Medidas de protección de la propiedad intelectual de la exposición de Guangzhou (revisión de 2019)
(1) Organizar a los organizadores y expositores de exposiciones para que lleven a cabo diversas capacitaciones en materia de propiedad intelectual y brinden servicios de orientación y consultoría;
(2) Inspeccionar e instar a los organizadores y expositores de exposiciones a cumplir conscientemente con sus obligaciones de protección de la propiedad intelectual;
(3) Investigar y abordar diversas infracciones de propiedad intelectual en exposiciones.
El departamento de gestión de la propiedad intelectual a que se refiere el párrafo anterior establecerá un sistema de información estadística para la protección de la propiedad intelectual expositiva. El departamento de gestión de patentes y marcas establecerá un mecanismo de coordinación e intercambio de información junto con el departamento de gestión de derechos de autor. Artículo 5 Para exposiciones realizadas por más de 3 días y bajo una de las siguientes circunstancias, el departamento de gestión de propiedad intelectual establecerá una oficina en el lugar o designará un oficial de enlace para aceptar solicitudes de procesamiento administrativo de los titulares de derechos de propiedad intelectual o partes interesadas. Para ser procesado:
(1) Exposiciones patrocinadas por el gobierno y departamentos gubernamentales;
(2) Exposiciones con influencia significativa en el país y en el extranjero;
( 3) ) Puede haber más disputas por infracción de propiedad intelectual.
Para exposiciones que no cuenten con oficina presencial o funcionario de enlace designado, el titular del derecho de propiedad intelectual o interesado podrá presentar directamente una solicitud de trámite administrativo al departamento de gestión de propiedad intelectual. Artículo 6 Los organizadores de la exposición deben estipular cláusulas de protección de la propiedad intelectual en el contrato de exposición firmado con los expositores, que incluyen:
(1) Los expositores deben prometer que todos sus proyectos de exposición no infringirán los derechos de propiedad intelectual anteriores de otros;
(2) Si el organizador de la exposición sospecha que un artículo de exhibición es una infracción y el expositor no puede proporcionar pruebas válidas de la no infracción, el expositor deberá tomar inmediatamente medidas como encubrir o desmantelar la exposición;
(3) Si la sentencia de infracción de los artículos participantes ha sido dictada por un tribunal popular o la decisión de manejo de la infracción ha sido tomada por el departamento de gestión de propiedad intelectual y ha tenido efecto legal, y el expositor se niega a tomar medidas tales como cubrir o desmantelar la exhibición, el organizador de la exhibición podrá retirar la exhibición o cancelar la calificación para participar en esta exhibición.
(4) Otros contenidos relacionados con la protección de la propiedad intelectual en la exposición. Artículo 7 El organizador de la exposición establecerá un sistema de divulgación y registro de propiedad intelectual, compilará los derechos de propiedad intelectual registrados por los expositores de esta exposición en un catálogo de protección de propiedad intelectual por categoría y lo anunciará a los expositores antes de que comience la exposición15. Artículo 8 El organizador de la exposición deberá cumplir las siguientes obligaciones:
(1) Publicar la información de contacto y los estándares de presentación del departamento de gestión de propiedad intelectual para aceptar quejas o manejar solicitudes en un lugar visible de la sala de exposiciones o en el manual del expositor;
(2) Proporcionar publicidad sobre propiedad intelectual y servicios de consultoría a los expositores;
(3) Aceptar quejas de los titulares de derechos de propiedad intelectual o partes interesadas, y manejar los derechos de propiedad intelectual; en la exposición de acuerdo con el contrato Disputas por infracción;
(4) A solicitud del titular del derecho de propiedad intelectual o de la parte interesada, presentar hechos relevantes o proporcionar la información necesaria para el titular del derecho de propiedad intelectual, interesado parte y su agente autorizado para ingresar a la exposición para recopilar pruebas (5) Preservar adecuadamente la información y los materiales relacionados con la protección de la propiedad intelectual durante la exposición y, después de la exposición, realizar estadísticas, clasificar y analizar las quejas y disputas relacionadas con la propiedad intelectual. fueron aceptados durante la exposición y enviarlos a los departamentos de gestión de patentes, marcas registradas y derechos de autor respectivamente;
(6) Cooperar con los departamentos responsables de la gestión de propiedad intelectual.
El organizador de la exposición debe establecer una organización de trabajo de propiedad intelectual, designar a una persona dedicada para que se haga cargo y puede contratar técnicos profesionales y profesionales legales en campos relacionados para participar. Artículo 9 Los expositores deberán cumplir con las siguientes obligaciones:
(1) Si el proyecto de exposición involucra derechos de propiedad intelectual, los materiales de certificación de derechos relevantes se prepararán y presentarán ante el organizador de la exposición 30 días antes de la exposición;
(2) Si los derechos de propiedad intelectual están marcados o marcados en los proyectos participantes, se marcarán de acuerdo con las regulaciones nacionales pertinentes;
(3) Revisar conscientemente el estado de propiedad intelectual de los proyectos participantes. proyectos, y no incluirá ninguna sospecha de infracción de derechos de propiedad intelectual que anteriormente eran propiedad de otros. Traer proyectos de propiedad intelectual a la exposición;
(4) Aceptar la supervisión, inspección y procesamiento del departamento de gestión de propiedad intelectual. Artículo 10 El titular del derecho de propiedad intelectual o la parte interesada podrá reclamar al organizador de la exposición la supuesta infracción del demandado, y el organizador de la exposición manejará el asunto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 11 de estas Medidas.
El titular de los derechos de propiedad intelectual o el interesado también podrá presentar directamente una demanda ante el Tribunal Popular o realizar una solicitud al departamento de gestión de propiedad intelectual sobre la supuesta infracción del demandado. Artículo 11 Cuando un titular de derechos de propiedad intelectual o una parte interesada presenta una queja al organizador de la exposición, deberá presentar materiales de respaldo y el organizador de la exposición aceptará de inmediato la queja y notificará al demandado;
Si el demandado se entera de que un proyecto participante es sospechoso de infracción, debe presentar de inmediato pruebas pertinentes para demostrar que no existe infracción. Si el demandado no puede proporcionar pruebas válidas, el organizador de la exposición le exigirá que tome inmediatamente medidas como cubrir y desmantelar la exposición según lo estipulado en el contrato.
Si el proyecto de exposición denunciado ha sido juzgado por el tribunal popular o el departamento de gestión de propiedad intelectual ha tomado una decisión de infracción y ha tenido efecto legal, el organizador de la exposición debe exigir al demandado que tome medidas de inmediato. como tapar y desmantelar la exposición.