Red de Respuestas Legales - Consulta de información - ¡Urgente! ! ¿Qué debe hacer una familia si es acosada, amenazada e intimidada por un cabrón en otro lugar?

¡Urgente! ! ¿Qué debe hacer una familia si es acosada, amenazada e intimidada por un cabrón en otro lugar?

Si usted es acosado o amenazado por otros, puede denunciar el caso a los órganos de seguridad pública de manera oportuna. El órgano de seguridad pública puede decidir si presenta un caso después de su revisión. Para los casos que no sean de su competencia, se emitirá un aviso de transferencia de conformidad con la reglamentación.

El artículo 166 del “Reglamento Procesal para la Tramitación de Causas Penales por los Órganos de Seguridad Pública” establece que cuando los órganos de seguridad pública reciban una denuncia de secuestro, delito, acusación o denuncia de un ciudadano o de un presunto delincuente se entrega voluntariamente, deberán aceptarlo inmediatamente. Hacer averiguaciones y tomar notas. Después de la verificación, el secuestrador, el reportero, el acusador, el reportero y la persona que se entregó firmarán y se les presionarán las huellas digitales. Cuando sea necesario, se deberá realizar grabación de audio o vídeo.

Artículo 175: Una vez que el órgano de seguridad pública acepta un caso, después de su revisión, si considera que los hechos delictivos que requieren responsabilidad penal son de su propia competencia, el caso se archivará con la aprobación del persona a cargo del órgano de seguridad pública a nivel de condado o superior si se cree que no existen hechos delictivos, o los hechos delictivos son obviamente menores y no requieren responsabilidad penal, o existen otras circunstancias que no la requieren; responsabilidad penal según la ley, el caso no se presentará con la aprobación de la persona a cargo del órgano de seguridad pública a nivel del condado o superior.

Si se decide no archivar el caso del denunciante, el órgano de seguridad pública preparará un aviso de no presentación y lo notificará al denunciante dentro de los tres días.

Artículo 181 En los casos en los que se crea que existen hechos delictivos que requieren responsabilidad penal después de su investigación, pero que no son de su propia competencia o necesitan ser investigados por otros órganos de seguridad pública, se levantará un informe de traslado con la aprobación de la persona a cargo del órgano de seguridad pública a nivel de condado o superior. La notificación del caso se transferirá a la agencia con jurisdicción o a la agencia de seguridad pública que participa en la investigación, y la familia del sospechoso será notificada por escrito dentro de un plazo. tres días después de la transferencia del caso.