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Cómo evitar los riesgos de los contratos de encomienda

Evite los riesgos de los contratos de encomienda de la siguiente manera:

1. Medidas legales de prevención de riesgos por las pérdidas propias del fideicomisario al manejar los asuntos encomendados: Al encomendar a un fideicomisario el manejo de los asuntos encomendados, el mandante debe comprender plenamente que maneja los asuntos encomendados. los asuntos pueden causar daño al fideicomisario, aclarar las medidas para prevenir estos riesgos e informar al fiduciario sobre los riesgos y las medidas preventivas para garantizar que el manejo de los asuntos encomendados no causará daño al fideicomisario;

2. Dos o más fiduciarios manejan conjuntamente los asuntos encomendados. Medidas de prevención de riesgos legales: Antes de manejar los asuntos encomendados, dos o más fideicomisarios pueden acordar el método y las responsabilidades del manejo conjunto de los asuntos encomendados;

3 Prevención de riesgos legales en la terminación de la encomienda: el personal principal y el fiduciario predicen varios factores que afectan el procesamiento de la transacción encomendada y predicen el grado de influencia de varios factores. Sobre esta base, deciden si se ocupan del asunto encomendado y hacen todo lo posible para evitar la rescisión del contrato encomendado. Si el contrato de encomienda debe rescindirse por circunstancias imprevistas, se deben hacer esfuerzos para evitar y reducir las pérdidas causadas a la otra parte por la terminación del contrato de encomienda

4. pérdida de la capacidad civil o quiebra del mandante o del fiduciario Medidas de prevención de riesgos: si la terminación del contrato de encomienda dañará los intereses del mandante, el sucesor del fideicomisario, el agente legal o la organización de liquidación deberá tomar las medidas necesarias antes de que el mandante pueda ocuparse del secuelas.

El contrato de encomienda tiene derecho a rescindir a voluntad:

1. La parte deberá notificar expresamente a la otra parte su derecho a rescindir el contrato, y la notificación surtirá efectos cuando llega a la otra parte. Si en un contrato son varias las partes, la manifestación de voluntad debe hacerse por cada una de ellas, o por todas ellas. Asimismo, la notificación de terminación del contrato no puede revocarse una vez que surta efectos;

2, si son varios mandantes o mandatarios, si la terminación del contrato por parte de algunos de ellos es igual de válida. como los demás deben juzgarse según diferentes circunstancias: si los asuntos confiados son por su naturaleza indivisibles, entonces la liberación de una parte de la parte será efectiva también para las demás. Cuando los asuntos encomendados pueden ejecutarse de forma independiente, el acto de rescisión del contrato de cada parte tiene efecto de forma independiente y la relación de encomienda entre las otras partes continúa existiendo y no se ve afectada.

3. mediante acuerdo especial O excluir el derecho a rescindir el contrato de encomienda a voluntad. Aunque no existe una disposición expresa, desde la perspectiva del respeto a la autonomía de las partes, la respuesta debería ser sí.

4. Si una de las partes rescinde el contrato de encomienda y causa pérdidas a la otra parte, será responsable de la indemnización. Si la terminación del contrato de encomienda causa pérdidas a la otra parte, ésta será indemnizada a menos que las causas no sean imputables a la parte interesada.

En resumen, las partes deben acordar sus respectivas responsabilidades ante los mismos riesgos legales. Si el fiduciario sufre pérdidas por causas no imputables a él en el manejo de los asuntos encomendados, podrá exigir una indemnización al mandante. El cliente deberá pagar por adelantado los honorarios por la gestión de los asuntos encomendados. El mandante reembolsará al fiduciario los gastos necesarios incurridos en el manejo de los asuntos encomendados y pagará los intereses sobre los mismos.

Base jurídica:

Artículo 930 del "Código Civil de la República Popular China"

Cuando el fiduciario maneja los asuntos encomendados, sufre las consecuencias por causas que no le sean imputables. En caso de pérdida, podrá reclamar una indemnización al comitente.

Artículo 931

Con el consentimiento del fiduciario, el fideicomitente podrá encomendar a un tercero distinto del fiduciario el manejo de los asuntos encomendados. Si se causan pérdidas al fiduciario, éste podrá exigir una indemnización al mandante.