¿Existe algún requisito para los sobres y el material de oficina al escribir cartas al centro de detención?
Si el interesado se encuentra detenido en un centro de detención, será detenido penalmente o arrestado por sospecha de haber cometido un delito. En la práctica judicial actual, las partes detenidas en centros de detención por sospecha de delitos pueden comunicarse con sus familias, y las partes también pueden escribir cartas a sus familias. Sin embargo, el contenido de la carta generalmente debe ser revisado por el centro de detención. El contenido de la carta no puede involucrar casos específicos, no puede afectar el juicio del caso y no puede afectar la supervisión de las partes por parte del centro de detención. Además, si el cliente tiene un abogado que lo defienda, también puede solicitar a sus familiares que le nombren un abogado defensor a través de una carta, y los familiares realizarán los trámites de designación con el despacho de abogados en su nombre y designarán un defensor. abogado del cliente.
Base Legal
Medidas para la Implementación del Reglamento de los Centros de Detención
Artículo 48 Los centros de detención protegerán los derechos de los detenidos a comunicarse y reunirse durante la detención. Los detenidos deben cumplir con las normas de comunicación y entrevistas del centro de detención. Artículo 49 La correspondencia, las llamadas telefónicas y las reuniones entre personas detenidas, detenidas bajo revisión, deportadas o deportadas por medidas administrativas coercitivas locales y otras deben ser aprobadas por la autoridad que toma la decisión sobre la detención. La autoridad que toma la decisión de detención deberá responder dentro de las 12 horas siguientes a la recepción de la solicitud. Artículo 50: La correspondencia entre un detenido y otros no será inspeccionada ni detenida, sino registrada, enviada y recibida por el centro de detención. Si se descubre que puede haber contrabando en la carta, la policía del centro de detención puede ordenar al detenido que abra la carta en persona para una inspección de seguridad. Artículo 52 Al reunirse con detenidos se deberá poseer un documento de identidad válido. Cuando un abogado confiado por un detenido se reúne con éste, también debe estar en posesión de un certificado de ejercicio de la abogacía, un certificado de bufete de abogados, un poder o una carta oficial de asistencia jurídica. La policía del centro de detención debe verificar los certificados y comprobantes pertinentes de las personas que se reúnen con ellos, completar el formulario de registro para reunirse con los detenidos y tomar las medidas oportunas.
Las reuniones con los detenidos deben realizarse en el momento y lugar especificados por el centro de detención, y se deben seguir las normas sobre reuniones con detenidos. El número de entrevistas con los detenidos generalmente no es más de dos, el número de personas en cada entrevista no es más de tres y el tiempo de la entrevista no supera los 30 minutos. Si hay circunstancias especiales que requieren que las reuniones se celebren en días sin reuniones o para aumentar el número, la cantidad de personas o el tiempo de las reuniones, se debe obtener la aprobación del líder del centro de detención.
El número de abogados confiados por los detenidos no está limitado y el tiempo no está limitado, pero debe realizarse durante el horario normal de trabajo.
Aquellos que violen las normas de gestión de reuniones podrán recibir una advertencia u ordenarse que suspendan la reunión.
Después de la entrevista, el centro de detención realizará un examen físico al detenido y luego lo devolverá a la sala de detención.
Previa solicitud de los detenidos o sus familiares y amigos, los centros de detención calificados pueden organizar entrevistas remotas por video con los detenidos.