¿Se puede juzgar en público el delito de violación?
Base Legal
Artículo 188 de la Ley de Procedimiento Penal
El Tribunal Popular conoce de los casos de primera instancia en público. Sin embargo, los casos que impliquen secretos de Estado o intimidad personal no se conocerán en público; los casos que impliquen secretos comerciales podrán conocerse en público a petición de las partes interesadas. Para los casos que no van a ser vistos en público, las razones para no escucharlos en público deben anunciarse en el tribunal.
Artículo 285
Las causas en que el imputado sea menor de 18 años al momento del juicio no serán vistas en público. Sin embargo, con el consentimiento del menor acusado y de su representante legal, la escuela del menor acusado y la organización de protección de menores podrán enviar representantes al lugar.