Miller Abogado Profesional de Conferencias Penales
Ley de Procedimiento Penal
Artículo 36: Los abogados defensores podrán brindar asistencia jurídica a los sospechosos de delitos durante la investigación; representar denuncias y acusaciones; solicitar cambios en las medidas coercitivas; agencias de investigación Proporcionar opiniones sobre el delito del que se sospecha que el sospechoso y las circunstancias relevantes del caso.
Artículo 37 Los abogados defensores podrán reunirse y comunicarse con los presuntos delincuentes y los acusados bajo custodia. Otros defensores también pueden reunirse y comunicarse con sospechosos de delitos y acusados bajo custodia con el permiso del Tribunal Popular y la Fiscalía Popular.
Si un abogado defensor solicita reunirse con un sospechoso de un delito detenido o acusado con un certificado de ejercicio de abogado, un certificado de bufete de abogados, un poder o una carta de asistencia jurídica, el centro de detención deberá organizar la reunión en el momento oportuno. manera, a más tardar 48 horas.
En casos de delitos que ponen en peligro la seguridad nacional, actividades terroristas y, en particular, delitos graves de soborno, los abogados defensores deben obtener permiso de la agencia de investigación para reunirse con los sospechosos de delitos bajo custodia durante la investigación. El organismo de investigación notificará al centro de detención la situación anterior con antelación.
Los abogados defensores se reúnen con sospechosos de delitos y acusados bajo custodia para conocer el caso y brindarles asesoramiento legal. A partir de la fecha en que el caso se transfiere para su revisión y enjuiciamiento, se pueden verificar las pruebas pertinentes con el sospechoso o acusado del delito. Los abogados defensores no están sujetos a vigilancia cuando se reúnen con sospechosos y acusados de delitos.
Las disposiciones de los apartados 1, 3 y 4 se aplicarán a las reuniones y comunicaciones entre los abogados defensores y los sospechosos y acusados de delitos que se encuentren bajo vigilancia domiciliaria.