Condiciones para adoptar niños en el orfanato de Guangzhou
El adoptante debe cumplir las siguientes condiciones:
1.
2. Capacidad para criar, educar y proteger a los adoptados.
3. No existe ninguna enfermedad médica que considere que los niños no deben ser adoptados.
4. Todos los antecedentes ilícitos y penales que no favorezcan el sano crecimiento del adoptado.
5. Tener al menos 30 años.
6. Un adoptante sólo puede adoptar un niño. La adopción de huérfanos, niños discapacitados o bebés abandonados cuyos padres biológicos no se pueden encontrar, o de niños criados en instituciones de asistencia social, no está sujeta a la restricción de que el adoptante no tenga hijos.
7. El adoptante no podrá poner fin a la relación de adopción antes de que el adoptado alcance la mayoría de edad, salvo que el adoptante y el adoptado acuerden poner fin a la relación. Si el niño adoptado cumple 10 años, deberá obtenerse el consentimiento del adoptante.
Las personas adoptadas deberán cumplir las siguientes condiciones:
Menores entre 1 y 14 años.
2. Huérfanos que han perdido a sus padres.
3. Bebés y niños abandonados cuyos padres biológicos no se pueden encontrar.
4. Niños cuyos padres tienen especiales dificultades y no pueden criarlos.
Una vez completada la adopción, se forma la relación padre-hijo de pseudoparientes consanguíneos y el efecto es el mismo que el de los parientes consanguíneos naturales. Los derechos y obligaciones entre los padres adoptivos y sus hijos se regirán por lo dispuesto en la Ley de Relación Padre-Hijo.
Base jurídica:
Código Civil de la República Popular China
Artículo 1093
Podrán adoptarse los siguientes menores de edad: p >
(1) Huérfanos que han perdido a sus padres;
(2) Menores cuyos padres biológicos no pueden ser encontrados;
(3) Los padres biológicos tienen dificultades especiales y son incapaz de criarlos hijos.
Artículo 1098
El adoptante deberá cumplir además las siguientes condiciones:
(1) Ningún hijo o un solo hijo;
( 2) Tener capacidad para criar, educar y proteger al adoptado;
(3) No padecer ninguna enfermedad que sea médicamente considerada no apta para la adopción de niños;
(4) Todas las circunstancias que no sean propicias para la adopción del niño. Los antecedentes ilegales y penales del adoptante de haber crecido sanamente;
(5) Tener 30 años o más.