Las condiciones básicas para establecer una relación de comunicación incluyen
1.***Mismo rango de experiencia.
Se refiere al rango de experiencia en el que ambas partes pueden entenderse y comunicarse entre sí acerca de información y producir * * * conocimiento en el proceso de comunicación interpersonal, en la comunicación masiva también debemos incrementar el uso de; medios por parte de comunicadores y receptores y comprensión del *alcance* del conocimiento. Encontrar el mismo idioma suele ser un buen comienzo para ampliar una relación.
2. Relación contractual
Se refiere a una relación tácita entre dos partes que son interdependientes en las actividades de comunicación, lo que permite a ambas partes limitar sus respectivos comportamientos de comunicación. Por ejemplo, en los servicios de consulta ambulatoria, existe una relación de interdependencia y comprensión entre el médico consultor y el consultor.
3. Retroalimentación
La retroalimentación oportuna es una condición importante para una comunicación sostenida. Cuanto más oportuna, suficiente, verdadera y precisa sea la retroalimentación, más propicia será para la difusión de información y la comunicación entre ambas partes.
La definición de relación de comunicación es: los diversos canales a través de los cuales las personas que constituyen un sistema social transmiten información.
Relación contractual generalmente se refiere a relación contractual. Según las disposiciones pertinentes del Código Civil de la República Popular China, un contrato es una relación jurídica entre las partes. Las relaciones contractuales, al igual que las relaciones jurídicas civiles en general, constan de tres elementos: sujeto, contenido y objeto.
Los sujetos de la relación contractual también se denominan partes del contrato, incluidos los acreedores y los deudores. El acreedor tiene derecho a exigir al deudor el cumplimiento de sus obligaciones de conformidad con la ley y el contrato; por otra parte, el deudor debe estar obligado a realizar determinadas acciones de conformidad con la ley y el contrato;