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Cómo coordinar la relación entre la democracia judicial y el Estado de derecho

Con la profundización gradual de la reforma judicial de mi país en la forma y la práctica repetida en el fondo, si el poder judicial debe continuar avanzando en la dirección del profesionalismo o dar un giro y seguir el camino de la democratización (popularización) ha despertado una preocupación generalizada en los círculos teóricos jurídicos. y la práctica judicial. Algunos académicos también participaron en intensos intercambios de posiciones y puntos de vista sobre estas cuestiones. {1} En el proceso de este debate académico, siempre ha sido un foco de debate si el poder judicial de China debería democratizarse.

En la historia del desarrollo judicial occidental, sólo existe una teoría del profesionalismo judicial, y sólo una teoría. Las llamadas ideas de popularización judicial y democratización judicial nunca han aparecido, y mucho menos un debate académico sobre si se debe democratizar el poder judicial. La existencia a largo plazo de jurados y magistrados sin calificaciones profesionales como jueces es un signo de popularización y democratización judicial a los ojos de los académicos chinos que abogan por la democratización judicial, pero este no es el caso en absoluto a los ojos de los académicos occidentales. La llamada democratización judicial (popularización) es una propuesta con características chinas. Al menos en Occidente, nunca ha sido un tema académico ni un hecho histórico.

Creo que antes de reexaminar esta propuesta, primero debemos tener una comprensión profunda de la relación entre justicia y democracia. De lo contrario, proponer o oponerse precipitadamente a la democratización judicial será debido a reservas insuficientes de conocimientos básicos y a ser demasiado subjetivo y fragmentado. En vista de esta comprensión, el autor intenta escribir este artículo, con la intención de discutir brevemente las tres relaciones entre justicia y democracia, para inspirar a otros. Se espera que la discusión en este artículo ayude a los académicos chinos a comprender profundamente la connotación esencial de justicia y democracia, comprender la relación entre justicia y democracia desde una perspectiva más amplia y dejar cada vez más claro el actual debate sobre la llamada democratización judicial. verdad.

1. La esencia de la justicia y la democracia: el camino es hacia arriba y cada uno va por su lado.

Antes de discutir la relación entre justicia y democracia, primero debemos reconocer sus respectivas características esenciales, y carecemos de una comprensión profunda de sus características esenciales. Entonces, cualquier explicación de su interrelación es una especie de conjetura y suposición que carece de comprensión.

Las características esenciales de la justicia y la democracia son en realidad una cuestión muy antigua. Cabe decir que la comunidad académica básicamente ha resumido y resumido sus características esenciales, y ha formado un * * * entendimiento en muchos aspectos. Desafortunadamente, la mayoría de los académicos que defienden la democratización judicial simplemente no prestan suficiente atención o incluso hacen la vista gorda a la comprensión de las características esenciales de la democracia judicial, lo que hace que este debate sobre la democratización judicial caiga en una confusión discursiva en la que los conceptos básicos y esenciales Las características no están claras. Por lo tanto, aquí primero debemos ordenar las características esenciales de la justicia y la democracia antes de que podamos despedirnos de esta narrativa confusa del debate y usar palabras claras para debatir un campo.

El poder judicial ya es un concepto popular que está lleno de círculos académicos y que el público menciona a menudo. Aparece con una frecuencia inusualmente alta, pero rara vez se define. En el Diccionario Legal de Black, que tiene bastante autoridad en el mundo británico y estadounidense, la entrada Judicial tiene tres significados: (1) un departamento gubernamental responsable de interpretar la ley y salvaguardar la justicia (2) el sistema judicial; de jueces. {2}Este primer nivel de significado puede considerarse como la connotación básica del concepto de "poder judicial", mientras que el segundo y tercer nivel de significado son en realidad los componentes principales del primer nivel de significado: el departamento gubernamental llamado justicia está compuesto de Un sistema judicial compuesto por un grupo de jueces.

Si la explicación del diccionario jurídico de Black es abstracta, concreta y difícil de entender, entonces la justicia definida por el constitucionalista japonés profesor Ashibe Nobuki es mucho más específica y más fácil de entender. Dijo: "La llamada justicia siempre ha sido considerada como 'el papel del Estado en la resolución de disputas específicas mediante la aplicación y clarificación de la ley'. Si se define más estrictamente, se puede decir que la justicia es 'la situación en qué casos específicos son disputados entre las partes Bajo la premisa de que las partes presenten una demanda, un tribunal independiente formará un juicio sobre cuál es la ley y garantizará la correcta aplicación de la ley en función de su jurisdicción y mediante ciertos procedimientos de litigio. {3} La definición del profesor Lu Bu es simple: en otras palabras: el papel nacional de los órganos judiciales y los tribunales a la hora de resolver disputas de conformidad con la ley. El órgano principal de la institución judicial es el tribunal compuesto por jueces, cuya tarea es resolver diversos litigios de conformidad con la ley. La característica más importante del proceso de adjudicación es que sigue estrictamente los procedimientos y regulaciones legales establecidos. Se dice que "los jueces son independientes de las órdenes oficiales, por un lado, y subordinados a la ley, por el otro". {4}Además, las decisiones judiciales las inician las partes en la disputa y no puede haber decisiones judiciales sin un litigio activo entre las partes. El llamado "en esencia, el poder judicial en sí está inactivo. Si quieres que funcione, debes promoverlo". {5} Por lo tanto, la pasividad más que la iniciativa es otra característica importante del poder judicial, que también es la diferencia. entre el poder judicial y la legislación. Una de las principales diferencias con la administración.

Sin embargo, el resumen y análisis anteriores todavía se centran en las características externas de la forma judicial, pero no se puede decir que sean sus características internas sustantivas. Los círculos académicos han realizado algunas investigaciones sobre las características externas de las formas judiciales, pero casi nadie ha prestado atención a sus características internas sustantivas y no hay muchos documentos relevantes que sean dignos de discusión aquí. El autor considera que la característica inherente a la esencia judicial es que este tipo de actividad procesal se apoya o requiere no de la racionalidad natural de las personas, sino de la racionalidad técnica de la ley. Esto determina que quienes están capacitados para juzgar casos y controversias no lo estén. personas físicas comunes, pero aquellos que han experimentado la formación profesional jurídica permite a los jueces poseer habilidades profesionales de abogado y ética profesional. Ya en 1608, el famoso jurista británico Edward Kirk hizo la declaración más antigua y clásica sobre el rey Jaime de Inglaterra, pidiéndole que juzgara casos en su calidad de rey.

Kirk dijo: "Es cierto que Dios ha dotado a Su Majestad con excelentes habilidades y magníficos talentos; pero Su Majestad no ha estudiado las leyes de Inglaterra, y los casos que involucran las vidas o herencias, o bienes o riquezas, de sus súbditos no deben La decisión debe tomarse mediante la racionalidad técnica y el juicio jurídico. El derecho es una habilidad que requiere aprendizaje y experiencia a largo plazo. Sólo después de esto se puede convencer a la gente de que el derecho es el punto de referencia y la norma para conocer el tema. caso."{6 }Aunque Jacobo era rey, no tenía formación jurídica, por lo que no tenía acceso a las decisiones judiciales. Después de la batalla entre Kirk y James, el Reino Unido finalmente defendió el fundamento judicial de la racionalidad jurídica en lugar de la racionalidad natural, salvaguardando así el Estado de derecho en el Reino Unido.

Para el poder judicial, las características externas como la pasividad y los procedimientos legales son importantes, pero una vez que el árbitro judicial -el juez- carece de la formación jurídica, la racionalidad jurídica y la ética profesional necesarias, el poder judicial sólo tendrá su propia apariencia y forma, pero su núcleo espiritual estará ausente y será difícil de encontrar. La característica más importante de la justicia es que los jueces tengan suficientes habilidades jurídicas y racionalidad. Debido a esto, no todo el mundo está calificado para la profesión judicial, y no cualquiera con racionalidad natural puede actuar como juez en la decisión de casos. Esta es la característica más importante que distingue al poder judicial de la legislación y la administración.

La esencia de la justicia es esta, entonces ¿cuál es la esencia de la democracia?

Existen innumerables pensamientos y teorías sobre la democracia en el país y en el extranjero en los tiempos antiguos y modernos. El académico estadounidense Robert A. Dahl lamentó una vez que "todas las ideas democráticas son como un enorme arbusto hermético". Sin embargo, el propio Dahl logró salir de la maraña del pensamiento democrático y concluyó que cinco elementos, a saber, participación efectiva, votación igualitaria, conocimiento pleno, control último de la agenda y ciudadanía adulta, constituyen el contenido básico de la democracia. {7}Un análisis cuidadoso de estos cinco estándares democráticos revela que el núcleo es “votar”. En la política democrática, el contenido más importante para los ciudadanos adultos es el derecho al voto. La participación efectiva, la igualdad y la plena comprensión de la votación son los elementos y contenidos básicos de la votación. La clave para, en última instancia, tomar el control de la agenda es, en última instancia, tomar el control del proceso de votación. Se puede decir que estos cinco elementos giran esencialmente en torno a la votación, y la votación es el centro y la esencia de la democracia. Por lo tanto, Huntington P. Samuel dijo: “Las elecciones abiertas, libres y justas son la esencia de la democracia y una condición indispensable”. {8} Pero al mismo tiempo, también debemos darnos cuenta de que “las elecciones no formulan políticas; formular políticas; sólo comprendiendo plenamente esto podemos entender al economista J.A. Joseph Alois Schumpeter La "teoría democrática de la competencia por el liderazgo político" elaborada por Joseph Alois Schumpeter, es decir, "el método democrático es un acuerdo institucional para tomar decisiones políticas, en el que algunas personas obtienen el poder de tomar decisiones ganando los votos del pueblo". {10}

En resumen, la democracia es un acuerdo institucional que determina el ejercicio específico del poder político a través del voto. El propósito de este arreglo institucional es salvaguardar las libertades y derechos del pueblo para que no sean violados ni privados del poder político. El propósito del voto democrático es evitar el surgimiento del totalitarismo, el estado total, el autoritarismo, el autoritarismo y otras horribles reglas políticas que pisotean las libertades y los derechos de las personas. Por ello, Sartori señaló: “La democracia es un sistema en el que nadie puede elegir gobernarse a sí mismo, y nadie puede autorizarse a gobernar. Por lo tanto, nadie puede usurpar el poder incondicional y sin restricciones”{11} Reconociendo las características esenciales de la democracia , podemos entender bien por qué "en los Estados Unidos, Europa y Japón de hoy, el significado más común de 'democracia' suele ser el concepto de soberanía del pueblo y de derechos individuales protegidos por la ley. Fusión (pero más a menudo confusión)". {12}

A través del análisis anterior de las características esenciales de la justicia y la democracia, podemos ver que en realidad no existe ninguna conexión entre las dos. El sujeto judicial es específico y reúne las condiciones de racionalidad técnica jurídica; el sujeto democrático es amplio, y cualquier adulto con racionalidad natural es un sujeto democrático. El deber principal del poder judicial es resolver disputas, mientras que el objetivo de la democracia es seleccionar mejores quienes ejercen el poder político y evitar la tiranía. Aunque la democracia también necesita evitar la autocracia judicial, la historia ha demostrado que la mejor manera de controlar y eliminar la autocracia judicial es nunca permitir que los métodos electorales democráticos dominen el poder judicial. Después de examinar la democracia en los Estados Unidos, Tocqueville señaló: "Las constituciones de algunos estados americanos estipulan que los jueces de los tribunales deben ser elegidos y permitir su reelección varias veces. Me atrevo a predecir audazmente que tarde o temprano, este tipo de de reforma tendrá consecuencias extremadamente malas. Un día se descubrirá que debilitar la independencia de los funcionarios judiciales no sólo atacará al poder judicial, sino que también atacará a la democracia y al sistema mismo "{14} Por lo tanto, los métodos democráticos no son adecuados. el ámbito judicial. No existe una conexión necesaria entre justicia y democracia. Las características inherentes del poder judicial determinan que la relación más normal entre el poder judicial y el sistema de democracia electoral es que no existe relación entre ambos. En teoría, la justicia debería cruzar el puente de una sola tabla y la democracia debería seguir su propio camino. No hay intersección o conexión entre los dos.

En segundo lugar, ¿en qué sentido están relacionadas la justicia y la democracia?

Aunque, en términos de sus características esenciales, las responsabilidades originales de la justicia y la democracia son resolver disputas de conformidad con la ley y garantizar que el poder soberano pertenezca en última instancia al pueblo, no hay superposición en las responsabilidades. propósitos de los dos. Es difícil tener una conexión o formar una relación.

Pero una vez que desviamos nuestra atención de la teoría a la historia y la realidad, no podemos evitar descubrir que a veces existen ciertas conexiones y relaciones entre ellas. Por supuesto, a veces la teoría y la práctica están unificadas y son independientes entre sí. La última situación se desarrollará en la tercera parte de este artículo, mientras que la primera situación se centrará en el análisis de las partes cuarta y quinta de este artículo.

Entonces, cuando existe una relación entre justicia y democracia, ¿en qué sentido están relacionadas o restringidas entre sí? La respuesta es realmente muy sencilla, sólo dos palabras: motivación. Como se mencionó anteriormente, la esencia de la democracia es simplemente una disposición electoral del poder político; el poder judicial, que resuelve las disputas de acuerdo con la ley, es también un poder estatal, es decir, un poder judicial. Una vez que existe una conexión entre justicia y democracia, generalmente solo hay dos resultados: (1) supervisión democrática y restricción del poder judicial de juicio (2) los órganos judiciales juzgan diversas disputas que surgen del proceso electoral democrático, especialmente revisando los resultados de las elecciones; Supervisar y restringir la toma de decisiones democrática. A continuación se analizan en detalle cuestiones teóricas y prácticas específicas relativas a la relación entre justicia y democracia. Aquí queremos explorar por qué existen dos relaciones entre democracia y justicia.

El órgano judicial es un órgano que se especializa en resolver disputas conforme a la ley y sin injerencias. Es un tipo de poder estatal, pero sus características determinan que comparado con la legislación y la administración, su poder y carácter sean los mismos. tan superficiales que pueden ser ignorados. Características judiciales como la pasividad de la iniciación, la legitimidad de la adjudicación y la neutralidad de los jueces determinan que incluso si la adjudicación judicial ejerce una especie de poder, sólo está ejecutando el poder democrático del pueblo encarnado en forma de ley por los legisladores, en lugar de hacerlo. que ser portador de justicia (juez) fuerza de voluntad. Es por esta razón que en 1788, Alexander Hamilton advirtió al "pueblo de Nueva York" al elaborar la Cláusula Judicial de la Constitución Federal de los Estados Unidos: "El poder judicial no tiene poder militar ni financiero, control sobre el poder y la riqueza de la sociedad. , y no puede tomar ninguna acción positiva Por lo tanto, se puede afirmar correctamente que el poder judicial no tiene coerción ni voluntad, sino sólo juicio y para ejecutar su sentencia es necesario contar con el poder del poder ejecutivo; ." {15} Antes de eso, los tres poderes estaban separados. La teoría de la separación ha elevado al nivel de principios constitucionales. Montesquieu, el legalista que hizo el primer análisis en profundidad del poder judicial en la historia del pensamiento y la teoría política. , incluso afirmó que "los jueces estatales son sólo los portavoces de la ley, sólo unas figuras aburridas que no pueden ni aliviar la ley" "El poder de la ley no puede reducir la severidad de la ley" "El árbitro sólo puede ser una interpretación precisa". Si el árbitro es sólo la opinión privada del juez, la gente no sabrá exactamente qué obligaciones tiene en la sociedad". Por lo tanto, Meng De. Si Jiu concluyó que "entre los tres poderes anteriores, se puede decir que el poder judicial no. existen en cierto sentido."{16}

El autor una vez analizó en un artículo, porque la política y el poder no son centrales para la adjudicación judicial. En otras palabras, el poder judicial es la descentralización de la política y el poder. La llamada inexistencia de Montesquieu se refiere a la inexistencia del poder judicial en el sentido de política y poder. {17} Dado que el poder judicial esencialmente implementa la voluntad de los legisladores democráticos más que de los propios jueces, y dado que el poder judicial tiene características inexistentes en el sentido de política y poder, la supervisión y el control democráticos del poder judicial son completamente innecesarios. Considerando que el poder judicial es la voluntad de los legisladores democráticos, se sospecha que la supervisión y el control democráticos del poder judicial desconfían de la democracia en sí misma, lo que no favorece el sano desarrollo del propio sistema democrático. Desde estos dos aspectos, la supervisión y el control directo del poder judicial por parte de la democracia parece ser la desconfianza de la democracia en la justicia, pero en realidad es la desconfianza de la democracia en sí misma. Ni yo mismo puedo creerlo. Esto demuestra que la supervisión democrática que restringe el poder judicial no es la norma en la práctica política sino el producto de un episodio político anormal, ilógico y pervertido.

Este es el poder característico de la justicia. Examinemos las características de poder de la democracia. "Literalmente, la democracia se refiere al 'poder del pueblo', y el poder pertenece al pueblo." {18} La propiedad del poder o del poder político y del poder estatal siempre ha sido una de las preocupaciones fundamentales de la democracia. Dado que la democracia determina la propiedad del poder, la democracia misma es también un tipo de poder: el poder que determina la propiedad del poder nacional. Por lo tanto, quién debería supervisar y restringir a la mayoría democrática para prevenir la "tiranía de la mayoría" señalada por primera vez por el pensador político francés Tocqueville se ha convertido en un problema implícito que nuestra sociedad humana debe enfrentar directamente en el proceso de alabanza y práctica de la democracia.

En teoría política, la mejor solución a este problema oculto es restringir la autocracia de la mayoría democrática mediante restricciones constitucionales, enfatizando que el gobierno de la mayoría democrática sólo puede ser un gobierno limitado. Las llamadas restricciones se refieren a las libertades y derechos básicos de las personas, que no deben estar sujetos a injerencias arbitrarias, infracciones o incluso privaciones por parte de la mayoría democrática. Tomando prestado de la decisión judicial del juez federal estadounidense Robert H. Jackson, dice lo siguiente: "Los derechos fundamentales del pueblo a la vida, la libertad, la propiedad, la expresión, la prensa, el culto y la reunión no pueden estar sujetos al voto, ni dependen sobre los resultados de cualquier elección "{19} En otras palabras, "La democracia debe ser una democracia liberal basada en las experiencias y lecciones que los humanos han experimentado en el proceso democrático". {20}. Una vez que haya una democracia autocrática que infrinja la libertad, se debe utilizar la constitución para detener la democracia autocrática y restaurar los derechos básicos del pueblo. La constitución es un documento legal. Es inconsciente e inactivo, y necesita la ayuda del poder judicial, es decir, de los tribunales y jueces, para implementar su control constitucional preestablecido. Es a través del control constitucional que el poder judicial supervisa y restringe el poder de la mayoría democrática.

En el proceso de revisión inconstitucional, la supresión judicial y la advertencia del poder democrático dificultan que el poder democrático cruce la línea frente a los derechos básicos de los individuos. Los derechos básicos de los individuos no son un pez bajo el cuchillo del poder democrático. Por el contrario, el poder democrático debería ser responsable de defender las libertades y los derechos individuales. De lo contrario, no se puede cuestionar la legitimidad del poder democrático en sí.

En resumen, la justicia y la democracia tienen ambas la naturaleza del poder. Es en la supervisión mutua y en la restricción del poder donde se pone fin a la situación de irrelevancia, se crea una relación de supervisión, frenos y contrapesos e incluso control, y emergen dos nuevos modelos de relación de justicia y democracia. Junto con sus patrones de relación originalmente no relacionados, la justicia y la democracia tienen tres patrones de relación. Los tres modelos de relación se analizan en detalle a continuación.

3. Relación 1: Justicia y democracia, el agua de pozo no ofende al río.

El poder judicial es un sistema jurídico que utiliza leyes para estandarizar la resolución de disputas, requiriendo la racionalidad de las habilidades jurídicas; la democracia es un sistema político que determina la voluntad pública a través del voto y elige las preferencias de la mayoría. basado en la racionalidad natural de las personas. Uno es un sistema legal basado en la racionalidad jurídica y el otro es un sistema político basado en la racionalidad natural. Ésta es la mayor diferencia entre justicia y democracia. Determina el modelo de relación más natural y normal entre justicia y democracia, es decir, no existe relación entre ambas, al igual que una es agua de pozo y la otra es agua de río. Cada una tiene su propia fuente ideológica, función de valor y objetivo institucional. , y es armonioso. Sí, no interfieran entre sí.

En este modelo de relación armoniosa, existe un fenómeno que merece atención, es decir, sólo jurados con racionalidad natural participan en la administración de justicia y resuelven controversias junto con jueces con formación profesional jurídica y racionalidad técnica. El profesor He Bing de la Universidad de Ciencias Políticas y Derecho de China considera el sistema de jurados como un símbolo de la democratización judicial. {21}En mi humilde opinión, esta opinión es cuestionable. La aparición de jurados no ha cambiado la relación entre justicia y democracia. En realidad, es un gran malentendido considerar el sistema de jurados como una restricción del sistema político democrático al sistema judicial y legal.

Aunque el sistema de jurados es tan antiguo como la democracia misma y fue muy popular en la era democrática de las antiguas ciudades-estado griegas, {22} en general se cree que el sistema de jurados moderno se originó en Gran Bretaña, la patria del estado de derecho. Los juicios con jurado se consideran la gloria del derecho británico y son aclamados como el faro eterno de la libertad británica. La participación en un juicio con jurado es un privilegio que todo ciudadano británico puede disfrutar o esperar disfrutar. Sin embargo, a juzgar por su origen o función principal, el propósito de la participación del jurado en los juicios no es democratizar la justicia. Extender el sistema democrático o los principios democráticos al campo de los juicios judiciales, o incluso dominar los resultados de los juicios judiciales, no es la intención ni el propósito original de los juicios con jurado. Por el contrario, el propósito fundamental del sistema de jurado es discutir las experiencias y percepciones personales generadas por la existencia del jurado y cultivar el sentido de responsabilidad, los derechos y los hábitos de respeto de la ley de las personas. Por tanto, el sistema de jurados no es un símbolo de democratización judicial, y la existencia del jurado no cambia el hecho de que la justicia no tiene nada que ver con la democracia.

El famoso juez británico Lord Denning consideraba el sistema de jurado como un curso para cultivar el concepto de derechos civiles y hábitos respetuosos de la ley. Dijo: "El jurado es un trabajo que enseña a la gente común una de las lecciones más útiles sobre los derechos civiles. Es un proceso que se ha transmitido de generación en generación durante 800 años... Creo que participar en esta actividad judicial es muy importante para cultivar a la gente". El hábito inglés de respetar la ley jugó un papel más importante que cualquier otra actividad".{23} Tocqueville consideraba la regla del jurado como una "institución política", pero consideraba al jurado más como Lord Tanner. Visto como una clase que cultiva el espíritu de ciudadanía. Creía: "No importa cómo se aplique el sistema de jurados, no puede dejar de tener un impacto significativo en el carácter nacional". Resumió su influencia en: (1) El sistema de jurados, especialmente el sistema de jurados civiles, puede hacer algunas de las cosas. Los hábitos de pensamiento de los jueces entran en la mente de todos los ciudadanos. Este tipo de hábito de pensamiento es exactamente el hábito que las personas deberían desarrollar para ser libres; (2) el sistema de jurado enseña a todas las clases a respetar los hechos del veredicto y desarrollar el concepto de derechos; la gente a hacer las cosas de manera justa. Cuando cada persona juzga a su prójimo, siempre piensa que será su turno de juzgarlo; (4) El sistema de jurado enseña a todos a ser responsables de sus propias acciones (5) El sistema de jurado le da a cada ciudadano una posición dominante; todos se sienten responsables de la sociedad y participan en su propio gobierno; (6) El sistema de jurados ha contribuido enormemente a la formación de veredictos y al mejoramiento del conocimiento de las personas; En resumen, Tocqueville consideraba al jurado como uno de los medios más eficaces que la sociedad puede utilizar para educar a la gente. {24} Por supuesto, Tocqueville también habló de la naturaleza democrática del sistema de jurados, pero esto se basó en los atributos de clase de los jurados. La naturaleza democrática que mencionó corresponde a la naturaleza aristocrática del jurado, no a la naturaleza autocrática. {25}

Si las observaciones y argumentos de Lord Denning y Tocqueville no pueden probar plenamente que los juicios con jurado no son producto de controles y equilibrios democráticos de la justicia, es decir, la democratización judicial, entonces las reglas y los cambios en Los juicios con jurado también pueden respaldar completamente los argumentos de este artículo. Como todos sabemos, cuando el jurado escucha los hechos, se adhiere al principio del consentimiento unánime de todos los jurados, en lugar del principio del consentimiento de la mayoría democrática. Si el sistema de jurados pretende democratizar la justicia, ¿por qué no sigue los principios básicos de la democracia? ¿Se sostiene esto lógicamente? Los juicios por jurado tienen una historia de cientos de años, tiempo durante el cual han experimentado cambios casi irreconocibles. El cambio más grande y obvio no es más que su paulatino declive en los juicios judiciales en varios países. Si el propósito del sistema de jurados es democratizar la justicia, no debería correr el destino de verse debilitado continuamente.

Además, en los juicios judiciales de apelación, que generalmente son juicios legales, la participación de jurados en los juicios de apelación es una rara excepción en casi todos los países del mundo.

Si el propósito de los juicios con jurado es democratizar el proceso judicial, ¿por qué no democratizarlo en los juicios de apelación? ¿No son importantes las audiencias de apelación? Puesto que no es importante, ¿por qué todos los países del mundo, sin excepción, organizan juicios de apelación? ¿No prueban estos tres hechos indiscutibles que el sistema de jurados no tiene como objetivo controlar el poder judicial y la democratización judicial como algunos académicos dan por sentado?