Red de Respuestas Legales - Consulta de información - Si firmó el contrato y pagó el monto total, pero no es la única casa, puede obtener prioridad como comprador de vivienda de consumo.

Si firmó el contrato y pagó el monto total, pero no es la única casa, puede obtener prioridad como comprador de vivienda de consumo.

Sí. "Disposiciones sobre objeciones de ejecución y reconsideración en la ejecución de créditos dinerarios" Artículo 28 Si el comprador plantea una objeción al inmueble registrado a nombre de la persona sujeta a ejecución y cumple las siguientes circunstancias y sus derechos pueden ser excluidos de la ejecución, el Tribunal Popular lo respaldará:

1. Se firmó un contrato de venta por escrito legal y válido antes de que el tribunal popular lo sellara.

2. Antes de que el Tribunal Popular lo sellara, el inmueble había sido ocupado legalmente.

3. Se ha pagado la totalidad del precio, o parte del precio se ha pagado de acuerdo con el contrato, y el precio restante se ha entregado para su ejecución de acuerdo con los requisitos del Tribunal Popular.

4. Por motivos propios del comprador, no se realizó el registro de la transferencia. Artículo 29 En la ejecución de reclamaciones dinerarias, si el comprador plantea objeciones a la vivienda comercial registrada a nombre de una empresa de promoción inmobiliaria que ha sido ejecutada y cumple con las siguientes circunstancias y sus derechos pueden ser desestimados, el Tribunal Popular lo apoyará. : Tribunal Popular Antes de la incautación se firmó un contrato de venta escrito legal y válido. La casa comercial comprada es una residencia y no hay otras residencias a nombre del comprador. El precio pagado supera el 50% del precio total del contrato.