Cómo contratar un abogado penalista después del divorcio
Datos ampliados:
Capítulo 4 Negocios, derechos y obligaciones de los abogados
Artículo 28 Los abogados podrán ejercer los siguientes negocios:
(1) Aceptar el encargo de personas físicas, jurídicas u otras organizaciones para que actúen como asesores legales;
(2) Aceptar el encargo de partes en casos civiles y administrativos, actuar como agentes y participar en litigios ;
(3) Aceptar la encomienda de sospechosos de delitos o acusados en casos penales o ser designados por instituciones de asistencia jurídica para actuar como defensores de conformidad con la ley, aceptar la encomienda de fiscales privados en casos de procesamiento privado, las víctimas de procesos públicos o sus familiares cercanos, actúan como agentes y participan en litigios.
(4) Aceptar la encomienda y representar apelaciones en diversos casos de litigio;
(5) Aceptar la encomienda y participar en actividades de mediación y arbitraje;
(6) Aceptar encomiendas y brindar servicios legales no litigiosos;
(7) Responder preguntas legales y redactar documentos de litigios y otros documentos relacionados con asuntos legales.
Artículo 29: Los abogados que actúen como asesores legales deberán, según lo acordado, brindar opiniones consultivas a los clientes sobre temas legales relevantes, redactar y revisar documentos legales, participar en actividades de litigio, mediación o arbitraje como agente y manejar encomiendas. Otros asuntos legales para proteger los derechos e intereses legítimos del cliente.
Artículo 30: Los abogados que representen asuntos jurídicos litigiosos o asuntos jurídicos no contenciosos deberán salvaguardar los derechos e intereses legítimos del cliente en el ámbito de la facultad de encomienda.
Artículo 31 Cuando el abogado actúe como defensor deberá, con base en los hechos y en el derecho, presentar materiales y opiniones sobre si el sospechoso o imputado es inocente, indulgente o reducido o exento de responsabilidad penal. , a fin de proteger los derechos de litigio del sospechoso o acusado de un delito y otros derechos e intereses legítimos de las personas y los acusados.
Artículo 32 El cliente podrá negarse al abogado confiado por él para que continúe defendiéndolo o representándolo, pudiendo al mismo tiempo confiar a otro abogado para que le sirva de defensor o agente.
Después de aceptar el encargo, el abogado no podrá negarse a la defensa o representación sin motivos justificados. Sin embargo, si el asunto encomendado es ilegal, el cliente utiliza los servicios prestados por el abogado para participar en actividades ilegales, o el cliente oculta deliberadamente hechos importantes relacionados con el caso, el abogado tiene derecho a negarse a defender o representar al cliente.
Artículo 33 Los abogados que actúen como defensores tienen derecho a reunirse con las personas detenidas o bajo vigilancia domiciliaria con certificado de ejercicio de la abogacía, certificado de despacho de abogados, poder o carta de autorización de asistencia jurídica de conformidad con lo dispuesto en el la Ley de Procedimiento Penal. Los abogados defensores no están sujetos a vigilancia cuando se reúnen con sospechosos y acusados de delitos.
Artículo 34 A partir de la fecha en que la Fiscalía Popular examina el expediente, el abogado defensor tiene derecho a examinar, extraer y copiar el expediente.