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¿A qué cuestiones se debe prestar atención al reunirse con un abogado?

Los sospechosos de un delito son diferentes de los delincuentes. Según el principio de presunción de inocencia, los sospechosos de un delito son inocentes a menos que se demuestre su culpabilidad mediante un juicio. Entonces, ¿a qué deben prestar atención los abogados cuando se reúnen con sospechosos de delitos? Consulte lo siguiente para obtener una introducción detallada: 1. Preséntese e informe el alcance del trabajo Artículo 96: Un sospechoso de delitos puede tomar medidas coercitivas después de ser interrogado por primera vez. la agencia de investigación. A partir de la fecha de las medidas, se podrán contratar abogados para brindar asesoramiento jurídico, representar denuncias y acusaciones. Si se arresta a un sospechoso de un delito, el abogado contratado puede solicitar su libertad bajo fianza en espera del juicio. En los casos que involucran secretos de estado, la agencia de investigación debe aprobar la contratación de un abogado por parte del sospechoso de un delito. El abogado encargado tiene derecho a conocer de la agencia de investigación sobre los delitos sospechosos del sospechoso criminal y puede reunirse con el sospechoso criminal bajo custodia para conocer la situación relevante del caso del sospechoso criminal. Los abogados se reúnen con sospechosos de delitos bajo custodia y la agencia de investigación puede enviar personal presente según las circunstancias y necesidades del caso. En los casos que involucran secretos de estado, los abogados que se reúnen con sospechosos de delitos bajo custodia deben obtener la aprobación de la agencia de investigación. Artículo 33: En los casos de procesamiento público, a partir de la fecha de traslado del caso para su revisión y procesamiento, el sospechoso de un delito tiene derecho a confiar un defensor. Artículo 36 A partir de la fecha de revisión y procesamiento del caso por la Fiscalía Popular, los abogados defensores podrán consultar, extraer y copiar los documentos del litigio y los materiales de evaluación técnica del caso, y podrán reunirse y comunicarse con los sospechosos de delitos bajo custodia. Con el permiso de la Fiscalía Popular, otros defensores también pueden revisar, extraer y copiar los materiales antes mencionados, y reunirse y comunicarse con los sospechosos de delitos bajo custodia. 2. Busque asesoramiento del abogado contratado. Si está de acuerdo, deberá firmar el "Poder" para contratar un abogado para su confirmación. 3. Comprender las circunstancias del caso relevante, incluyendo lo siguiente: (1) Si participar en el presunto caso y cómo; (2) Si se admite culpable, indique los principales hechos y circunstancias involucradas en la condena y sentencia; declarado inocente, declarar la defensa de la inocencia (4) Si los procedimientos legales para las medidas obligatorias tomadas están completos y si los procedimientos son legales (5) Si los derechos personales de la persona han sido violados y su personalidad ha sido insultada después de la obligación; se tomaron medidas. 4. Proporcionar asesoramiento jurídico a una determinada persona, incluyendo lo siguiente: (1) Disposiciones legales sobre las condiciones, duración y procedimientos de aplicación de las medidas coercitivas Artículo 69 de la Ley de Procedimiento Penal: El órgano de seguridad pública considera necesario detener a una persona; persona detenida. Si el caso es detenido, será elevado a la Fiscalía Popular para su revisión y aprobación dentro de los tres días siguientes a la detención. En circunstancias especiales, el plazo de presentación para revisión y aprobación podrá ampliarse de uno a cuatro días. Para los principales sospechosos que cometen delitos mientras se dan a la fuga, cometen delitos varias veces o cometen delitos en grupos, el tiempo de revisión y aprobación puede ampliarse a 30 días. La Fiscalía Popular tomará una decisión sobre la aprobación o desaprobación del arresto dentro de los siete días siguientes a la recepción de una solicitud del órgano de seguridad pública para aprobar el arresto. Artículo 124 El período de investigación y detención de un sospechoso de un delito después de su arresto no excederá de dos meses. Si el caso es complejo y no puede concluirse una vez transcurrido el plazo, podrá prorrogarse por un mes con la aprobación de la Fiscalía Popular del nivel inmediatamente superior. Artículo 125 Para casos especiales, importantes y complejos que no sean aptos para ser juzgados dentro de un período de tiempo relativamente largo debido a razones especiales, la Fiscalía Popular Suprema presentará el caso al Comité Permanente de la Asamblea Popular Nacional para su aprobación para posponer el juicio. . Artículo 126 Si la investigación de los siguientes casos no puede concluirse al vencimiento del plazo previsto en el artículo 124 de esta Ley, la prórroga podrá ampliarse por dos meses con la aprobación o decisión de la Fiscalía Popular de la provincia, región autónoma o municipio directamente bajo el Gobierno Central: (1) Tráfico Casos importantes y complejos en áreas remotas que son muy inconvenientes (2) casos de grupos criminales importantes (3) casos importantes y complejos donde los delitos se cometen sobre la marcha; y casos complejos en los que el delito involucra una amplia gama de delitos y es difícil obtener pruebas. (2) Disposiciones legales sobre la recusación de investigadores, fiscales y jueces; Artículo 28 Si los jueces, fiscales e investigadores incurren en alguna de las siguientes circunstancias, se recusarán, teniendo también las partes y sus representantes legales el derecho de solicitarlo. evitar: (1) Que sean partes en el caso o familiares cercanos de las partes (2) Que ellos o sus familiares cercanos tengan interés en este caso (3) Que hayan servido como testigos, tasadores, defensores o agentes litigantes en el; este caso. (4) Tener otras relaciones con las partes del caso que puedan afectar el manejo justo del caso. (3) Los sospechosos de delitos tienen la obligación de responder con sinceridad a las preguntas formuladas por los investigadores y tienen derecho a negarse a responder preguntas que sean irrelevantes para el caso. Artículo 93 Al interrogar a sospechosos de delitos, los investigadores primero interrogarán al sospechoso de delitos si existe un delincuente; actuar, dejarle exponer las circunstancias de su culpabilidad o de su defensa de la inocencia, y luego hacerle preguntas.

Los sospechosos de delitos deben responder con sinceridad a las preguntas planteadas por los investigadores. Sin embargo, tenemos derecho a negarnos a responder preguntas que sean irrelevantes para este caso. (4) Los sospechosos de delitos tienen derecho a escribir sus propias confesiones, derecho a comprobar, complementar, corregir y añadir explicaciones a las transcripciones de los interrogatorios preparadas por los investigadores, y la obligación de firmar o sellar después de admitir que las transcripciones están libres de errores. . Artículo 95 La transcripción del interrogatorio se entregará al presunto delincuente para su verificación. Si la transcripción del interrogatorio no puede leerse, se le leerá. Si hay omisiones o errores en el acta, el presunto delincuente podrá presentar complementos o correcciones. . Después de que el sospechoso admita que no hay errores en la transcripción, la firmará o sellará. Los investigadores también deberán firmar la transcripción. Si un sospechoso de un delito solicita escribir una confesión por su cuenta, se le permitirá hacerlo. Cuando sea necesario, los investigadores también pueden pedirle al sospechoso de un delito que escriba una confesión de su propia mano. (5) El sospechoso de un delito tiene derecho a ser informado por el organismo de investigación de las conclusiones de la tasación utilizadas como prueba y derecho a solicitar una tasación complementaria o una nueva tasación. Artículo 121. La agencia de investigación le informará de las conclusiones de la tasación utilizadas como prueba; evidencia Informar a los sospechosos y víctimas de delitos. Si el sospechoso o la víctima del delito lo solicita, se puede realizar una identificación complementaria o una reidentificación. (6) El derecho de defensa de los sospechosos de delitos; (7) El derecho de apelación y enjuiciamiento de los sospechosos de delitos; (8) Las disposiciones pertinentes del derecho penal sobre los delitos sospechosos de los sospechosos de delitos; sobre la entrega y el servicio meritorio La ley estipula indulgencia para las confesiones y políticas más estrictas para quienes resisten Artículo 67 Cualquiera que se entregue voluntariamente al delito después de cometer un delito y confiese verazmente su delito se está entregando; Los delincuentes que se entreguen podrán recibir penas más leves o reducidas. Entre ellos, aquellos que cometan delitos relativamente menores pueden quedar exentos de castigo. Se considerarán entregados los presuntos delincuentes, los imputados y los delincuentes cumpliendo condena que hayan sido sometidos a medidas coercitivas y confiesen verazmente los demás delitos que aún no sean conocidos por las autoridades judiciales. Artículo 68 Si un delincuente ha realizado un servicio meritorio al exponer la conducta delictiva de otros y verificarse como cierta, o ha proporcionado pistas importantes que permitieron la detección de otros casos, se le podrá imponer una pena más leve o reducida si ha realizado un servicio meritorio importante; servicio, se le puede imponer un castigo más leve o quedar exento del castigo. Si una persona se entrega después de cometer un delito y realiza un servicio meritorio importante, la pena será reducida o eximida. (10) Disposiciones sobre la jurisdicción de la investigación criminal; (11) Disposiciones legales sobre litigios civiles incidentales a casos penales: 5. Entregar el acta de la entrevista a alguien para que la lea o lea en voz alta. Después de confirmar que es correcto, pídale que firme la transcripción.