Plazo límite para la aceptación de proyectos de construcción en materia de protección ambiental
Base jurídica: "Medidas provisionales para la protección ambiental Aceptación de la finalización de los proyectos de construcción"
Artículo 6 Si es necesario depurar las instalaciones de protección ambiental que respaldan el proyecto de construcción, la unidad de construcción deberá garantizar que los contaminantes se eliminen durante el período de depuración. La descarga cumple con las regulaciones nacionales y locales sobre estándares de descarga de contaminantes y permisos de descarga. Si las instalaciones de protección ambiental no se completan al mismo tiempo que el proyecto principal, o si se debe obtener un permiso de descarga de contaminantes pero no se ha obtenido, la unidad de construcción no deberá depurar las instalaciones de protección ambiental del proyecto de construcción.
Durante la puesta en servicio, la unidad de construcción deberá monitorear el funcionamiento de las instalaciones de protección ambiental y el impacto del proyecto de construcción en el medio ambiente. El monitoreo de la aceptación debe llevarse a cabo garantizando al mismo tiempo condiciones estables de depuración del proyecto principal y el funcionamiento normal de las instalaciones de protección ambiental, y las condiciones reales de trabajo durante el proceso de monitoreo deben registrarse verazmente. Si las normas nacionales y locales de emisión de contaminantes o las especificaciones técnicas de aceptación industrial tienen otras disposiciones sobre condiciones de trabajo y cargas de producción, prevalecerán dichas disposiciones. La unidad de construcción llevará a cabo actividades de monitoreo de aceptación y utilizará su propio personal, sitios y equipos para realizar el monitoreo de acuerdo con sus propias condiciones y capacidades; también podrá confiar a otras agencias de monitoreo calificadas para realizar el monitoreo;