Red de Respuestas Legales - Consulta de información - ¿Cómo deben las partes ejecutar el contrato cuando no hay acuerdo sobre la calidad o el acuerdo no está claro? ¿Y bajo qué circunstancias las partes pueden ejercer el derecho de defensa de la inseguridad? ¡Gracias a todos! ~

¿Cómo deben las partes ejecutar el contrato cuando no hay acuerdo sobre la calidad o el acuerdo no está claro? ¿Y bajo qué circunstancias las partes pueden ejercer el derecho de defensa de la inseguridad? ¡Gracias a todos! ~

Si las partes no se han puesto de acuerdo sobre la calidad o el acuerdo no es claro, ésta se determinará conforme a lo dispuesto en la Ley de Contratos y de conformidad con las normas nacionales, estándares industriales, normas generales y normas especiales que sean consistentes con el objeto del contrato. contrato. Es decir, si hay normas nacionales, primero deben cumplir con las normas nacionales; si no hay normas nacionales, deben cumplir con las normas de la industria, etc.

El derecho de defensa de inseguridad significa que en un contrato bilateral, la parte que debe cumplir primero puede reclamar el derecho de defensa de inseguridad cuando la condición de propiedad de esta última parte se deteriora gravemente o se pierde o es probable que perderá la capacidad de cumplir con sus deudas si la otra parte no realiza el pago, o podrá negarse a cumplir con sus deudas antes de garantizarlas.

El derecho de defensa, también conocido como derecho de negativa, tiene el carácter de garantía prendaria. La defensa de inseguridad se extingue una vez que la otra parte paga o brinda garantía para el tratamiento.

Condiciones aplicables para el derecho de defensa en caso de inquietante: Si la parte que debe cumplir primero con su deuda tiene prueba fehaciente de que la otra parte tiene alguna de las siguientes circunstancias, puede suspender el cumplimiento:

(1) La situación comercial es un deterioro grave;

(2) Transferencia de propiedad o evacuación de fondos para evitar deudas;

(3) Pérdida de reputación comercial;

(4) Pérdida o posibilidad de Pérdida de capacidad para realizar deudas debido a otras circunstancias.

Si la parte suspende la ejecución sin pruebas concluyentes, será responsable del incumplimiento del contrato.