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¿Cuáles son los requisitos para abrir una sociedad de valores?

Análisis jurídico: Condiciones para la constitución de una sociedad de valores;

1. Tener un estatuto que cumpla con las leyes y normas administrativas

2. reputación, y no tienen violaciones importantes de la ley en los últimos tres años, registro de violaciones, activos netos no menos de 200 millones de yuanes

3.

4. Los directores, supervisores y altos directivos tienen calificaciones, los profesionales están calificados para practicar valores;

5. Tener un sólido sistema de gestión de riesgos y control interno.

Base jurídica: Ley de Sociedades de la República Popular China (China).

Artículo 76 Para constituir una sociedad anónima deberán cumplirse las siguientes condiciones:

(1) Que los promotores reúnan el quórum;

(2) Hay personas calificadas El monto total del capital suscrito o pagado por todos los promotores según lo estipulado en los estatutos;

(3) La emisión y obtención de acciones cumple con las disposiciones legales;

(4) Los promotores formulan los estatutos sociales, Los estatutos sociales han sido aprobados por la asamblea fundacional;

(5) Tener una razón social y establecer una estructura organizacional que cumpla con los requisitos de una sociedad anónima;

(6) Tener domicilio social.

Artículo 77 La sociedad anónima podrá constituirse mediante patrocinio o captación de fondos.

El promotor se refiere al promotor que suscribe todas las acciones que emitirá la empresa y constituye la empresa.

Oferta pública y constitución significa que los promotores suscriben parte de las acciones que emitirá la empresa y elevan las acciones restantes al público o con objetivos específicos para constituir la empresa.

Artículo 78 Para constituir una sociedad anónima deberán existir más de dos promotores, y más de la mitad de los promotores deberán tener domicilio en China.

Artículo 79 Los promotores de una sociedad anónima serán responsables de la preparación para la constitución de la sociedad.

Los patrocinadores deben firmar un acuerdo de patrocinio para aclarar sus respectivos derechos y obligaciones durante el proceso de constitución de la empresa.

Artículo 80: Si la sociedad anónima se constituye mediante patrocinio, el capital social será el total del capital social suscrito por todos los promotores inscritos ante la autoridad de registro mercantil. Antes del pago íntegro de las acciones suscritas por el promotor, éste no podrá captar fondos de otros.

Si una sociedad anónima se establece mediante la recaudación de fondos, el capital registrado será el capital social desembolsado total registrado ante la autoridad de registro de empresas.

Si las leyes, reglamentos administrativos y decisiones del Consejo de Estado estipulan lo contrario el monto del capital registrado desembolsado y el monto mínimo del capital registrado, dichas disposiciones prevalecerán.