¿Cuál es la posible naturaleza jurídica de las Cartas de Apoyo de Liquidez y Margen Suplementario?
(2) Si existe una relación acreedor-deuda, y el deudor del margen de reposición/apoyo de liquidez ha expresado su intención de unir la deuda o compartir la deuda con el deudor, la naturaleza jurídica del margen Se puede determinar el apoyo de reposición/liquidez. Únase para cubrir deudas.
(3) Si no existe una relación acreedor-deuda preexistente, y el deudor de la reposición de margen/apoyo de liquidez ha expresado su intención de pagar una determinada cantidad en circunstancias específicas, entonces la reposición de margen/apoyo de liquidez La naturaleza jurídica puede determinarse como carga unilateral.
Base legal: El artículo 90 del “Acta de la Conferencia de Trabajo de Juicio Civil y Comercial de la Audiencia Nacional” divide a los beneficiarios en diferentes categorías como beneficiarios prioritarios y beneficiarios inferiores, y estipula que los beneficiarios prioritarios pueden suscribir planes de fideicomiso. con su parte de propiedad. Una vez expirado el fideicomiso, el beneficiario inferior está obligado a compensar la diferencia entre los ingresos obtenidos por el beneficiario preferencial de la propiedad del fideicomiso y su capital de inversión y los ingresos acordados. Si un beneficiario prioritario solicita a un beneficiario secundario que asuma la responsabilidad de conformidad con el acuerdo, el tribunal popular lo apoyará de conformidad con la ley.
El acuerdo sobre los derechos y obligaciones de diferentes tipos de beneficiarios en un documento de fideicomiso no afecta la determinación de la relación jurídica fiduciaria entre el beneficiario y el fiduciario.