Red de Respuestas Legales - Consulta de información - Violación y homicidio intencional

Violación y homicidio intencional

Subjetividad jurídica:

Artículo 232 del Delito de Homicidio Doloso en el Derecho Penal de la República Popular China: Cualquiera que mate a alguien intencionalmente será condenado a muerte, cadena perpetua o prisión de duración determinada de no menos de diez años, si las circunstancias son relativamente menores, será condenado a tres años de prisión de duración determinada no inferior a diez años ni superior a diez años. Artículo 236 El que violare a una mujer mediante violencia, coacción u otros medios, será condenado a pena privativa de libertad no menor de tres años ni mayor de diez años. Cualquiera que viole a una joven menor de catorce años será severamente castigado por el delito de violación. Cualquiera que viole a una mujer o viole a una joven en cualquiera de las siguientes circunstancias será condenado a pena de prisión fija no inferior a diez años, cadena perpetua o pena de muerte: (1) Viole a una mujer o viole a una joven y las circunstancias son atroces; (2) Viola a una mujer o viola a varias niñas; (3) Viola a mujeres en lugares públicos; (4) Viola en grupo a dos o más personas; (5) Causa lesiones graves, muerte u otros; graves consecuencias para la víctima.

Objetividad jurídica:

Artículo 236 de la "Ley Penal" quien viole a una mujer mediante violencia, coacción u otros medios será condenado a pena privativa de libertad no menor de tres años. pero no más de diez años. Cualquiera que viole a una joven menor de catorce años será severamente castigado por el delito de violación. El que viole a una mujer o viole a una joven en cualquiera de las circunstancias siguientes, será sancionado con pena privativa de libertad no menor de diez años, cadena perpetua o muerte: Artículo 23 Si se ha cometido un delito y se realiza la tentativa por motivos distintos a la voluntad del delincuente, se trata de tentativa de delito. Un intento de delito puede recibir una pena más leve o reducida en comparación con un delito consumado. Artículo 232 El que intencionalmente mate a alguien será condenado a muerte, cadena perpetua o prisión de duración determinada no menor de diez años, si las circunstancias son relativamente menores, será condenado a pena de prisión de duración determinada no menor de tres años; pero no más de diez años.