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¿Cómo solicitar la estación de asistencia social?

1. Solicitar asistencia judicial;

2. Certificado formal de dificultad financiera del solicitante emitido por el gobierno de la calle (municipio), departamento de asuntos civiles o unidad de trabajo

Cuando se dé lo siguiente; Las partes solicitan asistencia judicial y también deben presentar los certificados pertinentes emitidos por las unidades pertinentes, como los gobiernos de las calles (municipios) y los departamentos de asuntos civiles:

Ancianos solitarios, huérfanos o "hogares de cinco garantías" rurales;

Sin fuente fija de ingresos Personas discapacitadas y con enfermedades graves; objetos de atención especial y reasentamiento estipulados por el estado;

Quienes reciben el subsidio mínimo de subsistencia para residentes urbanos, fondos de ayuda; para hogares rurales extremadamente pobres o prestaciones de seguro de desempleo, y no tienen otros ingresos

Quienes viven en dificultades debido a desastres naturales u otras causas de fuerza mayor y están recibiendo ayuda social, o cuya producción y operaciones familiares están afectadas; insostenible;

Aceptar asistencia jurídica de los departamentos pertinentes.

3. Si el interesado es una institución de asistencia social, residencia de ancianos, hospital de cuidados especiales, hospital psiquiátrico, centro de asistencia social, institución de educación especial u otra unidad de asistencia social, deberá presentar también un certificado expedido por su autoridad superior o el departamento de asuntos civiles.

Base jurídica:

Las disposiciones del Tribunal Supremo Popular sobre reparación judicial para partidos con dificultades financieras.

Artículo 3 En cualquiera de las siguientes circunstancias, las partes podrán solicitar reparación judicial al Tribunal Popular:

(1) Las partes solicitan pensión alimenticia, manutención, cuidado de niños y pensiones

(2) La parte interesada tiene dificultades reales para recuperar la pensión, el seguro social, la remuneración laboral y los gastos de manutención.

(3) La parte involucrada en un accidente de tráfico, accidente médico, trabajo- accidente con lesiones relacionadas u otras víctimas de accidentes con lesiones personales solicitan gastos médicos y compensación material, y tienen dificultades reales para vivir

(4) La persona en cuestión es una persona mayor, un huérfano o una persona rural "; hogar de cinco garantías";

(5) El interesado es una persona discapacitada sin fuente fija de ingresos;

(6) El interesado disfruta de un trato preferencial estipulado por el Estado y tiene dificultades para vivir;

(7) La parte interesada disfruta de residentes urbanos que reciben seguridad de vida mínima o reciben beneficios de desempleo, y no tienen otros ingresos ni dificultades de vida;

(8) La parte en cuestión tiene dificultades para vivir debido a desastres naturales u otras causas de fuerza mayor, está recibiendo ayuda estatal o tiene dificultades para continuar con la producción y operación familiar;

(9) La parte demanda a la agencia administrativa por exigir ilegalmente a los agricultores para cumplir con sus obligaciones, lo que dificulta la vida;

(10) El partido recibe asistencia legal de los departamentos pertinentes;

(11) Las partes involucradas son instituciones de bienestar social como la asistencia social hogares, orfanatos, residencias de ancianos, hospitales de cuidados especiales, hospitales psiquiátricos, Aldeas Infantiles SOS y empresas de bienestar social bajo la jurisdicción del departamento de asuntos civiles.

Artículo 4 Si una parte solicita reparación judicial del Tribunal Popular, deberá presentar una solicitud por escrito y pruebas suficientes para demostrar sus dificultades financieras. Si solicita asistencia judicial debido a dificultades de vida o para recuperar gastos básicos de vida, debe presentar pruebas de que su situación económica y la de su familia cumple con los estándares para dificultades financieras de los ciudadanos estipulados por los departamentos pertinentes del gobierno local.

Artículo 5 El tribunal popular presentará una solicitud de asistencia judicial a las partes interesadas por el juez encargado de aceptar el caso, luego de ser revisada y aprobada por el presidente, la solicitud se presentará al vicepresidente. encargado de su aprobación. Si el monto es relativamente grande, se presentará al presidente para su aprobación.