¿Cómo comprobar el estado de ejecución de la sentencia del tribunal?
El tribunal puede tomar las medidas de ejecución necesarias para instar a la persona sujeta a ejecución a ejecutar documentos legales eficaces. De acuerdo con la Ley de Procedimiento Civil y las disposiciones pertinentes, durante la ejecución judicial, si la persona sujeta a ejecución se niega a ejecutar documentos legales efectivos, el tribunal de ejecución puede investigar, congelar, embargar, transferir y subastar los bienes de la persona sujeta a ejecución en de conformidad con la ley, y enumerar a la persona sujeta a ejecución como morosa Lista de ejecutores, restricciones al alto consumo, detención de personas sujetas a ejecución y otras medidas coercitivas. Si el sujeto de ejecución tiene capacidad para ejecutar pero se niega a cumplir, si las circunstancias son graves, también constituirá delito de negativa a ejecutar la sentencia o fallo, pudiendo investigarse la responsabilidad penal conforme a la ley. Por supuesto, el hecho de que un acreedor solicite la ejecución ante el tribunal no significa que sus derechos se harán realidad definitivamente. Si la persona sujeta a ejecución no puede efectivamente cumplir, el tribunal podrá suspender la ejecución o darla por terminada, y podrá reanudarla en cualquier momento después de descubrir los bienes de la persona sujeta a ejecución. Artículo 111 de la Ley de Procedimiento Civil: Si un litigante u otra persona comete cualquiera de los siguientes actos, el tribunal popular podrá imponerle una multa o prisión preventiva según la gravedad del caso si se constituye delito, responsabilidad penal; serán investigados de conformidad con la ley: (1) Falsificación, destrucción de elementos de prueba importantes, impedir que el Tribunal Popular conozca casos (2) utilizar violencia, amenazas o soborno para impedir que los testigos testifiquen o instigar, sobornar o coaccionar; otros para dar falso testimonio (3) ocultar, transferir, vender o destruir bienes que han sido sellados o incautados, o transferir bienes que han sido contados u ordenados ser conservados; (4) Insultar, calumniar, incriminar, golpear o; tomar represalias contra el personal judicial, los participantes en el litigio, los testigos, los traductores, los tasadores, los peritos y los ejecutores auxiliares; (5) utilizar violencia, amenazas u otros métodos para obstruir al personal judicial en el desempeño de sus funciones; (6) negarse a ejecutar sentencias legalmente efectivas; sentencias de los tribunales populares. El tribunal popular podrá imponer una multa o detener a cualquier unidad que cometa uno de los actos enumerados en el párrafo anterior, si se constituye un delito, la responsabilidad penal será investigada de conformidad con la ley; Artículo 241 Si la persona sujeta a ejecución no cumple con las obligaciones especificadas en el documento legal de acuerdo con el aviso de ejecución, deberá informar el estado actual de la propiedad y el estado de la propiedad un año antes de la fecha de recepción del aviso de ejecución. Si el sujeto de ejecución se niega a denunciar o hace un informe falso, el tribunal popular podrá, dependiendo de la gravedad del caso, multar o detener a la persona sujeta a ejecución o a su representante legal, el responsable principal de la unidad correspondiente. o la persona directamente responsable. Artículo 242 Si la persona sujeta a ejecución no cumple con las obligaciones especificadas en el documento legal de acuerdo con el aviso de ejecución, el tribunal popular tiene derecho a investigar sobre los depósitos, bonos, acciones, acciones de fondos y otras propiedades de la persona sujeta a ejecución. a la ejecución. de las unidades pertinentes. El tribunal popular tiene la facultad de embargar, congelar, transferir o alterar los bienes de la persona sujeta a ejecución según diferentes circunstancias. Los bienes investigados, sellados, congelados, transferidos o modificados de valor por el tribunal popular no excederán el alcance de las obligaciones que deberá cumplir el sujeto de ejecución. Cuando el tribunal popular decide sellar, congelar, transferir o cambiar el precio de una propiedad, dictará sentencia y emitirá un aviso de asistencia en la ejecución, y las unidades pertinentes deberán tramitarla. Artículo 243 Si la persona sujeta a ejecución no cumple con las obligaciones especificadas en el documento legal de acuerdo con el aviso de ejecución, el tribunal popular tiene derecho a retener y retirar los ingresos de la persona sujeta a ejecución que debe cumplir con las obligaciones. Sin embargo, se conservarán los gastos de manutención necesarios del ejecutado y de sus dependientes. Cuando el tribunal popular retenga o retire ingresos, dictará sentencia y emitirá un aviso de asistencia en la ejecución, que deberá ser tramitado por la unidad a la que pertenezca el sujeto de ejecución, bancos, cooperativas de crédito y otras unidades con negocios de ahorro. Artículo 244 Si la persona sujeta a ejecución no cumple con las obligaciones especificadas en el documento legal de conformidad con el aviso de ejecución, el tribunal popular tiene la facultad de sellar, detener, congelar, subastar o vender los bienes que la persona sujeta a ejecución debe realizar. Sin embargo, se conservarán las necesidades diarias del ejecutado y de sus dependientes. Para adoptar las medidas mencionadas en el párrafo anterior, el Tribunal Popular dictará sentencia. Artículo 247 Sellado o detenido el bien, el albacea ordenará al ejecutado que cumpla dentro de un plazo las obligaciones especificadas en el documento legal. Si la persona sujeta a ejecución no cumple con el plazo, el tribunal popular subastará los bienes sellados o incautados, si no son aptos para la subasta o ambas partes acuerdan no subastarlos, el tribunal popular podrá confiar la unidad correspondiente; subastarlo o subastarlo por sí solo. Los artículos que el Estado prohíbe comprar y vender libremente se entregarán a las unidades correspondientes para su compra a los precios fijados por el Estado. Artículo 248 Si la persona sujeta a ejecución no cumple las obligaciones especificadas en el documento legal y oculta bienes, el tribunal popular tiene derecho a emitir una orden de registro para registrar a la persona sujeta a ejecución, su residencia o los bienes ocultos. Si se adoptan las medidas mencionadas en el párrafo anterior, el decano emitirá una orden de allanamiento. Artículo 252 Si la persona sujeta a ejecución no realiza los actos especificados en la sentencia, fallo u otros documentos legales de conformidad con el aviso de ejecución, el tribunal popular podrá ejecutar la ejecución o encomendar a la unidad correspondiente u otra persona para completar la ejecución, y las costas serán a cargo del sujeto ejecutado. Artículo 253 Si el sujeto ejecutado incumple la obligación de pago dinerario dentro del plazo señalado en la sentencia, fallo u otros documentos legales, deberá pagar el doble de los intereses de la deuda durante el período de cumplimiento demorado. Si el sujeto ejecutado no cumple con otras obligaciones dentro del plazo señalado en la sentencia, fallo u otro documento legal, pagará una pena de cumplimiento retardado. Artículo 254: Si el sujeto de ejecución aún no puede saldar sus deudas después de que el tribunal popular adopte las medidas de ejecución previstas en los artículos 242, 243 y 244 de esta Ley, las obligaciones deberán seguir cumpliéndose. Si el acreedor descubre que la persona sujeta a ejecución tiene otros bienes, podrá solicitar la ejecución ante el Tribunal Popular en cualquier momento. Artículo 255 Si la persona sujeta a ejecución no cumple con las obligaciones especificadas en el documento legal, el tribunal popular puede tomar o notificar a las unidades pertinentes para ayudar a tomar medidas tales como restringir la salida de la persona del país, registrar a la persona en el informe de crédito. sistema, publicación de información sobre incumplimientos a través de los medios de comunicación y otras medidas prescritas por la ley.
Artículo 313 de la Ley Penal: Negativa a ejecutar una sentencia o resolución Si las circunstancias son graves, la persona que se niegue a ejecutar la sentencia o resolución será condenada a pena privativa de libertad no superior a tres años, prisión preventiva o prisión. multa, si las circunstancias son especialmente graves, se le impondrá una pena de prisión no inferior a tres años ni superior a siete años y multa. Si una unidad comete el delito del párrafo anterior, será multada y el responsable directo y el resto del personal directamente responsable serán sancionados de conformidad con lo dispuesto en el párrafo anterior.
Objetividad jurídica:
Artículo 259 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal: Las sentencias y fallos se ejecutarán después de que adquieran efectos jurídicos. Las siguientes sentencias y fallos tienen efecto legal: (1) sentencias y fallos que no han sido apelados o protestados dentro del plazo legal; (2) sentencias y fallos definitivos (3) sentencias de muerte aprobadas por el Tribunal Supremo Popular y suspensiones de pena; sentencias de muerte aprobadas por el Tribunal Popular Superior ejecutadas en el año. Artículo 260: Si el tribunal popular de primera instancia decide que el imputado no es culpable y está exento de pena penal, el imputado será puesto en libertad inmediatamente después de dictada la sentencia. Artículo 261 Si el Tribunal Popular Supremo ha sentenciado y aprobado la pena de muerte para su ejecución inmediata, el Presidente del Tribunal Popular Supremo dictará una orden para la ejecución de la pena de muerte.