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Condiciones para el surgimiento y cambio de las relaciones jurídicas sanitarias

1. El Estado ha formulado las normas jurídicas correspondientes, que es su premisa.

2. La existencia de determinados hechos jurídicos. Los hechos jurídicos son circunstancias objetivas que pueden conducir a la aparición, modificación y eliminación de relaciones jurídicas. Los hechos jurídicos incluyen acciones jurídicas sanitarias y eventos jurídicos sanitarios. Los comportamientos legales de salud se pueden dividir en comportamientos legales y comportamientos ilegales, y los eventos legales de salud incluyen eventos naturales y eventos sociales.