Medidas para Sancionar a Abogados y Bufetes de Abogados por Actos IlícitosMedidas para Sancionar a Abogados y Bufetes de Abogados por Actos Ilícitos
Artículo 1 Con el fin de fortalecer la supervisión de las actividades profesionales de los abogados y despachos de abogados, estandarizar el comportamiento profesional de los abogados y mantener el orden normal de los servicios jurídicos, de conformidad con la Ley de Abogados del Pueblo. República de China (en adelante, Estas Medidas se formulan de conformidad con las disposiciones pertinentes de la "Ley de Abogados") y la "Ley de Sanciones Administrativas de la República Popular China" (en adelante, la "Ley de Sanciones Administrativas") .
Artículo 2 Si los abogados o bufetes de abogados cometen actos ilegales y deben recibir sanciones administrativas, los órganos administrativos judiciales, de conformidad con la Ley de Abogados, la Ley de Sanciones Administrativas y las leyes, reglamentos, normas y estos pertinentes. Medidas. Se impondrán sanciones administrativas conforme a la reglamentación.
Artículo 3: Los órganos administrativos judiciales seguirán los principios de equidad y publicidad al implementar las sanciones administrativas; deberán basarse en hechos y ser proporcionales a la naturaleza, circunstancias y grado de daño social de los actos ilícitos; Se adherirá al principio de proporcionalidad entre pena y educación. Integrar, educar y orientar a los abogados y despachos de abogados para que ejerzan de conformidad con la ley y respeten la ética profesional y las disciplinas de ejercicio.
Artículo 4: Los órganos administrativos judiciales establecerán y mejorarán un sistema de supervisión de las sanciones administrativas. El órgano administrativo judicial de nivel superior fortalecerá la supervisión y orientación de la sanción administrativa implementada por el órgano administrativo judicial de nivel inferior. Si se determina que la sanción administrativa es ilegal o inapropiada, se le ordenará de inmediato que haga correcciones. .
Si cualquier miembro del personal de la agencia administrativa judicial comete cualquier violación a las leyes o disciplinas durante la ejecución de actividades de sanción administrativa, se le impondrán sanciones administrativas conforme a la ley si se constituye un delito; , la responsabilidad penal se perseguirá conforme a la ley. Artículo 5 Si se da una de las siguientes circunstancias, será un acto ilegal que un abogado "practique en dos o más despachos de abogados al mismo tiempo" según lo estipulado en el párrafo 1 del artículo 47 de la Ley de Abogados:
(1) ) Ejercer en un despacho de abogados y al mismo tiempo ejercer en otros despachos de abogados o instituciones de servicios jurídicos sociales;
(2) Realizar negocios en nombre del abogado que pretende cambiar de despacho de abogados antes de que se le permita cambiar la institución de práctica, o después de que se apruebe el cambio, el negocio todavía se maneja a nombre del abogado de la firma de abogados original.
Artículo 6 Si se da alguna de las siguientes circunstancias, será ilegal que un abogado "contrate negocios por medios indebidos" según lo estipulado en el artículo 47, párrafo 2 de la Ley de Abogados:
(1) Contratar negocios mediante engaño, incentivo, amenazas o hacer promesas falsas;
(2) Contratar negocios mediante el pago de tarifas de introducción, dar sobornos, prometer beneficios, etc.; p>
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(3) Contratar negocios mediante publicidad falsa o inapropiada de la persona y su bufete de abogados, o difamar la reputación de otros abogados o bufetes de abogados;
(4) En virtud de la ley Establecer una oficina o sala de recepción fuera de la residencia de la oficina para realizar negocios.
Artículo 7: En cualquiera de las siguientes circunstancias, el abogado comprendido en el párrafo 3 del artículo 47 de la Ley de Abogados "actúa como agente de ambas partes en un mismo caso, o actúa como agente de tanto él mismo como "Actos ilegales que involucran asuntos legales que involucran a familiares cercanos con conflictos de intereses:
(1) Actuar como agente o brindar servicios relevantes para partes con conflictos de intereses en un mismo litigio civil, litigio administrativo o asuntos legales no contenciosos. Servicios legales;
(2) Servir como defensor o agente del imputado y de la víctima al mismo tiempo en el mismo caso penal, o actuar como defensor de dos o más. sospechosos o acusados criminales al mismo tiempo;
(3) Mientras actúa como consultor legal, brindar servicios legales a las partes que tienen conflictos de intereses con la unidad de consultoría;
(4 ) Los abogados que hayan actuado como jueces o fiscales, como agentes o defensores Actuar en causas tramitadas por el tribunal o fiscalía en las que el exempleado actuó como agente;
(5) Los abogados que hayan actuado como árbitros o sean Los árbitros que aún sirvan como árbitros deberán, en su calidad de agentes, llevar a cabo arbitrajes en los que prestaron servicios anteriormente o atienden actualmente en casos manejados por la agencia.
Artículo 8 Los abogados que hayan actuado como jueces o fiscales deberán, dentro de los dos años siguientes a su cese en el cargo en el Tribunal Popular o en la Fiscalía Popular, actuar como agentes litigantes, defensores o participar de otro modo en litigios y procedimientos judiciales emprendidos por sus Si el abogado se dedica a negocios, es un acto ilegal previsto en el artículo 47, párrafo 4 de la Ley de Abogados, el de "actuar como agente litigante o defensor dentro de los dos años siguientes a su cese en el cargo en el Tribunal Popular o en el Tribunal Popular". Procuraduría."
Artículo 9 Si se da alguna de las siguientes circunstancias, es acto ilegal que un abogado "se niegue a cumplir con sus obligaciones de asistencia jurídica" según lo estipulado en el artículo 47, inciso 5 de la Ley de Abogados:
(1) Negarse a aceptar un caso de asistencia jurídica asignado por un bufete de abogados o agencia de asistencia jurídica sin razones justificables;
(2) Después de aceptar la asignación, descuidar o dejar de prestar asistencia jurídica deberes sin autorización.
Artículo 10: El abogado que se encuentre en cualquiera de las siguientes circunstancias, según lo estipulado en el párrafo 1 del artículo 48 de la Ley de Abogados, "acepta encomienda, cobra honorarios privadamente o acepta bienes u otros beneficios del "Actos ilegales del cliente":
(1) Violar las normas sobre aceptación uniforme de encomiendas o aceptar en privado encomiendas para manejar asuntos legales mientras se está suspendido de ejercer la abogacía;
(2) Violar las regulaciones sobre administración de honorarios, Cobro, uso o apropiación indebida de forma privada de honorarios de servicios de abogados y gastos de viaje de abogados para manejar casos en otros lugares;
(3) Solicitar otros honorarios, propiedad u otros beneficios al cliente además de los honorarios unificados del bufete de abogados;
(4) Solicitar honorarios a los destinatarios de asistencia jurídica o aceptar propiedades u otros beneficios de los destinatarios.
Artículo 11 Si un abogado, después de aceptar la encomienda, se niega a defenderse o representarse a sí mismo, o no se presenta a tiempo ante el tribunal para participar en un litigio o arbitraje, salvo en las siguientes circunstancias, estará sujeto a Artículo 48, párrafo 2 de la Ley de Abogados Actos ilegales especificados:
(1) El asunto encomendado es ilegal, o el cliente utiliza los servicios legales proporcionados por el abogado para participar en actividades ilegales;
(2) El cliente oculta deliberadamente información relacionada con hechos importantes del caso o proporciona materiales de prueba falsos o falsificados;
(3) El cliente no cumple con las obligaciones estipuladas en el contrato de encomienda; p>
(4) El abogado padezca una enfermedad grave o esté suspendido del trabajo Los que estén sujetos a sanciones administrativas de ejercicio de la abogacía o superiores;
(5) Los demás que se nieguen a defenderse o; representarse a sí mismos de conformidad con la ley.
Artículo 12 Si se da alguna de las siguientes circunstancias, es acto ilícito que un abogado "aproveche la conveniencia de prestar servicios jurídicos para obtener los derechos e intereses de las partes involucradas en el litigio" según lo estipulado. en el artículo 48, párrafo 3 de la Ley de Abogados:
(1) Utilizar incitación, engaño, coacción, chantaje y otros medios para obtener los bienes y derechos e intereses en disputa entre la parte y otros ; p>
(2) Instruir e inducir a la parte a transferir los bienes y bienes en disputa, transfiriendo, vendiendo o arrendando los derechos e intereses a otros y obteniendo beneficios de ellos.
Artículo 13. Sin la autorización o consentimiento del cliente o de otras partes, durante o después de la finalización del caso, el abogado revela o difunde la información empresarial del cliente o de otras partes que conozca en el En el curso de la práctica, los secretos, la privacidad personal u otras situaciones e información que no estén dispuestos a ser revelados serán actos ilegales de "revelación de secretos comerciales o de la privacidad personal", según lo estipulado en el artículo 48, párrafo 4 de la Ley de Abogados.
Artículo 14: En cualquiera de las siguientes circunstancias, el abogado según lo estipulado en el párrafo 1 del artículo 49 de la Ley de Abogados "viola las normas para reunirse con jueces, fiscales, árbitros y demás personal pertinente, o utilizar otros medios indebidos para influir en la tramitación de casos de conformidad con la ley "Actos ilegales:
(1) Durante el período de realización de negocios de agencia y defensa, con el fin de afectar los resultados de la tramitación de casos, durante horas fuera de trabajo y en lugares no laborales Reunirse con jueces, fiscales, árbitros u otro personal relevante;
(2) Aprovechar relaciones especiales con jueces, fiscales, árbitros u otro personal relevante para afectar la manejo de casos de acuerdo con la ley;
(3) Afectar el manejo del caso de acuerdo con la ley al hacer publicidad distorsionada, falsa o engañosa sobre el caso o difamar la reputación del caso relevante. agencias de manejo y personal, así como la otra parte.
Artículo 15: En cualquiera de las siguientes circunstancias, el abogado, según lo estipulado en el párrafo 2 del artículo 49 de la Ley de Abogados, "sobornará a jueces, fiscales, árbitros y demás personal pertinente", introducirá sobornos o instigará o inducirá partes para pagar sobornos" actos ilegales:
(1) Aprovecharse de los jueces, fiscales, árbitros y otro personal que maneja el caso o de sus parientes cercanos para celebrar bodas y funerales, etc., soborno en forma de obsequios, dinero, valores, etc.;
(2) Soborno a jueces, fiscales, árbitros y otros empleados en forma de decoración del hogar, reembolso de gastos personales, financiación de viajes y entretenimiento, etc. Soborno de personal;
(3) Soborno de jueces, fiscales, árbitros y otro personal proporcionando transporte, herramientas de comunicación, vivienda u otros artículos;
(4) Ofrecer sobornos directamente a jueces, fiscales, árbitros y otros miembros del personal, introduciendo sobornos o instruyendo o induciendo a las partes a pagar sobornos con el fin de influir en el resultado de un caso.
Artículo 16: El abogado que “proporcione materiales falsos al departamento administrativo judicial o realice otros actos fraudulentos” según lo estipulado en el artículo 49, párrafo 3 de la Ley de Abogados, infringe cualquiera de los siguientes circunstancias: Comportamiento:
(1) Ocultar la verdadera situación a los órganos administrativos judiciales durante el trabajo de inspección y supervisión, negarse a proporcionar o proporcionar materiales falsos o falsos, u ocultar, destruir o fabricar materiales de prueba
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(2) Proporcionar materiales falsos, falsos o falsificados o participar en otros comportamientos engañosos al participar en evaluaciones anuales de práctica de abogados, evaluaciones de práctica y actividades de creación de excelencia;
(3) Proporcionar materiales falsos, materiales falsos o falsificados al solicitar un cambio de institución de práctica, manejar la terminación, cancelación y otros procedimientos de la práctica.
Artículo 17: El abogado que se encuentre en cualquiera de las siguientes circunstancias, según lo estipulado en el artículo 49, párrafo 4 de la Ley de Abogados, “proporcione intencionalmente pruebas falsas o amenace o induzca a otros a proporcionar pruebas falsas para obstaculizar la otra parte "Actos ilegales en los que las partes obtienen legalmente pruebas: (1) Presentar deliberadamente pruebas falsas a órganos judiciales, órganos administrativos o instituciones de arbitraje, o instruir, amenazar o inducir a otros a proporcionar pruebas falsas;
(2) Instruir o ayudar al cliente u otros a falsificar, ocultar o destruir pruebas, instruir o ayudar a sospechosos o acusados criminales a confabularse en confesiones, amenazar o inducir a los testigos a no testificar o a cometer perjurio;
(3) ) Obstruir a la otra parte y sus agentes y defensores de obtener pruebas legalmente, o impedir que otros proporcionen pruebas a la agencia que maneja el caso o a la otra parte.
Artículo 18: En cualquiera de las siguientes circunstancias, el abogado según lo estipulado en el inciso 5 del artículo 49 de la Ley de Abogados "acepta bienes u otros beneficios de la otra parte, y entabla cualquier controversia con la otra". parte o un tercero" "Actos ilegales de colusión maliciosa e infracción de los derechos e intereses del cliente":
(1) Proporcionar información o materiales de evidencia que sean perjudiciales para el cliente a la otra parte o a un tercero parte;
(2) ) Confabula maliciosamente o coopera en secreto con la otra parte o un tercero para obstaculizar el ejercicio legítimo de los derechos del principal;
(3) Acepta propiedad u otros beneficios de la otra parte, retrasa, afloja o no cumple intencionalmente el mandato de conformidad con la ley. El deber de defensa causa efectos adversos y pérdidas al cliente y al manejo de los asuntos encomendados.
Artículo 19: Los abogados que incurran en alguna de las siguientes circunstancias, según lo estipulado en el artículo 49, apartado 6 de la Ley de Abogados, "perturben el orden de los juzgados y tribunales arbitrales e interfieran en el normal desarrollo del litigio". y actividades de arbitraje" "Actos ilegales:
(1) Hacer, instruir o inducir al cliente a hacer comentarios que interrumpan la conducta normal de litigios o actividades de arbitraje en un tribunal o tribunal arbitral;
(2) Impedir que el cliente u otros participantes en el litigio comparezcan ante el tribunal, provocando que las actividades de litigio y arbitraje no puedan desarrollarse normalmente;
(3) Incitar e instigar a otros a alterar el orden del tribunal o tribunal de arbitraje;
( 4) Negarse a defender o representar a una persona en el tribunal, negarse a firmar documentos judiciales o negarse a firmar opiniones sobre documentos de litigio relevantes sin razones justificables.
Artículo 20: Si concurre alguna de las siguientes circunstancias, el abogado, según lo establece el artículo 49, inciso 7 de la Ley de Abogados, "incita e instiga al cliente a realizar actos que perturben el orden público y pongan en peligro la vida pública". seguridad". "Actos ilegales de resolución de disputas por medios ilegales como la seguridad:
(1) Incitar e instigar a las partes a participar en reuniones y manifestaciones ilegales, reunir multitudes para alterar el orden en lugares públicos y el tráfico, y cercar y atacar Expresar demandas a través de medios ilegales como agencias estatales, obstaculizar a las agencias estatales y su personal en el desempeño de sus funciones de acuerdo con la ley, resistirse a las actividades de aplicación de la ley o la ejecución de sentencias;
(2) Usar los medios de comunicación u otros medios para incitar e instigar a las partes a alterar los asuntos públicos. Interferir con la conducción normal de litigios, arbitrajes y actividades administrativas de aplicación de la ley mediante la alteración del orden público, poniendo en peligro la seguridad pública, etc.
Artículo 21: Los abogados que se encuentren en alguna de las siguientes circunstancias, según lo estipulado en el artículo 49, inciso 8 de la Ley de Abogados, “publicen material que ponga en peligro la seguridad nacional, calumnie maliciosamente a otros o perturbe gravemente el orden judicial”. ” Actos de expresión ilegales:
(1) Durante el período de realización de negocios de agencia y defensa, publicar y difundir información que ponga en peligro la seguridad nacional, calumnie maliciosamente a jueces, fiscales, árbitros, partes contrarias y terceros, y perturba gravemente el discurso que viole la orden judicial;
(2) Durante el período de práctica, publicar, producir y difundir discursos, información y productos audiovisuales que pongan en peligro la seguridad nacional, o apoyar, participar en, e implementar actividades con el propósito de poner en peligro la seguridad nacional.
Artículo 22 Si un abogado viola la obligación de confidencialidad y revela intencionalmente o por negligencia secretos de Estado conocidos en el ejercicio de su profesión, entra en la categoría de "divulgación de secretos de Estado" prevista en el artículo 49, apartado 9 del la Ley de Abogados "comportamientos ilegales". Artículo 23 Si ocurre alguna de las siguientes circunstancias, será un acto ilegal que un despacho de abogados "acepte comisiones y cobre honorarios en violación de las normas" según lo estipulado en el artículo 50, párrafo 1 de la Ley de Abogados:
( 1) Violar las regulaciones al no aceptar de manera uniforme encomiendas en nombre de la firma de abogados, cobrar de manera uniforme los honorarios de los servicios de los abogados y los gastos de viaje de los abogados para manejar casos en otros lugares y no emitir recibos de honorarios válidos al cliente;
(2) Pedir o solicitar al cliente; Aceptar honorarios, bienes u otros beneficios distintos a los estipulados en reglamentos o contratos;
(3) Conniver o permitir que nuestros abogados se comprometan. actos ilegales según lo estipulado en el artículo 10 de estas Medidas.
Artículo 24: Si concurre alguna de las siguientes circunstancias, la firma de abogados que viole los procedimientos legales para cambiar su nombre, responsable, estatutos, sociedad, etc., según lo estipulado en el numeral 2 del artículo 50 de la Ley de Abogados "Actos ilícitos en materias mayores tales como contratos, domicilios, socios, etc.:
(1) No seguir los procedimientos prescritos para manejar el nombre de la firma, responsable, estatutos asociación, contrato de sociedad, domicilio, socios, forma organizativa, etc. Presentar cambios en las materias para su aprobación o presentación;
(2) No desarrollar socios de acuerdo con las condiciones y procedimientos prescritos, tramitar el retiro o remoción de socios, o elegir al responsable de la firma de abogados;
(3) No gestionar la división, fusión, establecimiento de una sucursal, o terminación, liquidación o cancelación de una firma de abogados de conformidad con los procedimientos prescritos.
Artículo 25 Si se da una de las siguientes circunstancias, será un acto ilegal que un despacho de abogados "se dedique a actividades comerciales distintas de los servicios jurídicos" según lo estipulado en el artículo 50, párrafo 3 de la Ley de Abogados. :
(1) Establecer una empresa en forma de empresa unipersonal, empresa conjunta con otros o participación accionaria encomendada, y nombrar un abogado para que actúe como representante legal o director general de la empresa
(2) Dedicarse a asuntos legales Servicios de intermediación u otras actividades comerciales no relacionadas con el servicio.
Artículo 26 Si una firma de abogados realiza, tolera o permite que sus abogados realicen actos ilegales previstos en el artículo 6 de estas Medidas, será clasificado como abogado según lo estipulado en el artículo 50, inciso 4. de la Ley de Abogados Es ilegal que una firma "contrate negocios difamando a otras firmas de abogados o abogados o pagando honorarios por referencias y otros medios indebidos".
Artículo 27 Si se da alguna de las siguientes circunstancias, es acto ilegal que un despacho de abogados "viole las normas y acepte casos con conflictos de intereses" según lo estipula el artículo 50, inciso 5 de la Ley de Abogados. :
(1) Designar a nuestros abogados para que actúen como abogados del demandante o del demandado en el mismo caso litigioso, o defensores del demandado o de la víctima en el mismo caso penal;
(2) ) No hacerlo Proporcionar una revisión de conflictos de intereses en asuntos encomendados y asignar abogados para que actúen como agentes o proporcionen servicios legales relevantes para las partes de asuntos legales que no son litigios con conflictos de intereses al mismo tiempo o sucesivamente;
(3) Con conocimiento de causa, sabiendo que los abogados de la firma y sus familiares cercanos tienen conflictos de intereses en el asunto encomendado, pero aun así designa al abogado para que actúe como agente, defensor o proporcione servicios legales relevantes;
(4) Confabular o permitir que el abogado de la firma viole lo dispuesto en el artículo 7 de estas Medidas de conducta ilegal.
Artículo 28 Si concurre alguna de las siguientes circunstancias, será acto ilícito que un despacho de abogados "se niegue a cumplir con sus obligaciones de asistencia jurídica" según lo estipulado en el artículo 50, inciso 6 de la Ley de Abogados:
(1) Negarse a aceptar un caso de asistencia jurídica asignado por una agencia de asistencia jurídica sin razones justificables;
(2) Después de aceptar la asignación, no hacer arreglos para que los abogados de la firma manejar casos de asistencia legal de manera oportuna según sea necesario o negarse a proporcionar condiciones y conveniencia para el manejo de casos de asistencia legal;
(3) Connivencia o permitir que los abogados de la firma cometan actos ilegales estipulados en el Artículo 9 de estas Medidas.
Artículo 29: Si ocurre una de las siguientes circunstancias, un despacho de abogados comprendido en el artículo 50, inciso 7 de la "Ley de Abogados" "proporciona materiales falsos al departamento administrativo judicial o se involucra en otras actividades fraudulentas " "Actos ilegales:
(1) Ocultar deliberadamente la verdadera situación, negarse a proporcionar materiales relevantes o proporcionar materiales falsos o falsos, u ocultar, destruir o falsificar información cuando los órganos administrativos judiciales estén llevando a cabo inspecciones y trabajo de supervisión. Materiales de evidencia;
(2) Proporcionar materiales falsos, falsos o falsificados o participar en otros actos de fraude mientras participa en las actividades de inspección y evaluación anual, evaluación de prácticas y evaluación de excelencia de una firma de abogados. ;
(3) Proporcionar materiales de certificación falsos, falsos o falsificados o participar en otros actos de fraude en el proceso de manejo de cambios importantes, establecimiento de sucursales, divisiones, fusiones o terminaciones, liquidaciones y cancelaciones de despachos de abogados de.
Artículo 30: Si concurre alguna de las siguientes circunstancias, causando graves consecuencias y efectos adversos, un despacho de abogados que se encuentre comprendido en lo dispuesto en el artículo 50, inciso 8 de la Ley de Abogados “ha omitido la gestión de sus abogados , resultando en "Actos ilegales con graves consecuencias:
(1) No establecer y mejorar los sistemas de gestión interna de acuerdo con la normativa, y la gestión diaria es laxa y caótica, provocando que el despacho de abogados no pueda operar normalmente;
(2) ) No supervisar eficazmente las actividades de práctica de los abogados de acuerdo con las regulaciones, o tolerar, proteger o encubrir a los abogados de la firma para que participen en actividades ilegales y disciplinarias, lo que resulta en graves consecuencias. ;
(3) Convencer o permitir que los abogados sean sancionados en la firma Continuar ejerciendo durante el período de suspensión del negocio para rectificación o cuando un abogado es suspendido del ejercicio;
( 4) No aceptar la inspección y evaluación anual según lo requerido, o ser evaluado como "no calificado" después de la inspección y evaluación anual;
(5) No establecer un sistema de contrato laboral de acuerdo con las regulaciones, y no manejar el seguro de desempleo, pensión, médico y otros seguros sociales para abogados contratados y personal auxiliar de acuerdo con la ley;
(6) Otras violaciones de las leyes y regulaciones, que resulten en consecuencias graves. Artículo 31 Si el órgano administrativo judicial impone una advertencia, multa, confiscación de ingresos ilegales o suspensión del ejercicio de un abogado por su comportamiento ilegal, será ejecutado por el órgano administrativo judicial de la ciudad o municipio (condado) distrital directamente bajo el Gobierno Central donde esté ubicada la institución de ejercicio del abogado. La pena de revocación del certificado de ejercicio será ejecutada por los órganos administrativos judiciales de las provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central que permitan al abogado ejercer.
Si el órgano administrativo judicial impone una advertencia, multa, confiscación de ingresos ilegales o suspensión de negocios para rectificar el comportamiento ilegal de un bufete de abogados, la administración judicial de la ciudad distrital o municipio (condado) directamente bajo El Gobierno Central donde esté ubicado el despacho de abogados. La sanción será impuesta por el órgano administrativo judicial de la provincia, región autónoma o municipio directamente dependiente del Gobierno Central que aprobó el establecimiento del despacho de abogados.
Artículo 32 Si un abogado comete cualquier acto ilegal especificado en el artículo 47 de la Ley de Abogados y los artículos 5 a 9 de estas Medidas, la agencia administrativa judicial le dará una advertencia y podrá imponerle una multa de 5.000 yuanes. Se impondrá una multa de menos de 10.000 RMB; si hay ingresos ilegales, los ingresos ilegales serán confiscados, si las circunstancias son graves, se impondrá una pena de suspensión de la práctica por no más de tres meses.
Si un abogado comete cualquiera de los actos ilícitos previstos en el artículo 48 de la Ley de Abogados y en los artículos 10 a 13 de estas Medidas, el órgano administrativo judicial le dará una amonestación y podrá imponerle una multa no superior a 10.000 yuanes; si hay ganancias ilegales, las ganancias ilegales serán confiscadas, si las circunstancias son graves, se impondrá una pena de suspensión de la práctica por no menos de tres meses pero no más de seis meses.
Si un abogado comete cualquiera de los actos ilícitos previstos en el artículo 49 de la Ley de Abogados y en los artículos 14 a 22 de estas Medidas, será suspendido del ejercicio de la abogacía por más de seis meses y un año por la autoridad judicial administrativa. agencia se pueden imponer las siguientes sanciones: una multa de no más de 50.000 yuanes; si hay ganancias ilegales, las ganancias ilegales serán confiscadas si las circunstancias son graves, se revocará el certificado de ejercicio del abogado; , la responsabilidad penal se perseguirá conforme a la ley.
Artículo 33 Si un despacho de abogados comete cualquier acto ilícito previsto en el artículo 50 de la Ley de Abogados y en los artículos 23 a 30 de estas Medidas, el órgano administrativo judicial determinará las circunstancias. por un período de no menos de un mes pero no más de seis meses para la rectificación, y se puede imponer una multa de no más de 100.000 yuanes si hay ganancias ilegales, las ganancias ilegales serán confiscadas si las circunstancias son especiales; grave, se revocará la licencia de ejercicio de la firma de abogados.
Artículo 34: Los órganos administrativos judiciales impondrán sanciones administrativas a los abogados y despachos de abogados por actos ilícitos de conformidad con la Ley de Sanciones Administrativas, la Ley de Abogados y las disposiciones del Ministerio de Justicia sobre procedimientos administrativos sancionadores y se llevarán a cabo las disposiciones de estas Medidas.
Artículo 35 Los abogados y despachos de abogados tendrán derecho a manifestar, defender y solicitar audiencia sobre las sanciones administrativas impuestas por los órganos administrativos judiciales, si no están conformes con la decisión sancionadora administrativa, tendrán derecho a hacerlo; solicitar una reconsideración administrativa de conformidad con la ley o presentar una demanda administrativa quienes sufran daños debido a sanciones administrativas ilegales impuestas por órganos administrativos judiciales tienen derecho a solicitar una indemnización de conformidad con la ley;
Artículo 36: Cuando los órganos administrativos judiciales impongan sanciones administrativas, deberán realizar una investigación y verificación integral, objetiva e imparcial de los hechos y pruebas de actos ilícitos por parte de abogados y estudios jurídicos, y podrán realizar inspecciones de conformidad con la ley cuando sea necesario.
Al investigar actos ilegales, a los abogados y bufetes de abogados investigados se les puede pedir que expliquen la situación y presenten materiales relevantes; pueden acceder a archivos comerciales relevantes y materiales de archivo de los bufetes de abogados que pueden investigar y verificar; la situación con las unidades e individuos relevantes., Recopilar pruebas que puedan perderse o ser difíciles de obtener más adelante pueden registrarse y conservarse con anticipación;
El órgano administrativo judicial podrá encomendar la realización de la investigación al órgano administrativo judicial del siguiente nivel o al órgano administrativo judicial del lugar donde se produjo el acto ilícito, o podrá encomendar al colegio de abogados la asistencia en la investigación. .
Artículo 37 La aplicación específica de las sanciones administrativas será determinada por los órganos administrativos judiciales de conformidad con las disposiciones pertinentes de la Ley de Abogados y las presentes Medidas y con base en los hechos, naturaleza, circunstancias y perjuicios del acto ilícito. actos de abogados y bufetes de abogados. El grado de la pena se determinará dentro del rango de tipos y alcances de pena establecidos por la ley, y se tomarán decisiones de castigo específicas.
Los abogados son sancionados con amonestación, suspensión del ejercicio y se revoca el certificado de ejercicio del abogado; los despachos de abogados son sancionados con amonestación, suspensión del negocio por rectificación, y se revoca la licencia de ejercicio del despacho de abogados, y se podrá imponer una multa según corresponda, en violación de la ley. Cualquier ganancia ilegal obtenida será confiscada.
Artículo 38 Los abogados y despachos de abogados podrán recibir sanciones administrativas más leves o reducidas si concurren alguna de las siguientes circunstancias:
(1) Eliminar o reducir activamente las consecuencias nocivas de actos ilegales
(2) Tomar la iniciativa de denunciar y cooperar activamente con los órganos administrativos judiciales para investigar y abordar actos ilegales.
(3) Ser coaccionado por otros a cometer actos ilegales; /p>
(4) Otros a quienes se les deben imponer penas más leves o reducidas según la ley.
Si la infracción es menor y se corrige oportunamente sin causar consecuencias perjudiciales, no se impondrá ninguna sanción administrativa.
Artículo 39 Si un abogado o despacho de abogados comete cualquier acto ilícito en cualquiera de las siguientes circunstancias, se considerará infracción grave o especialmente grave según lo estipulado en la Ley de Abogados, y estará sujeto a las sanciones administrativas reglamentarias. y Castigo severo dentro del alcance del rango:
(1) El acto ilícito causa pérdidas significativas a los intereses de las partes, de terceros o del público;
(2) La naturaleza del acto ilegal, las circunstancias son atroces, dañando gravemente la imagen de la profesión de abogado y causando un impacto social negativo;
(3) Hay dos o más actos ilegales al mismo tiempo o el la cantidad de dinero involucrada en el caso ilegal es enorme;
(4) Durante el período de investigación y manejo de actos ilegales por parte de los órganos administrativos judiciales, negarse a corregir o continuar cometiendo actos ilegales, negarse a presentar, ocultar, destruir pruebas o proporcionar pruebas falsas o falsificadas;
(5) Otros que deben ser severamente castigados según la ley.
Artículo 40 Si un abogado es objeto de amonestación dentro del año siguiente a haberla recibido, será sancionado con suspensión del ejercicio no menor de tres meses ni mayor de un año, o si concurren las circunstancias; que amerite suspensión del ejercicio se repita dentro de los dos años siguientes al vencimiento del término, se revocará el certificado de ejercicio del abogado.
Si un despacho de abogados está sujeto a una pena de suspensión por rectificación antes del vencimiento del plazo o si una situación que justifica una pena de suspensión por rectificación ocurre dentro de los dos años siguientes al vencimiento, su licencia de práctica de despacho de abogados será revocado.
Artículo 41: Si un despacho de abogados es sancionado por conducta ilegal, el órgano administrativo judicial, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 50, apartado 2 de la Ley de Abogados, tratará al responsable del despacho por tener responsabilidades de dirección. Además de la gravedad del incumplimiento del deber, se impondrán las sanciones administrativas correspondientes.
Si un despacho de abogados es sancionado por una conducta ilícita, también responderá la responsabilidad jurídica del abogado directamente responsable, imponiendo las sanciones administrativas correspondientes conforme a la ley.
Artículo 42 Si la conducta ilegal de un abogado o despacho de abogados constituye un delito y debe ser investigado por responsabilidad penal de conformidad con la ley, el órgano administrativo judicial trasladará el caso al órgano judicial para su tramitación, y no se utilizarán sanciones administrativas en lugar de sanciones penales.
Si un abogado es sancionado por cometer un delito doloso por ejercicio ilegal o por constituir un delito doloso por razones no profesionales, el órgano administrativo judicial revocará su certificado de ejercicio de abogado si se encuentra sujeto a infracción penal; pena por delito negligente, deberá cumplir la pena o cumplir la pena. La persona cesará en el desempeño de sus funciones como abogado durante el período de prueba, y podrá solicitar reanudar el ejercicio de la abogacía una vez cumplida la pena.
Artículo 43: Cuando los órganos administrativos judiciales implementen sanciones administrativas, éstas estarán sujetas a la revisión y aprobación del responsable de la agencia, debiendo elaborarse una decisión administrativa sancionadora de conformidad con los requisitos del Ley Administrativa Sancionadora.
Si se imponen sanciones administrativas más severas por circunstancias complejas o actos ilícitos graves, los jefes de los órganos administrativos judiciales deberán realizar una discusión y decisión colectiva al tomar una decisión colectiva, podrán invitar a los miembros del Colegio de Abogados; para asistir.
Artículo 44: Cuando los órganos administrativos judiciales implementen sanciones administrativas, podrán, según sea necesario, utilizar los métodos apropiados para notificar las decisiones sancionatorias administrativas pertinentes dentro de la profesión de abogado o al público.
Artículo 45 Los abogados y despachos de abogados sancionados deberán ejecutar consciente, oportuna e integralmente las decisiones administrativas sancionatorias e informar verazmente sobre su estado de desempeño a los órganos administrativos judiciales.
Los órganos administrativos judiciales supervisarán la implementación de las decisiones de sanción administrativa por parte de abogados y bufetes de abogados, y ordenarán rápidamente correcciones cuando se descubran problemas o tomarán las medidas correspondientes de conformidad con la ley.
Artículo 46 Los abogados y despachos de abogados que estén sujetos a sanciones administrativas por prácticas ilícitas y cuyos actos ilícitos causen daños a partes o a terceros, incurrirán en la responsabilidad civil que les corresponda conforme a la ley.
Si un bufete de abogados es responsable de una compensación debido al comportamiento ilegal de un abogado, el bufete de abogados puede recuperar una compensación del abogado que cometió negligencia intencional o grave después de la compensación.
Artículo 47 Si un abogado es sancionado con cesación de ejercicio por un período no vencido, no podrá solicitar cambio de institución de ejercicio si un abogado es sancionado con cesación de ejercicio por más de seis; meses, el plazo de ejecución de la pena y el plazo de tres años después de expirada la pena, no podrá fungir como socio.
Si un despacho de abogados es sancionado por suspensión de actividades por rectificación antes de la expiración del plazo de sanción, no podrá decidir disolverse por sí solo, no solicitará cambio de nombre, no solicitará división o fusión, o no solicitarán el establecimiento de una sucursal. Los Abogados que sean directamente responsables de la pena de suspensión de actividades por rectificación de un despacho de abogados no aplicarán el cambio de institución de práctica; Artículo 48 Las sanciones administrativas por actos ilegales de las sucursales de despachos de abogados y sus abogados serán implementadas por el organismo administrativo judicial donde esté ubicada la sucursal de conformidad con lo dispuesto en la Ley de Abogados y estas Medidas. Se enviará copia de la decisión sancionadora al bufete de abogados que establezca la sucursal y a la agencia administrativa judicial a nivel municipal o municipio (condado) directamente dependiente del Gobierno Central donde esté ubicada.
Artículo 49 Los órganos administrativos judiciales a nivel municipal divididos en distritos a que se refieren estas Medidas incluyen los órganos administrativos judiciales a nivel regional, de prefectura y de ciudades a nivel de prefectura sin distritos.
Artículo 50 Las presentes Medidas entrarán en vigor el 1 de junio de 2010. Al mismo tiempo quedan derogadas las "Medidas para sancionar la conducta ilegal de abogados y bufetes de abogados" (Orden Nº 86 del Ministerio de Justicia), promulgadas por el Ministerio de Justicia el 19 de marzo de 2004.