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Cómo hacer un testamento

Análisis legal: Los métodos para hacer un testamento son los siguientes:

(1) Escriba un testamento usted mismo;

(2) Escriba un testamento en nombre del testamento;

(2) Escriba un testamento en nombre del testamento;

(3) Registro del testamento;

(4) Testamento oral;

(5) Notarización del testamento.

Las diferentes formas de testamento tienen diferentes condiciones de validez. El testador debe hacer los preparativos correspondientes en función del tipo de testamento que otorga y las condiciones de validez correspondientes para que su testamento tenga efectos jurídicos.

Base jurídica: “Código Civil de la República Popular China”

Artículo 133 La persona física podrá otorgar testamento para disponer de bienes muebles de conformidad con lo dispuesto en esta ley, y podrá nombrar un albacea.

Una persona física puede hacer testamento y especificar que los bienes muebles serán heredados por uno o más herederos legales.

Una persona física puede otorgar testamento y donar bienes muebles al Estado, a una colectividad o a una organización o individuo distinto del heredero legal.

Las personas físicas pueden constituir fideicomisos testamentarios de conformidad con la ley.

Artículo 134 El testamento auto redactado será firmado por el testador y marcado con el año, mes y día.

Artículo 135 El testamento escrito por un agente será testificado por dos o más testigos, uno de los cuales será escrito en nombre del testador, agente y otros testigos, y será escrito por el testador, agente y demás testigos Firmas del agente y demás testigos, indicando el año, mes y día.

Artículo 136 El testamento impreso deberá ser testificado por más de dos testigos. El testador y los testigos deberán firmar cada página del testamento e indicar el año, mes y día.

Artículo 137: Si el testamento se otorga en forma de grabación de audio y video, deberá ser presenciado por dos o más testigos. El testador y los testigos deben registrar sus nombres o retratos, así como el año, mes y día en forma de grabaciones de audio y vídeo.

Artículo 138 El testador puede otorgar testamento oral en caso de urgencia. Un testamento oral debe ser presenciado por dos o más testigos. Una vez eliminada la situación de emergencia, si el testador puede hacer un testamento por escrito o en forma de grabación de audio o video, el testamento oral no será válido.

Artículo 139 La escrituración del testamento será tramitada por el testador a través de una institución notarial.

Artículo 140 No pueden actuar como testigos de un testamento:

(1) Las personas sin capacidad para la conducta civil, las personas con capacidad limitada para la conducta civil y las demás personas sin capacidad de testigo

(2) Herederos y legatarios;

(3) Personas que tienen intereses en herederos y legatarios.

Artículo 141 El testamento debe reservar la parte necesaria de la herencia a los herederos que carezcan de capacidad para trabajar y no tengan fuente de ingresos.

Artículo 142 El testador puede retirar o modificar el testamento.

Si después de otorgado testamento el testador realiza acciones judiciales civiles contrarias al contenido del testamento, se tendrá por revocado el contenido pertinente del testamento.

Existen varios testamentos. Si el contenido discrepa, prevalecerá el último.

Artículo 143 Es nulo el testamento otorgado por persona sin capacidad para la conducta civil o por persona con capacidad limitada para la conducta civil.

Un testamento debe expresar la verdadera intención del testador. Un testamento hecho mediante fraude o coacción es nulo.

Un testamento falsificado no es válido.

Si se altera el testamento, el contenido alterado no será válido.