo 4 de la Ley de Abogados, “proporcione intencionalmente pruebas falsas o amenace o induzca a otros a proporcionar pruebas falsas con el fin de para impedir que otros proporcionen pruebas falsas”. Actos ilegales de "la otra parte obtuvo pruebas legalmente":
(1) Proporcionar deliberadamente pruebas falsas a órganos judiciales, órganos administrativos o instituciones de arbitraje, o instruir, amenazar. , o inducir a otros a proporcionar pruebas falsas;
(2) Instigar o ayudar al cliente u otros a falsificar, ocultar o destruir pruebas, instigar o ayudar a sospechosos o acusados criminales a confabularse en confesiones, amenazar o inducir testigos no testifiquen o cometan perjurio;
( 3) Obstruir a la otra parte y a sus abogados y defensores en la obtención de pruebas de conformidad con la ley, o impedir que otros proporcionen pruebas a la agencia que maneja el caso o la otra parte.
Artículo 18: En cualquiera de las siguientes circunstancias, el abogado según lo estipulado en el inciso 5 del artículo 49 de la Ley de Abogados "acepta bienes u otros beneficios de la otra parte, y entabla cualquier controversia con la otra". parte o un tercero" Los actos ilegales de "colusión maliciosa e infracción de los derechos e intereses del cliente":
(1) Proporcionar información o materiales de evidencia que sean perjudiciales para el cliente a la otra parte o un tercero;
(2) Cooperar con la otra parte o un tercero La otra parte o un tercero se confabula maliciosamente o coopera en secreto para impedir que el cliente ejerza sus derechos de conformidad con la ley;
(3) Aceptar propiedad u otros beneficios de la otra parte, retrasar deliberadamente, holgazanear o no realizar la agencia o defensa de acuerdo con la ley Responsabilidades, causando efectos adversos y pérdidas al cliente y al asunto encomendado .
Artículo 19: El abogado que incurra en alguna de las siguientes circunstancias, según lo estipulado en el artículo 49, inciso 6 de la Ley de Abogados, "perturbe el orden de los juzgados y tribunales arbitrales e interfiera en el normal desarrollo de actividades de litigio y arbitraje." Actos ilegales:
(1) Instruir o inducir al cliente a hacer comentarios que interrumpan la conducta normal de las actividades de litigio o arbitraje en un tribunal o tribunal arbitral;
(2) impedir que el cliente lo haga u otros participantes en el litigio comparezcan ante el tribunal, impidiendo la realización normal del litigio o las actividades de arbitraje;
(3) incitar o instigar a otros a alterar el orden del tribunal o arbitral tribunal;
(4) Ninguno Negarse a comparecer ante el tribunal para defensa o representación, negarse a firmar documentos judiciales o firmar opiniones sobre documentos de litigio relevantes por razones justificables.
Artículo 20: Se encuentra comprendido en lo dispuesto en el artículo 49, inciso 7 de la Ley de Abogados, cualquiera de las siguientes circunstancias: “Incitar e instigar a las partes a solucionar el problema por medios ilícitos que alteren el orden público y pongan en peligro seguridad pública." Actos ilegales de "disputas":
(1) Incitar o instigar a las partes a expresar sus demandas por medios ilegales como reuniones ilegales, procesiones, reuniones de multitudes para perturbar lugares públicos y el orden del tráfico, asedios y atacar a agencias estatales, y obstruir que las agencias estatales y su personal realicen sus deberes de acuerdo con la ley y resistir las actividades de aplicación de la ley o la ejecución de sentencias;
(2) Utilizar los medios de comunicación u otros medios para incitar e instigar a la partes para interferir con litigios, arbitrajes y arbitrajes de una manera que perturbe el orden público y ponga en peligro la seguridad pública la conducta normal de las actividades administrativas de aplicación de la ley.
Artículo 21: Si el abogado concurre alguna de las siguientes circunstancias, se encuentra comprendido en el artículo 49, inciso 8, de la Ley de Abogados: "La publicación de artículos que pongan en peligro la seguridad nacional, difamen maliciosamente a otros o perturben gravemente los tribunales". orden" Actos ilegales de "discurso":
(1) Durante el período de realización de negocios de agencia y defensa, publicar y difundir discursos que pongan en peligro la seguridad nacional y difamen maliciosamente a jueces, fiscales, árbitros, partes contrarias, y terceros; alterar gravemente el orden del tribunal;
(2) Publicar, producir y difundir comentarios, información y productos audiovisuales que pongan en peligro la seguridad nacional mientras practican, apoyan o participan en, e implementar actividades que pongan en peligro la seguridad nacional.
Artículo 22 Si un abogado viola la obligación de confidencialidad y revela intencionada o negligentemente secretos de Estado conocidos en el curso de sus actividades profesionales, entra en la categoría de "divulgación de secretos de Estado" prevista en el artículo 49, inciso 9 de la Ley de Abogados “Actos ilícitos. Artículo 23 Si una firma de abogados tiene alguna de las siguientes circunstancias, será un acto ilegal el de “aceptar encomiendas y cobrar honorarios en violación de las normas” según lo estipulado en el artículo 50, párrafo 1 de la Ley de Abogados:
(1) ) viola las regulaciones al no aceptar la encomienda en nombre de una firma de abogados, cobrar honorarios por servicios de abogados y gastos de viaje para que los abogados manejen casos en otros lugares y no emitir comprobantes de honorarios válidos al cliente;
(2) Pedir o aceptar solicitudes del cliente Gastos, bienes u otros beneficios distintos a los estipulados o pactados en el contrato;
(3) Connivencia o laissez-faire para permitir que nuestros abogados cometer actos ilegales según lo estipulado en el artículo 10 de estas Medidas.
Artículo 24: Si un despacho de abogados concurre alguna de las siguientes circunstancias, se acoge a lo dispuesto en el artículo 50, inciso 2 de la Ley de Abogados: “Cambio de nombre, responsable, estatutos, contrato de sociedad en violación de procedimientos legales" ", domicilio, socios y otras cuestiones mayores" actos ilícitos:
(1) No obtener aprobación o registro para el cambio de nombre, responsable, estatutos , contrato de sociedad, domicilio, socios, forma organizativa, etc. del despacho de abogados Procedimientos;
(2) No desarrollar socios, retirarse de la sociedad, retirarse de la sociedad o elegir al responsable de la despacho de abogados de conformidad con las condiciones y procedimientos prescritos;
(3) No seguir los procedimientos prescritos Tramitación de la escisión, fusión, establecimiento de sucursales, terminación, liquidación o cancelación de despachos de abogados.
Artículo 25 Si un despacho de abogados concurre alguna de las siguientes circunstancias, será ilícito el ejercicio de actividades empresariales distintas de los servicios jurídicos según lo establecido en el apartado 3 del artículo 50 de la Ley de Abogados:
(1) Establecer una empresa en forma de empresa unipersonal, empresa conjunta con otros, participación accionaria encomendada, etc., y contratar a un abogado para que actúe como representante legal o director general de la empresa.
(2) Participar en servicios de intermediación u otras actividades comerciales no relacionadas con los servicios legales.
Artículo 26 Si una firma de abogados comete, tolera o permite que sus abogados cometan actos ilegales según lo estipulado en el artículo 6 de estas Medidas, entrará dentro del ámbito de los asuntos legales según lo estipulado en el artículo 50. , artículo 4 de la Ley de Abogados El bufete de abogados “realiza negocios difamando a otros bufetes de abogados y abogados o pagando honorarios por referencias”.
Artículo 27 Si una firma de abogados tiene alguna de las siguientes circunstancias, será acto ilegal "aceptar casos con conflictos de interés en violación de las normas" según lo estipula el artículo 50, inciso 5 del Reglamento de Abogados. Ley:
(1) Encomendar a nuestro abogado que actúe como abogado del demandante o demandado en el mismo caso litigioso, o defensor del demandado o abogado de la víctima en el mismo caso penal;
(2) ) no revisa los conflictos de intereses en los asuntos encomendados de acuerdo con las regulaciones, y nombra simultánea o sucesivamente abogados para actuar como agentes o brindar servicios legales relevantes para las partes involucradas en asuntos legales no litigiosos con conflictos de intereses. ;
(3) Sabiendo que el abogado y sus familiares cercanos tienen conflictos de intereses con el asunto encomendado, pero aun así encomendando al abogado que actúe como agente, defensor o preste los servicios legales pertinentes;
(4) Convencer o permitir que los abogados de la firma implementen el artículo 7 de estas Medidas estipuladas como actos ilegales.
Artículo 28 Si concurre alguna de las siguientes circunstancias, será acto ilícito que un despacho de abogados "se niegue a cumplir con sus obligaciones de asistencia jurídica" según lo estipulado en el artículo 50, inciso 6 de la Ley de Abogados:
(1) Negarse a aceptar un caso de asistencia jurídica asignado por una agencia de asistencia jurídica sin razones justificables;
(2) Después de aceptar la asignación, no hacer arreglos oportunos para que el abogado de la firma para manejar el caso de asistencia legal o negarse a hacerlo de acuerdo con las regulaciones Proporcionar condiciones y conveniencia para manejar casos de asistencia legal;
(3) Connivencia o permitir que los abogados de la firma cometan actos ilegales estipulados en Artículo 9 de estas Medidas.
Artículo 29 Si un despacho de abogados concurre alguna de las siguientes circunstancias, se encuentra comprendido en el artículo 50, inciso 7 de la Ley de Abogados: "Suministro de materiales falsos a departamentos administrativos judiciales o participación en otras actividades fraudulentas" Actos ilegales :
(1) Cuando los órganos administrativos judiciales llevan a cabo inspecciones y supervisión, ocultan deliberadamente la verdadera situación, se niegan a proporcionar materiales relevantes, proporcionan materiales falsos o no verdaderos, u ocultan, destruyen o fabrican materiales de prueba;
(2) Proporcionar materiales falsos, falsos o falsificados o participar en otro comportamiento engañoso durante la inspección y evaluación anual, la evaluación de la práctica y la evaluación de excelencia de la firma de abogados;
(3) Al proporcionar materiales de certificación falsos, falsos o falsificados o cometer otros actos fraudulentos durante el proceso de manejo de asuntos importantes como el cambio de una firma de abogados, el establecimiento de una sucursal, división, fusión o terminación, liquidación o cancelación.
Artículo 30: Si concurre alguna de las siguientes circunstancias, causando graves consecuencias y efectos adversos, se encuentra comprendido en el artículo 50, inciso 8 de la "Ley de Abogados", que un despacho de abogados "omite la gestión de abogados", "Actos ilegales con graves consecuencias":
(1) No establecer y mejorar los sistemas de gestión interna de acuerdo con la normativa, lo que resulta en una gestión diaria laxa y caótica, lo que provoca que el despacho de abogados no pueda operar con normalidad;
(2) No supervisar eficazmente las actividades de práctica de los abogados según sea necesario, o tolerar, proteger o apoyar a los abogados para que participen en actividades ilegales y disciplinarias, causando graves consecuencias;
(3 ) Confabular o permitir que los abogados sean ordenados a hacerlo en la firma. Continuar ejerciendo durante el período de suspensión de actividades por rectificación o cuando un abogado sea condenado a dejar de ejercer la abogacía;
(4) No aceptar inspecciones y evaluaciones anuales según sea necesario, o ser evaluado como "no calificado" después de inspecciones y evaluaciones anuales;
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(5) No establecer un sistema de contrato laboral de acuerdo con las regulaciones, y no gestionar los seguros de desempleo, pensiones, médicos y otros seguros sociales para los abogados contratados y el personal auxiliar de conformidad con la ley;
(6) Otros actos ilegales, que causen consecuencias graves. Artículo 31 Si el órgano administrativo judicial da una advertencia, multa, confisca ingresos ilegales o deja de ejercer, será ejecutado por el órgano administrativo judicial de la ciudad o municipio (condado) del distrito donde se encuentra la institución de práctica del abogado; La revocación del certificado de ejercicio será impuesta por el órgano administrativo judicial que permita al abogado ejercer. Los órganos administrativos judiciales de las provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central donde ejerzan los abogados deberán implementarla.
Si el órgano administrativo judicial impone una advertencia, multas, confiscación de ingresos ilegales o suspensión de negocios para su rectificación, será implementada por el órgano administrativo judicial de la ciudad o distrito de la ciudad (condado) donde esté ubicado el despacho de abogados; la pena de revocación de la licencia de ejercicio será impuesta por la autoridad otorgante y será ejecutada por los órganos administrativos judiciales de las provincias, regiones autónomas y municipios donde esté establecido el despacho de abogados.
Artículo 32 Si un abogado comete cualquiera de los actos ilícitos previstos en el artículo 47 de la Ley de Abogados y en los artículos 5 a 9 de estas Medidas, el órgano administrativo judicial le dará una amonestación y podrá imponerle simultáneamente una multa de 5.000 Se impondrá una multa de menos de 10.000 RMB; si hay ingresos ilegales, los ingresos ilegales serán confiscados, si las circunstancias son graves, se impondrá una pena de suspensión de la práctica por no más de tres meses.
Si un abogado comete cualquiera de los actos ilícitos previstos en el artículo 48 de la Ley de Abogados y en los artículos 10 a 13 de estas Medidas, el órgano administrativo judicial le dará una amonestación y podrá imponerle una multa no superior a 10.000 yuanes; si hay ganancias ilegales, las ganancias ilegales serán confiscadas, si las circunstancias son graves, se impondrá una pena de suspensión de la práctica por no menos de tres meses pero no más de seis meses.
Si un abogado comete cualquiera de los actos ilícitos previstos en el artículo 49 de la Ley de Abogados y en los artículos 14 a 22 de estas Medidas, será suspendido del ejercicio de la abogacía por más de seis meses y un año por la autoridad judicial administrativa. agencia Las siguientes sanciones pueden imponerse simultáneamente con una multa de no más de 50.000 yuanes; si hay ganancias ilegales, las ganancias ilegales serán confiscadas si las circunstancias son graves, el certificado de ejercicio del abogado será revocado; Cuando se constituya la responsabilidad penal se perseguirá conforme a la ley.
Artículo 33 Si un despacho de abogados comete cualquiera de los actos ilícitos previstos en el artículo 50 de la Ley de Abogados y en los artículos 23 a 30 de estas Medidas, será sancionado por el organismo administrativo judicial según las circunstancias. , suspensión del negocio por un período de no menos de 1 mes pero no más de 6 meses para su rectificación, y se puede imponer una multa de no más de 100.000 yuanes si hay ingresos ilegales, los ingresos ilegales serán confiscados; las circunstancias son especialmente graves, se revocará la licencia de ejercicio del despacho de abogados.
Artículo 34: Los órganos administrativos judiciales implementarán sanciones administrativas contra los abogados y despachos de abogados por actos ilegales de conformidad con la Ley de Sanciones Administrativas, la Ley de Abogados, las Disposiciones de Procedimiento Sancionador Administrativo del Ministerio de Justicia y estas Medidas. .
Artículo 35 Los abogados y despachos de abogados tienen derecho a hacer declaraciones, defenderse y solicitar audiencia sobre las sanciones administrativas impuestas por los órganos administrativos judiciales quienes no estén conformes con la decisión sancionadora administrativa tienen derecho a solicitar la sanción administrativa; reconsideración o iniciar un litigio administrativo de conformidad con la ley; si las sanciones administrativas impuestas ilegalmente por los órganos administrativos judiciales causan daño, tienen derecho a solicitar una indemnización de conformidad con la ley;
Artículo 36: Al implementar sanciones administrativas, los órganos administrativos judiciales investigarán y verificarán de manera integral, objetiva e imparcial los hechos y pruebas de actos ilícitos cometidos por abogados y despachos de abogados, y podrán realizar inspecciones conforme a la ley cuando necesario.
Al investigar actividades ilegales, puede pedir a los abogados y bufetes de abogados investigados que expliquen la situación y presenten los materiales pertinentes; consulte los archivos comerciales pertinentes y los materiales de archivo del bufete de abogados que puede investigar y verificar; situación con las unidades e individuos pertinentes, y recopilar pruebas que puedan perderse o ser difíciles de obtener más adelante podrán registrarse y conservarse con antelación;
El órgano administrativo judicial podrá encomendar la investigación al órgano administrativo judicial del siguiente nivel o al órgano administrativo judicial del lugar donde ocurrió el acto ilícito, o podrá encomendar al colegio de abogados la asistencia en la investigación.
Artículo 37 La aplicación específica de las sanciones administrativas será determinada por los órganos administrativos judiciales de conformidad con las disposiciones pertinentes de la Ley de Abogados y las presentes Medidas y con base en los hechos, naturaleza, circunstancias y perjuicios del acto ilícito. Actos de abogados y despachos de abogados. El grado se determinará dentro del ámbito de los tipos y alcances de las penas legales.
El abogado será amonestado, inhabilitado para ejercer y revocado su certificado de ejercicio de abogado; amonestado al despacho, suspendido para su rectificación y revocado su licencia de ejercicio, pudiendo además ser multado. según corresponda; si hay ganancias ilegales, confiscar las ganancias ilegales.
Artículo 38 Los abogados y despachos de abogados podrán recibir sanciones administrativas más leves o reducidas si concurren alguna de las siguientes circunstancias:
(1) Eliminar o reducir activamente las consecuencias nocivas de actos ilegales
(2) Tomar la iniciativa de denunciar y cooperar activamente con los órganos administrativos judiciales para investigar y abordar actos ilegales.
(3) Ser coaccionado por otros a cometer actos ilegales; /p>
(4) Otras circunstancias que ameriten una pena más leve o reducida de conformidad con la ley.
Si la infracción es menor y se corrige oportunamente sin causar consecuencias perjudiciales, no se impondrá ninguna sanción administrativa.
Artículo 39 Si un abogado o despacho de abogados comete cualquier acto ilegal en cualquiera de las siguientes circunstancias, que sea grave o especialmente grave según lo estipulado en la Ley de Abogados, será castigado severamente dentro del rango de sanción administrativa legal. :
(1) El acto ilegal causa grandes pérdidas a las partes, terceros o intereses públicos;
(2) El acto ilegal es de naturaleza atroz y las circunstancias son atroces, dañar gravemente la imagen de la profesión de abogado y provocar un mal impacto social;
(3) Cometer dos o más actos ilícitos al mismo tiempo o que impliquen una gran cantidad de dinero;
(4) Cuando los órganos administrativos judiciales investigan y tratan actos ilícitos, se niegan a corregir o continúan realizando actos ilícitos, negándose a presentar, ocultando, destruyendo pruebas o aportando pruebas falsas o falsificadas;
(5 ) Otros casos que deban ser severamente castigados según la ley.
Artículo 40: Si un abogado fuera amonestado dentro del año de haber sido amonestado, será sancionado con suspensión del ejercicio no menor de tres meses ni mayor de un año. Si un abogado es sancionado con el cese del ejercicio dentro de los dos años siguientes a la expiración del plazo o es sancionado con el cese del ejercicio nuevamente, se revocará el certificado de ejercicio del abogado.
Si un despacho de abogados es sancionado con la suspensión de sus actividades para su rectificación antes del vencimiento del plazo o dentro de los dos años siguientes al vencimiento del plazo, se le revocará su licencia de ejercicio.
Artículo 41: Si un despacho de abogados es sancionado por conducta ilegal, el órgano administrativo judicial, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 50, apartado 2 de la Ley de Abogados, en función de sus competencias de gestión y de las circunstancias de su incumplimiento del deber. Dependiendo de la gravedad, se impondrán las sanciones administrativas correspondientes al responsable del despacho.
Si un despacho de abogados es sancionado por una conducta ilegal, también deberá responsabilizar al abogado directamente responsable e imponer las sanciones administrativas correspondientes de conformidad con la ley.
Artículo 42 Si la conducta ilegal de abogados y despachos de abogados constituye un delito y debe ser investigada por responsabilidad penal conforme a la ley, el órgano administrativo judicial trasladará el caso al órgano judicial para su tramitación y sanciones administrativas. no se utilizará en lugar de sanciones penales.
Si un abogado es objeto de sanción penal por ejercicio ilegal o por motivos de no ejercicio, el órgano administrativo judicial revocará su certificado de ejercicio de abogado. Si una persona es sancionada penalmente por un delito de negligencia, cesará en el ejercicio de sus funciones de abogado durante el período de cumplimiento de su pena o de su libertad condicional, pudiendo solicitar la reanudación del ejercicio una vez transcurrido el período.
Artículo 43: Cuando los organismos administrativos judiciales implementen sanciones administrativas, deberán obtener la aprobación del responsable de la agencia y preparar una decisión de sanción administrativa de conformidad con los requisitos de la Ley de Sanción Administrativa.
Si se imponen sanciones administrativas mayores por circunstancias complejas o violaciones graves, la decisión se tomará mediante discusión colectiva por parte del responsable del organismo administrativo judicial, cuando la decisión se adopte mediante discusión colectiva, representantes de; Podrá invitarse a participar al Colegio de Abogados.
Artículo 44: Cuando los órganos administrativos judiciales implementen sanciones administrativas, podrán notificar a la abogacía las decisiones administrativas sancionatorias correspondientes o anunciarlas al público en la forma adecuada según sea necesario.
Artículo 45 Los abogados y despachos de abogados sancionados deberán implementar de manera consciente, oportuna e integral las decisiones administrativas sancionatorias e informar verazmente sobre el estado de su implementación a los órganos administrativos judiciales.
Los órganos administrativos judiciales supervisarán la implementación de las decisiones sancionatorias administrativas por parte de abogados y despachos de abogados, y cuando se descubran problemas, se les ordenará que realicen las correcciones oportunas o adopten las medidas correspondientes de conformidad con la ley.
Artículo 46: Los abogados y despachos de abogados que estén sujetos a sanciones administrativas por prácticas ilícitas y cuyos actos ilícitos causen daños a partes o a terceros, incurrirán en la responsabilidad civil que les corresponda conforme a la ley.
Si un bufete de abogados es responsable de una compensación debido al comportamiento ilegal de un abogado, después de que el bufete de abogados compense, puede recuperar una compensación del abogado que cometió negligencia grave o intencional.
Artículo 47 El abogado que haya sido sancionado con cesación de ejercicio antes de la expiración del plazo no podrá solicitar un cambio de institución de ejercicio si un abogado es sancionado con cesación de ejercicio por más de seis meses; y no se haya recuperado durante el plazo de ejecución de la pena y dentro de los tres años, No podrá ser socio.
Si un despacho de abogados es sancionado por suspensión de actividades por rectificación antes del vencimiento del plazo, no podrá decidir disolverse, solicitar cambio de nombre, solicitar escisión o fusión, ni solicitar el establecimiento de una sucursal; el despacho de abogados que sea sancionado con suspensión de actividad por rectificación será responsable. Las personas, los socios y los abogados directamente responsables no podrán solicitar el cambio de institución de ejercicio. Artículo 48 Si una sucursal de un despacho de abogados y sus abogados cometen actos ilegales, el organismo administrativo judicial donde esté ubicada la sucursal impondrá sanciones administrativas de conformidad con la Ley de Abogados y estas Medidas. Se enviará copia de la decisión sancionadora al bufete de abogados que haya establecido una sucursal y a la agencia administrativa judicial municipal o municipal (condado) donde esté ubicada.
Artículo 49 Los órganos administrativos judiciales de las ciudades divididas en distritos como se menciona en estas Medidas incluyen los órganos administrativos judiciales de las regiones, estados y ciudades a nivel de prefectura sin distritos.
Artículo 50 Las presentes Medidas entrarán en vigor el 1 de junio de 2065. Al mismo tiempo quedan derogadas las "Medidas para sancionar la conducta ilegal de abogados y bufetes de abogados" (Orden Nº 86 del Ministerio de Justicia), promulgadas por el Ministerio de Justicia el 19 de marzo de 2004.