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¿Es posible que un abogado apele en mi nombre?

1. ¿Es posible que un abogado recurra en su nombre? ¿Es posible que un abogado recurra en su nombre? La Ley de Procedimiento Penal estipula que el acusado, el fiscal particular y sus representantes legales no podrán hacerlo. aceptar la primera instancia del tribunal popular local en todos los niveles, y el derecho de apelar ante el tribunal popular superior inmediato mediante alegatos escritos u orales. El defensor del imputado y sus familiares cercanos podrán apelar con el consentimiento del imputado. La situación específica implica mucho contenido, por lo que la explicaremos en detalle en el texto. Las partes en un proceso civil incidental y sus representantes legales podrán apelar contra la parte del proceso civil incidental de las sentencias y fallos de primera instancia de los tribunales populares locales de todos los niveles. Según las disposiciones legales antes mencionadas, el defensor puede apelar en nombre del demandado. La primera forma de apelación consiste en presentar un recurso en nombre del demandado o en nombre del defensor con el consentimiento del demandado. El derecho del demandado a recurrir no quedará privado de ninguna excusa. El artículo 58 de la Ley de Procedimiento Civil establece que las partes y los representantes legales podrán encomendar a una o dos personas la función de agentes litigantes. Se pueden encomendar como agentes litigantes a las siguientes personas: (1) Abogados y trabajadores de servicios jurídicos de base; (2) Familiares cercanos o personal de las partes; (3) Ciudadanos recomendados por las comunidades, unidades y grupos sociales relevantes donde viven las partes; El párrafo 1 del artículo 59 de la Ley de Procedimiento Civil estipula que cuando se encomiende a otra persona el litigio en su nombre, se deberá presentar al Tribunal Popular un poder firmado o sellado por el cliente. El poder debe indicar claramente los asuntos y competencias encomendadas. Un agente ad litem debe tener autorización especial del cliente para admitir, abandonar, cambiar reclamaciones, realizar acuerdos, presentar reconvenciones o apelaciones en nombre del cliente. 2. ¿Qué es un recurso de apelación? Se refiere a una actividad en la que una parte declara su disconformidad con una sentencia, resolución o decisión de revisión de primera instancia dictada por un tribunal popular que aún no ha surtido efectos jurídicos dentro del plazo legal, y presenta al tribunal popular del nivel inmediatamente superior para un nuevo juicio. También puede dirigirse a dioses, reyes o funcionarios para expresar agravios. 3. ¿Cuáles son las condiciones básicas que deben cumplirse para interponer un recurso? 1. Debe haber un apelante calificado y un apelado 2. Debe ser una sentencia que permita apelar de conformidad con la ley. debe cumplirse. El artículo 147 de la Ley de Procedimiento Civil estipula: Si una parte no está satisfecha con la sentencia de primera instancia del tribunal popular local, tiene derecho a apelar ante el tribunal popular superior dentro de los 15 días siguientes a la fecha de emisión de la sentencia. Si la parte no está satisfecha con la sentencia de primera instancia del tribunal popular local, Si se dicta la sentencia de primera instancia, la persona tiene derecho a apelar ante el tribunal popular del nivel inmediatamente superior dentro de los 10 días siguientes a la fecha de. entrega del fallo. El plazo de recurso comenzará a contar desde el segundo día siguiente al de la entrega de la sentencia y resolución al interesado. Si la sentencia y el fallo no pueden ser notificados a las partes al mismo tiempo, el plazo de apelación comenzará a contar desde el día siguiente de que cada parte reciba la sentencia y el fallo. Para los casos penales de segunda instancia, el tribunal popular de segunda instancia realizará una revisión integral de los hechos y las leyes aplicables determinados en la sentencia de primera instancia, y no estará limitado por los motivos y alcance de la apelación. En los casos de apelación penal, el tribunal popular de segunda instancia no puede aumentar la pena del acusado. En los casos civiles de segunda instancia, el tribunal de segunda instancia revisará los hechos relevantes y las leyes aplicables con base en las solicitudes de las partes antes mencionadas, si las partes no han hecho una solicitud, no serán revisadas; La sentencia de primera instancia viola las disposiciones prohibitivas de la ley y lesiona los intereses del público o los intereses de otros. En los procesos privados, la víctima, como acusador privado, tiene derecho a apelar la sentencia de primera instancia del Tribunal Popular. Según las disposiciones de las leyes de nuestro país, los casos de acusación privada incluyen tres tipos, a saber, casos que se tramitan únicamente tras una denuncia; casos penales menores en los que la víctima tiene pruebas para probar y la víctima tiene pruebas para demostrar que la víctima ha infringido sus derechos; o sus derechos personales y patrimoniales deben ser investigados por responsabilidad penal de conformidad con la ley y los órganos de seguridad pública o los casos en que la Fiscalía Popular no persigue la responsabilidad penal contra el acusado. Este tipo de proceso privado debe cumplir simultáneamente las tres condiciones siguientes: el acusado ha cometido un delito y debe ser considerado penalmente responsable de conformidad con la ley; la víctima tiene pruebas que lo demuestran; La Fiscalía no continuará con el caso, es decir, la agencia de seguridad pública y la Fiscalía Popular no investigarán el caso. Las acusaciones y denuncias se hacen sin abrir un caso para la investigación, o el caso se retira, o no se lleva a cabo ningún procesamiento. Creo que no somos ajenos al concepto de apelación. El imputado en la causa no podrá estar presente y su representante legal y abogado podrán comparecer en su nombre ante el tribunal.

Si el demandante o demandado tiene objeciones al resultado del caso, puede apelar directamente personalmente o por medio de su representante legal o abogado. Los procedimientos pertinentes y las fechas judiciales posteriores están pendientes de coordinación y notificación por parte del tribunal.