Red de Respuestas Legales - Consulta de información - ¿Cuáles son los procedimientos para la transferencia de jardín de infantes a otra escuela?

¿Cuáles son los procedimientos para la transferencia de jardín de infantes a otra escuela?

Análisis jurídico: 1. Cuando un jardín de infantes privado y su entidad jurídica superior soliciten un cambio de registro, deberán designar a un empleado de la unidad o un agente de la agencia calificada del cliente como administrador.

2. Al solicitar el registro de cambio, se debe emitir el original (copia) de la "Licencia de funcionamiento de la Escuela de las Fuerzas Sociales de la República Popular China" y el documento de identidad del responsable. Si se cambia la institución patrocinadora, se emitirá el certificado de calificación de la institución patrocinadora original y el certificado de calificación de la institución patrocinadora cambiada; si se cambia el representante legal, se deberán presentar las tarjetas de identificación del representante legal original y del representante legal cambiado; emitidos respectivamente. Si no se puede emitir, se deberá dar una explicación por escrito.

3. Después de recibir todos los documentos válidos para cambios a jardines de infantes privados, la Oficina de Educación tomará una decisión para aprobar o desaprobar los cambios dentro de los 30 días hábiles según los resultados de la inspección anual del jardín de infantes ese año (si Se requiere revisión, el tiempo de revisión no está incluido) y notificar al jardín de infantes privado por escrito.

Base jurídica: “Código Civil de la República Popular China”

Artículo 106 Si un grupo no constituido se encuentra en alguna de las siguientes circunstancias, deberá disolverse:

(1) El plazo estipulado en los estatutos de la empresa expira o se producen otros motivos de disolución estipulados en los estatutos de la empresa;

(2) Los inversores o fundadores deciden disolverse;

(2) Los inversores o fundadores deciden disolverse;

(3) La ley estipula Otras circunstancias.

Artículo 107: Si un grupo no constituido se disuelve, se liquidará conforme a la ley.

Artículo 108: Además de lo dispuesto en este capítulo, las organizaciones sin personalidad jurídica se remitirán a las disposiciones pertinentes de la Sección 1 del Capítulo 3 de este Artículo.