Red de Respuestas Legales - Consulta de información - ¿Es necesario que los abogados estudien derecho? Tieba.

¿Es necesario que los abogados estudien derecho? Tieba.

Dependiendo de qué imágenes se consideren obscenas y se utilicen con fines de lucro, pueden incluso ser criminales, dependiendo de la cantidad de distribución. Si no se utiliza con fines de lucro, no será sospechoso de delito. Si no constituye delito, también existe una ley sancionatoria para la gestión de la seguridad pública.

Artículo 1 Quien produzca, copie, publique, venda o difunda información electrónica obscena a través de Internet o terminales de comunicaciones móviles con fines de lucro, deberá, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 363, párrafo 1, de la Penal, Condenado y sancionado por el delito de producir, copiar, publicar, vender y distribuir materiales obscenos con fines de lucro:

(1) Producir, copiar, publicar, vender y difundir más de veinte archivos de vídeo de películas, actuaciones, animaciones, etc. obscenos;

(2) Producir, copiar, publicar, vender y difundir más de 100 archivos de audio obscenos;

(3) Producir, copiar, publicar, vender y difundir publicaciones electrónicas obscenas Más de 200 objetos, fotografías, artículos y mensajes de texto;

(4) La información electrónica obscena producida, copiada, publicada, vendida y difundida fue en realidad hizo clic más de 10.000 veces;

(5) Publicar, vender y difundir información electrónica obscena en forma de membresía, con más de 200 miembros registrados;

(6) Usar material obsceno información electrónica para cobrar tarifas de publicidad, tarifas de registro de membresía u otras tarifas, ganancias ilegales Más de 10,000 yuanes;

(7) Aunque la cantidad o el monto no cumpla con los estándares especificados en los puntos (1) a (6 ), alcanza más de la mitad de dos de los estándares respectivamente

(8) Causar consecuencias graves.

Quien utilice salas de chat, foros, programas de mensajería instantánea, correo electrónico, etc. para realizar los actos previstos en el apartado 1 deberá, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 363 de la Ley Penal, hacer, copiar o publicar, condenado y castigado por el delito de venta y difusión de materiales obscenos con fines de lucro.

Artículo 2: Cualquier persona que cometa los actos especificados en el artículo 1 en cantidad o cantidad que alcance más de cinco veces los estándares de los puntos (1) a (6) del artículo 1, párrafo 1, será se considerará culpable del artículo 1 de la Ley Penal las "circunstancias graves" previstas en el primer párrafo del artículo 363; si alcanza más de 25 veces el estándar prescrito, se considerará que "las circunstancias son especialmente graves".

Artículo 3: Quien difunda información electrónica obscena a través de Internet o terminales de comunicación móviles sin ánimo de lucro y concurra cualquiera de las siguientes circunstancias, será sancionado de conformidad con lo dispuesto en el artículo 364, párrafo 1, del Penal. Pena por difusión de material obsceno:

La cantidad alcanza más del doble del estándar especificado en el artículo 1, párrafo 1, puntos (1) a (5);

(2) Cantidad que cumple dos o más normas de los puntos (1) a (5) del artículo 1, párrafo 1 respectivamente;

(3) Causa consecuencias graves.

Realizar los actos señalados en el párrafo primero a través de salas de chat, foros, programas de mensajería instantánea, correos electrónicos, etc. , de conformidad con lo dispuesto en el párrafo 1 del artículo 364 de la Ley Penal, fue condenado y sancionado por el delito de difusión de material obsceno.