¿Cómo solicitar asistencia jurídica y dónde solicitarla?
Base jurídica: Artículo 10 del "Reglamento de asistencia jurídica". Los ciudadanos que necesiten representarse a sí mismos en los siguientes asuntos debido a dificultades financieras pueden solicitar asistencia jurídica a las agencias de asistencia jurídica: (1) Solicitar una compensación estatal en de conformidad con la ley; (2) Solicitar prestaciones de seguridad social o prestaciones mínimas de seguridad vital; (3) Solicitudes de pensiones y fondos de ayuda; (4) Solicitudes de pago de pensión alimenticia, cuotas de manutención y manutención de los hijos; pago de remuneración laboral; (6) Reclamaciones de valentía ante la justicia derechos civiles derivados del hecho. Los gobiernos populares de las provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central podrán dictar disposiciones complementarias en materia de asistencia jurídica distintas a las señaladas en el párrafo anterior. Los ciudadanos podrán solicitar asesoramiento jurídico a los organismos de asistencia jurídica sobre las cuestiones especificadas en los apartados 1 y 2 de este artículo.
Artículo 11 del "Reglamento sobre asistencia jurídica en procedimientos penales" Los ciudadanos pueden solicitar asistencia jurídica a las agencias de asistencia jurídica: (1) Después de que el sospechoso de un delito haya sido interrogado por primera vez por la agencia de investigación o en el día en que se toman las medidas obligatorias Desde la fecha de transferencia del caso para su revisión y procesamiento, la víctima no ha contratado un abogado debido a dificultades financieras (2) La víctima de un caso de procesamiento público, su representante legal o pariente cercano ha; no contrató a un agente litigante debido a dificultades financieras desde la fecha en que el caso fue transferido para su revisión y procesamiento (3) Casos de procesamiento privado Desde que el Tribunal Popular aceptó el caso, el fiscal privado y su agente legal no han designado un agente litigante debido a dificultades financieras.
Artículo 14 del "Reglamento de Asistencia Jurídica" Los ciudadanos que soliciten asistencia jurídica en los asuntos enumerados en el artículo 10 de este Reglamento deberán presentar las siguientes disposiciones: (1) Si solicitan una compensación estatal, la agencia de asistencia jurídica donde esté ubicada la agencia responsable de la compensación deberá presentar las siguientes disposiciones: La agencia de ayuda presentará una solicitud (2) Las solicitudes de fondos de seguro social, fondos de seguridad mínima de vida, pensiones y fondos de ayuda se harán a la agencia de asistencia legal donde esté ubicada la agencia responsable de la compensación; se encuentra la agencia obligatoria que proporciona fondos de seguro social, fondos de seguridad mínima de vida, pensiones y fondos de ayuda. Presentar una solicitud (3) Si solicita el pago de pensión alimenticia, manutención de los hijos o cuotas de manutención, debe presentar una solicitud al; institución de asistencia jurídica donde reside el obligado a pagar la pensión alimenticia, los honorarios de manutención o los honorarios de mantenimiento (4) Si solicita el pago de la remuneración laboral, debe presentar una solicitud a la institución de asistencia jurídica en el domicilio de la persona obligada a pagar la remuneración laboral; (5) Para reclamar derechos e intereses civiles derivados de actos de valentía, dirigirse a la institución de asistencia jurídica del lugar de residencia del demandado.
Artículo 15 del "Reglamento de Asistencia Jurídica" Cualquier persona enumerada en el artículo 11 de este Reglamento que solicite asistencia jurídica gratuita deberá dirigirse a la institución de asistencia jurídica donde esté ubicado el tribunal popular que conoce del caso. La solicitud de un sospechoso de delito detenido será transferida por el centro de detención a la institución de asistencia jurídica en un plazo de 24 horas. El centro de detención notificará al representante legal del solicitante o a su familiar cercano los documentos pertinentes y los materiales de respaldo necesarios para solicitar asistencia jurídica. .
Artículo 16 del “Reglamento de Asistencia Jurídica” Si el solicitante es una persona sin capacidad para la conducta civil o una persona con capacidad limitada para la conducta civil, su representante legal deberá solicitar en su nombre. Si existe un litigio entre una persona sin capacidad para conducta civil o una persona con capacidad limitada para conducta civil y su representante legal, o si se necesita asistencia jurídica debido a otras disputas de intereses, otros representantes legales que no tengan interés en el asunto en disputa se aplicará en su nombre.