Cuestiones a las que los abogados deben prestar atención cuando representan casos de procesamiento privado
Directrices para los abogados en el manejo de casos penales Capítulo 8 Actuación como agente litigante o defensor de las partes en casos de acusación privada Sección 1 Actuación como agente litigante de los fiscales privados Artículo 144 Los abogados pueden aceptar los fiscales privados y su encomienda estatutaria actuar como su agente litigante. Antes de aceptar la encomienda, se debe revisar si el caso cumple con el alcance legal de la acusación particular y las condiciones para presentar el caso. Los procedimientos de encomienda se tramitarán de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 de este reglamento. Artículo 145: El abogado ayudará al fiscal particular a analizar el caso, identificar al imputado y al tribunal competente, investigar y comprender los hechos y pruebas relevantes y redactar la denuncia penal en su nombre. La acusación incluirá los siguientes contenidos principales: (1) El nombre, edad, nacionalidad, lugar de nacimiento, nivel educativo, ocupación, unidad de trabajo, domicilio y demás circunstancias físicas del acusador particular y del imputado; (2) Los hechos delictivos de; el acusado, incluyendo el momento, lugar, medios, consecuencias perjudiciales, etc. del delito; (3) el delito cometido por la conducta del acusado; (4) la solicitud de litigio específica; (5) el nombre y la hora de presentación de la denuncia; al Tribunal Popular; (6) La identidad del testigo Nombre, dirección (7) Nombre, número, fuente, etc. de la prueba; Si hay dos o más imputados, se deberá aportar copia del auto de procesamiento según el número de imputados. Artículo 146: Si el fiscal particular exige también una indemnización civil, el abogado podrá auxiliarlo en la preparación de una querella penal con acusación civil, expresando el daño causado por la conducta delictiva del imputado, la concreta solicitud de indemnización y la base de cálculo. El agente contencioso civil acompañante deberá realizar los trámites de encomienda correspondientes. Artículo 147 Cuando el abogado presente una acusación particular en su nombre, deberá traer los siguientes materiales y documentos: (1) Certificado de identidad del acusador; (2) Denuncia penal; (3) Material de prueba y catálogo; (4) Carta; de autorización; (5) Carta de presentación de firma de abogados (6) Certificado de ejercicio de abogado; Si al mismo tiempo se presenta una demanda civil incidental, se deberá presentar una demanda civil incidental penal. Si la parte civil se demanda por separado, la demanda civil adjunta se presentará por separado. Artículo 148: Después de que el tribunal popular haya examinado un caso de acusación privada y exija al fiscal privado que complemente las pruebas o retire la acusación privada, el abogado ayudará al fiscal privado a complementar las pruebas o negociará con el fiscal privado si retira la acusación privada. Artículo 149: Si el Tribunal Popular se niega a iniciar un proceso privado, un abogado podrá solicitar al Tribunal Popular una reconsideración en nombre del fiscal privado. Artículo 150: Si el Tribunal Popular decide celebrar un juicio, el abogado deberá hacer los preparativos antes del juicio. En el caso de pruebas que no pueda obtener por sí mismo, puede solicitar al Tribunal Popular que investigue y recopile pruebas de conformidad con la ley. Artículo 151: En el proceso penal particular, si el demandado presenta reconvención, el abogado puede aceptar la encomienda del particular y actuar como defensor de su reconvención, pero deberá seguir los trámites de encomienda correspondientes. Artículo 152: El abogado deberá informar al fiscal particular las disposiciones legales relativas a la tramitación de casos de acusación particular, a fin de evitar las consecuencias jurídicas de que el tribunal desista automáticamente de la causa por negativa del fiscal particular a comparecer ante el tribunal o por retiro no autorizado de la misma. la cancha a mitad de camino. Si el fiscal particular no puede designar un abogado para que comparezca ante el tribunal por algún motivo, el abogado deberá comparecer puntualmente para desempeñar sus funciones. Artículo 153: Cuando se conozca en sede judicial un caso de acusación particular, el abogado asistirá al acusador particular para que ejerza plenamente su función de acusación y utilizará pruebas para demostrar que las acusaciones del acusador están establecidas. Artículo 154: Si un caso de acusación particular puede ser objeto de procedimientos sumarios de conformidad con la ley, el abogado podrá solicitar al tribunal popular que aplique procedimientos sumarios en nombre del acusador particular. Si un caso de acusación particular no debe estar sujeto a procedimientos sumarios según la ley, el abogado puede representar al acusador privado para plantear objeciones a la decisión del tribunal de aplicar procedimientos sumarios. Artículo 155: Terminado el debate judicial en el caso de acusación particular, el abogado podrá participar en la mediación judicial según la autorización del cliente. Artículo 156: El abogado asistirá al acusador privado para decidir si se reconcilia con el imputado o retira la acusación particular antes de que el tribunal se pronuncie. Artículo 157: Los abogados que conozcan de causas particulares de segunda instancia se regirán por las disposiciones pertinentes de esta sección. Sección 2 Actuación como imputado de los imputados en causas privadas Artículo 158 Los abogados podrán aceptar la encomienda de los imputados en causas privadas para que actúen como sus defensores. Para los procedimientos de encomienda, remítase a lo dispuesto en el artículo 13 de este Reglamento.
Artículo 159 Cuando un abogado actúa como defensor de un acusado en un proceso privado, debe prestar atención a las siguientes cuestiones: (1) El acusado en un proceso privado tiene derecho a presentar una reconvención; El fiscal privado no comparece ante el tribunal sin motivos justificables después de dos citaciones legales o si abandona el tribunal a mitad de camino sin el permiso del tribunal, el caso se considerará retirado (3) Los casos de acusación privada pueden ser mediados; El fiscal particular puede reconciliarse con el acusado por iniciativa propia o retirar la acusación particular. Artículo 160: Respecto del acusado detenido en proceso particular, el abogado defensor podrá solicitar en su nombre la libertad bajo fianza en espera de juicio. Para medidas específicas, consulte las disposiciones pertinentes del Capítulo 3, Sección 5 de este Código. Artículo 161 Las actuaciones del defensor del imputado en el proceso privado en primera instancia, segunda instancia y procedimiento sumario se desarrollarán con referencia a las disposiciones pertinentes de los capítulos 5, 6 y 10 de estos Códigos. Capítulo 9 Actuación como agente litigante de las partes en litigios civiles incidentales Sección 1 Actuación como agente litigante del demandante en litigios civiles incidentales Artículo 162 Los abogados pueden aceptar encomiendas de las víctimas en casos de procesamiento público, de fiscales privados en casos de procesamiento privado y de sus representantes legales, actuando como abogado litigante en litigios civiles incidentales. Entre quienes pueden autorizar a un abogado a interponer una demanda civil incidental se incluyen las víctimas (ciudadanos, personas jurídicas y otras organizaciones) que hayan sufrido pérdidas materiales debido a actos delictivos, los familiares cercanos de las víctimas fallecidas y los representantes legales de las víctimas que tengan capacidad nula o limitada. actuar. Para los procedimientos de encomienda, remitirse a lo dispuesto en el artículo 13 de este reglamento. Artículo 163 Antes de aceptar la encomienda, el abogado deberá examinar el siguiente contenido: (1) Si se ha presentado la demanda penal como requisito previo para presentar una demanda civil incidental; (2) Si el demandado en la demanda civil incidental cumple con las condiciones legales; (demanda civil incidental) Además de los acusados penales, los acusados también incluyen a otros coautores que no han sido considerados penalmente responsables, tutores de acusados penales menores, herederos de las herencias de criminales que han sido ejecutados y acusados que fallecieron antes del los herederos del patrimonio de la persona, unidades e individuos que deben asumir la responsabilidad civil por el comportamiento criminal del acusado de acuerdo con la ley (3) Si las pérdidas materiales de la víctima fueron causadas por el comportamiento criminal del acusado (4); ) Se interpone demanda civil adjunta Ya sea que el tiempo sea posterior a la interposición de la causa penal y anterior a que se dicte sentencia de primera instancia. Artículo 164 Después de aceptar la encomienda, el abogado redactará adjunta una demanda civil en nombre del cliente, cuyo contenido básico incluirá: (1) La situación natural del demandante y del demandado en la demanda civil adjunta (2) El litigio específico; reclamaciones; (3) hechos y motivos básicos; (4) nombre y hora de presentación al Tribunal Popular (5) materiales de prueba pertinentes; Artículo 165: Tratándose de una demanda civil incidental que el Tribunal Popular decida no interponer, se podrá recomendar al cliente que presente una demanda civil separada. Artículo 166: Los abogados orientarán y asistirán a sus clientes en la recolección de pruebas, la realización de investigaciones y la solicitud de tasaciones. Artículo 167: Al interponer una demanda civil incidental, el abogado podrá sugerir o ayudar al cliente a solicitar al tribunal popular el embargo o sellar los bienes del demandado. Artículo 168: Los abogados deben tomar nota e informar a sus clientes que negarse a comparecer ante el tribunal sin motivos justificables después de haber sido citados dos veces por el Tribunal Popular, o abandonar el tribunal a mitad de camino sin permiso del tribunal, dará lugar al sobreseimiento automático del caso. Artículo 169: Los abogados gozarán durante las audiencias judiciales de los siguientes derechos: (1) Con autorización del cliente, podrán solicitar el retiro de los miembros del tribunal colegiado, secretarios, fiscales, tasadores y traductores del caso; hechos del caso; (3) Presentar y leer nuestra propia evidencia; (4) Solicitar al tribunal que notifique a nuestros testigos para que comparezcan ante el tribunal para testificar; (5) Interrogar al acusado, a los testigos y a los tasadores con el permiso del tribunal; juez presidente; (6) Plantear objeciones a la evidencia de la otra parte; (7) Plantear objeciones a las preguntas inapropiadas del agente de la otra parte; Artículo 170: El abogado orientará al cliente para participar en la mediación y preparará un plan de mediación. Artículo 171: Si el demandante no está satisfecho con la parte contenciosa civil de la sentencia o fallo de primera instancia, el abogado le asistirá para interponer el recurso de apelación. Artículo 172: Después de que una acción civil incidental ingresa al procedimiento de segunda instancia, un abogado puede aceptar la encomienda del demandante en la acción civil incidental y actuar como agente litigante de la segunda instancia. Para procedimientos de encomienda específicos, consulte el artículo 13 de. este Reglamento. Artículo 173: Si un abogado le representa en un proceso civil incidental de segunda instancia, el asunto se tramitará con referencia a las disposiciones pertinentes del procedimiento de primera instancia.
Sección 2. Actuación como agente litigante del demandado en la acción civil incidental Artículo 174 El abogado podrá aceptar la encomienda del demandado en la acción civil incidental y de su representante legal para actuar como agente litigante en los procedimientos de primera y segunda instancia. . Para los procedimientos de encomienda, remitirse a lo dispuesto en el artículo 13 de este reglamento. Artículo 175: Los abogados defensores de los imputados en procesos penales también pueden ser encomendados y actuar como representantes contenciosos de los imputados en procesos civiles incidentales. Artículo 176: Los abogados ayudarán a los imputados a redactar escritos de defensa, realizar investigaciones, recolectar pruebas, solicitar tasaciones, participar en audiencias judiciales, presentar y contrainterrogar pruebas, conducir debates y expresar opiniones de representación. Sus derechos litigantes son los mismos que los del abogado del demandante en una acción civil incidental. Artículo 177: Si el demandado en una acción civil incidental no está conforme con la parte de acción civil incidental de la sentencia de primera instancia, el abogado le ayudará a interponer la acción civil.