Red de Respuestas Legales - Consulta de información - ¿Cuáles son los comportamientos del comercio forzoso?

¿Cuáles son los comportamientos del comercio forzoso?

Análisis jurídico: Las transacciones forzadas se refieren a comportamientos que obligan o restringen a otros a comerciar y perjudican la competencia social normal y los derechos e intereses legítimos de otros operadores. Priva a los consumidores de su derecho a elegir y viola las reglas de la economía de mercado. Las transacciones forzosas se pueden dividir en las siguientes tres categorías:

1. El comportamiento de empresas públicas u otros operadores con estatus de monopolio según la ley que restringen a otros la compra de productos de sus operadores designados.

2. El gobierno y sus departamentos abusan de su poder administrativo y restringen a otros la compra de los bienes de sus operadores designados. También incluye restringir la entrada de bienes extranjeros al mercado local o restringir el flujo de bienes locales a los mercados extranjeros.

3. Los operadores venden bienes, los atan en contra de los deseos del comprador o imponen otras condiciones irrazonables.

Base jurídica: “Ley Antimonopolio de la República Popular China”.

El artículo 17 prohíbe a los operadores con una posición dominante en el mercado realizar las siguientes conductas que abusen de una posición dominante en el mercado:

(1) Vender bienes a precios injustamente altos o comprar a precios injustos bienes a precios bajos;

(2) Vender bienes a precios por debajo del costo sin razones justificables;

(3) Negarse a comerciar con contrapartes sin razones justificables.

(4) Sin razones justificables, la contraparte solo puede comerciar con ella o con su operador designado

(5) Sin razones justificables, la contraparte solo puede comerciar con ella o con su operador; operador designado; Adjuntar otras condiciones de transacción no razonables;

(6) Tratar a las contrapartes con las mismas condiciones de manera diferente en términos de precios de transacción y otras condiciones de transacción sin razones justificables;

(7) Otros abusos de dominio del mercado determinados por la agencia de aplicación de la ley antimonopolio del Consejo de Estado.

El término “dominio de mercado” tal como se utiliza en esta Ley se refiere a la capacidad de un operador de controlar el precio, la cantidad u otras condiciones comerciales de bienes en el mercado relevante, o de obstaculizar o influir en otros operadores para entrar en la posición de mercado relevante.

Artículo 32 Las agencias administrativas y las organizaciones autorizadas por leyes y reglamentos con la función de gestionar los asuntos públicos no abusarán del poder administrativo para restringir o restringir encubiertamente la operación, compra y uso de productos proporcionados por los operadores designados.