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¿Cuánto tiempo le toma a un abogado ayudarlo a obtener la libertad bajo fianza en espera del juicio?

Garantía en espera de juicio significa que en los procesos penales, los órganos de seguridad pública, las fiscalías populares, los tribunales populares y otros órganos judiciales ordenan a los sospechosos o acusados ​​de delitos que no han sido arrestados o que necesitan cambiar las medidas obligatorias después del arresto que proporcionen un garante o paguen un depósito. y emitir una garantía de que estarán disponibles en cualquier momento. Se emite una carta de garantía para evitar que eluda la investigación, el procesamiento y el juicio, y no será detenido ni puesto en libertad temporalmente. Por lo tanto, en los procesos penales, los abogados pueden acudir a la agencia que lleva el caso siempre que cumplan las condiciones para obtener la libertad bajo fianza en espera del juicio.

Base jurídica

Artículo 99 del “Reglamento de Procedimiento Penal de la Fiscalía Popular (Juicio)”.

Si la Fiscalía Popular descubre que un sospechoso de un delito ha pagado un depósito de garantía en violación del artículo 69 de la Ley de Procedimiento Penal, notificará por escrito al órgano de seguridad pública para confiscar parte o la totalidad del depósito de seguridad. y, dependiendo de las circunstancias específicas del caso, ordenar al sospechoso de un delito que se arrepienta, reembolse el depósito de seguridad, proporcione un garante o decida realizar vigilancia residencial o arresto. Si el órgano de seguridad pública descubre que un sospechoso de un delito ha violado las disposiciones del artículo 69 de la Ley de Procedimiento Penal y propone un dictamen sobre la confiscación del depósito o el cambio de medidas obligatorias, la Fiscalía Popular tomará una decisión dentro de los cinco días siguientes a la recepción del dictamen y notificar al órgano de seguridad pública. Los procedimientos para la devolución del depósito se regirán por lo dispuesto en los artículos 90 y 91 de este Reglamento; los procedimientos para recomendar un garante se regirán por lo dispuesto en los artículos 88 y 89 de este Reglamento. Si el sospechoso de un delito continúa en libertad bajo fianza en espera de juicio, el tiempo que permanezca bajo fianza en espera de juicio se calculará de forma acumulativa. Si un sospechoso de un delito decide someterse a vigilancia residencial, deberá pasar por los procedimientos de vigilancia residencial, se volverá a calcular el período de vigilancia residencial y se notificará al sospechoso de un delito.