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Reglamento de asistencia jurídica de la provincia de Guangdong

Reglamento de asistencia jurídica de la provincia de Guangdong

(La undécima reunión del Comité Permanente del Noveno Congreso Popular de la Provincia de Guangdong el 15 de agosto de 1999 La segunda reunión del Comité Permanente del Décimo Congreso Popular de la Provincia de Guangdong el 28 de septiembre de 2006 Adoptado por primera vez en la 17.ª sesión y por segunda vez en la 24.ª sesión del Comité Permanente del 12.º Congreso Popular de la provincia de Guangdong el 26 de febrero de 2006) Artículo 1 Para proteger a los ciudadanos con dificultades financieras , obtener la asistencia jurídica necesaria para servir, salvaguardar los derechos e intereses legítimos de las partes, garantizar la correcta implementación de la ley, mantener la equidad y la justicia social y promover y estandarizar el trabajo de asistencia jurídica. Estos reglamentos se formulan de acuerdo con el "Reglamento de Asistencia Jurídica" y las leyes y reglamentos administrativos pertinentes, y en combinación con las condiciones reales de esta provincia.

Artículo 2 El término “asistencia jurídica”, tal como se menciona en este Reglamento, se refiere a las agencias de asistencia jurídica designadas o dispuestas por la ley para brindar asesoramiento jurídico, representación y asistencia penal gratuitos a ciudadanos con dificultades financieras y partes en casos especiales. casos. Defensa y otras actividades de servicios jurídicos.

El término “personal de asistencia jurídica”, tal como se menciona en estas regulaciones, se refiere a abogados, trabajadores de servicios legales de base, voluntarios de asistencia jurídica y otro personal asignado o contratado por instituciones de asistencia jurídica para brindar servicios legales.

Artículo 3 El Gobierno Popular Provincial estipulará los estándares de dificultad financiera para la asistencia jurídica y realizará ajustes oportunos en función del desarrollo económico y social nacional de la provincia, los recursos y necesidades de asistencia jurídica y la capacidad de los ciudadanos. para pagar servicios legales.

Los condados (ciudades, distritos) al nivel de prefectura o por encima de él pueden formular estándares de dificultades financieras para la asistencia jurídica que sean mejores que los estándares provinciales en función de las condiciones reales de sus regiones administrativas.

Las normas sobre dificultades financieras para la asistencia jurídica deberían anunciarse al público.

Artículo 4 La asistencia jurídica es responsabilidad del gobierno. Los gobiernos populares a nivel de condado o superior deben tomar medidas para promover el trabajo de asistencia jurídica, establecer un sistema de garantía de financiación de la asistencia jurídica, incluir los fondos necesarios para la asistencia jurídica en el presupuesto fiscal y garantizar el desarrollo coordinado de la asistencia jurídica y el desarrollo económico y social. . Los fondos de asistencia jurídica deberían destinarse a fines específicos y estar sujetos a la supervisión de los departamentos de finanzas y auditoría.

Los gobiernos municipales y las oficinas subdistritales deben cooperar con el trabajo de asistencia jurídica.

Artículo 5 Los departamentos administrativos judiciales de los gobiernos populares a nivel de condado o superior son responsables de la supervisión y gestión del trabajo de asistencia jurídica dentro de sus respectivas regiones administrativas.

Los tribunales populares, las fiscalías populares, los órganos de seguridad pública y otros departamentos pertinentes deben hacer un buen trabajo en la labor de asistencia jurídica de conformidad con la ley.

Artículo 6 Las agencias de asistencia jurídica son responsables del trabajo diario de asistencia jurídica dentro de sus propias regiones administrativas y guían el trabajo de las agencias de asistencia jurídica de nivel inferior.

Artículo 7 El Colegio de Abogados colaborará en las labores de asistencia jurídica que se realicen de conformidad con el presente Reglamento de conformidad con el Estatuto del Colegio de Abogados.

Artículo 8 Los sindicatos, la Liga de la Juventud Comunista, la Federación de Mujeres, la Federación de Personas con Discapacidad y otras organizaciones sociales, así como las organizaciones sociales como colegios y universidades, empresas e instituciones, podrán utilizar sus propios recursos para participar. recibir asistencia jurídica de conformidad con la ley y desempeñar el papel de voluntarios de asistencia jurídica.

Los departamentos administrativos judiciales o las instituciones de asistencia jurídica de todos los niveles pueden adquirir servicios de asistencia jurídica de la sociedad según sea necesario.

Artículo 9 Las instituciones de asistencia jurídica y el personal de asistencia jurídica deberán cumplir con los procedimientos legales y las normas profesionales, proporcionar a los destinatarios asistencia jurídica que cumpla con los estándares y garantizar la calidad de la asistencia jurídica.

El departamento administrativo judicial del Gobierno Popular Provincial debe establecer y mejorar los estándares de calidad de la asistencia jurídica y los sistemas de evaluación de la calidad.

Artículo 10 Los gobiernos populares de todos los niveles organizarán y fortalecerán la publicidad de la asistencia jurídica para que el público comprenda en general la asistencia jurídica.

La prensa, las publicaciones, la radio y la televisión, Internet y otros medios de comunicación deberían realizar publicidad de bienestar público en materia de asistencia jurídica. Artículo 11 Los ciudadanos con dificultades financieras y las partes en casos especiales podrán solicitar asistencia jurídica cuando encuentren problemas legales o se violen sus derechos e intereses legítimos.

Artículo 12 Instituciones de bienestar social como residencias de asistencia social, orfanatos, residencias de ancianos, residencias de honor, hospitales de cuidados especiales, hospitales psiquiátricos, Aldeas Infantiles SOS, etc. Si se necesita asistencia jurídica para salvaguardar los derechos e intereses civiles legítimos, las agencias de asistencia jurídica pueden proporcionar asistencia jurídica previa solicitud.

Si una organización social presenta una demanda de interés público civil en el tribunal popular debido a contaminación ambiental, daños ecológicos y otras conductas que perjudican el interés público, la agencia de asistencia jurídica puede proporcionar asistencia jurídica en función de su solicitud.

Artículo 13: Si un sospechoso o acusado de un delito tiene alguna de las siguientes circunstancias y no ha designado un defensor, el tribunal popular, la fiscalía popular y la agencia de seguridad pública notificarán a la agencia de asistencia jurídica para que designe un abogado para defenderlo:

(a) Personas ciegas, sordas, mudas y discapacitadas mentales;

(2) Pacientes mentales que no han perdido completamente la capacidad de reconocer o controlar su propio comportamiento;

(3) Menores de edad;

(4) Podrá ser condenado a cadena perpetua o muerte.

Cuando el Tribunal Popular Superior Provincial revisa un caso de pena de muerte, si el acusado no contrata a un defensor, se notificará a la agencia provincial de asistencia jurídica para que nombre un abogado para defenderlo.

Artículo 14: Si se notifica a un sospechoso o acusado de un delito que se niega a defender a un abogado asignado por una agencia de asistencia jurídica, el tribunal popular, la fiscalía popular y los órganos de seguridad pública averiguarán los motivos de la negativa. . Si existen motivos legítimos, se permitirá que se notifique por escrito la negativa al sospechoso o imputado y se le informará de la necesidad de designar otro defensor. Si un sospechoso o acusado de un delito no ha designado un defensor independiente, el tribunal popular, la fiscalía popular y la agencia de seguridad pública notificarán a la agencia de asistencia jurídica para que nombre un abogado independiente para defenderlo.

Artículo 15: En el proceso penal, si un imputado en cualquiera de las siguientes circunstancias no contrata a un defensor, el tribunal popular podrá notificar a la agencia de asistencia jurídica para que le designe un abogado que lo defienda:

(1) En el mismo caso penal, otros imputados han designado defensores;

(2) Casos con importante impacto social;

(3) Casos protestados por la Fiscalía Popular ;

(4) El comportamiento del acusado no puede constituir un delito;

(5) El acusado es un extranjero o un apátrida;

(6) Delitos terroristas y delitos que pongan en peligro la seguridad nacional;

(7) Otras situaciones previstas en las leyes y reglamentos.

Artículo 16 El Tribunal Popular, la Fiscalía Popular y la Oficina de Seguridad Pública notificarán a las instituciones de asistencia jurídica que designen abogados para defender a los sospechosos y acusados ​​de delitos, y las instituciones de asistencia jurídica designarán abogados para defenderlos.

Para los casos que pueden ser condenados a cadena perpetua o muerte, las instituciones de asistencia jurídica deben designar abogados con más de tres años de experiencia en la práctica de defensa penal para que actúen como defensores.

Para los casos penales que involucran a menores, las instituciones de asistencia jurídica deben designar abogados que estén familiarizados con las características físicas y mentales de los menores para que actúen como defensores.

Artículo 17: Cuando el tribunal popular conozca un caso de tratamiento médico obligatorio y el demandado o demandado no contrate a un agente litigante, notificará a la agencia de asistencia jurídica para que nombre un abogado que le proporcione asistencia jurídica, y el La agencia de asistencia jurídica designará un abogado para prestar asistencia jurídica.

Artículo 18 Las instituciones de asistencia jurídica podrán brindar asistencia jurídica a través de los siguientes métodos basados ​​en diferentes solicitudes:

(1) Defensa penal o representación penal;

( 2 ) Agencia para litigios civiles y administrativos;

(3) Agencia para arbitraje de disputas laborales, arbitraje y otros asuntos legales no litigiosos;

(4) Redacción de documentos legales en su nombre;

(5) Proporcionar asesoramiento jurídico;

(6) Otros métodos prescritos por las leyes y reglamentos.

Si el caso es simple y el tema del litigio es pequeño, la agencia de asistencia legal puede guiar a las partes para que litiguen por su cuenta. Artículo 19 Los ciudadanos que soliciten asistencia jurídica deberán cumplimentar un formulario de solicitud de asistencia jurídica. Las agencias de asistencia jurídica proporcionan formularios de solicitud de asistencia jurídica de forma gratuita.

Artículo 20 Los ciudadanos que soliciten representación, defensa o redacción de documentos legales de asistencia jurídica gratuita deberán presentar los siguientes materiales de solicitud:

(1) Formulario de solicitud de asistencia jurídica gratuita;

(2) tarjeta de identificación u otro certificado de identidad válido, y el solicitante de la agencia también debe presentar prueba de la autoridad de la agencia;

(3) Materiales de solicitud para dificultades financieras;

(4 ) Solicitud de materiales relacionados con la asistencia jurídica.

Los ciudadanos deben presentar los materiales de solicitud con sinceridad y ser responsables de la autenticidad de los mismos. Para solicitar una consulta legal, podrá presentar únicamente los materiales de solicitud especificados en los puntos 1 y 2 del párrafo anterior.

Artículo 21: Los solicitantes que cumplan una de las siguientes condiciones no necesitan presentar materiales de solicitud por dificultades financieras, pero deben proporcionar los certificados o materiales de certificación pertinentes:

(1) Disfrute de ofertas especiales tratamiento de apoyo a la pobreza;

(2) Recibir un subsidio mínimo de seguridad vital;

(3) La familia está identificada como una familia de bajos ingresos;

(4 ) Debido a un accidente, desastres naturales u otras razones especiales, que causan dificultades temporales en la vida y están recibiendo asistencia temporal del gobierno;

(5) Financiado por el gobierno o instituciones caritativas;

(6) Personas con discapacidad, personas con discapacidad grave y familias sin una fuente fija de sustento, o con más de un hogar;

(7) Solicitar reparación judicial del Tribunal Popular debido a litigios civiles y obtener aprobación;

( 8) Debido a dificultades financieras, la persona solicita asistencia jurídica nuevamente dentro de un año a partir de la fecha de solicitud de asistencia jurídica

(9) La persona es; desempleado y sin medios de subsistencia después de salir de prisión y del aislamiento obligatorio y el tratamiento por drogas

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(10) Recuperar la remuneración laboral y las prestaciones por lesiones relacionadas con el trabajo

(11) Recuperar la pensión alimenticia, la manutención y la manutención de los hijos;

(12) Otros De acuerdo con las regulaciones pertinentes del gobierno popular estatal y local, debe considerarse económicamente difícil.

Artículo 22 Cuando los sospechosos de delitos, acusados ​​o presos soliciten asistencia jurídica gratuita, no estarán obligados a presentar materiales de declaración de dificultades financieras en ninguna de las siguientes circunstancias:

(a) Las disposiciones de los artículos 13 y 15 de este Reglamento;

(2) El tribunal popular decide volver a juzgar o volver a juzgar el caso de apelación.

Artículo 23 Si un solicitante solicita asistencia jurídica reclamando derechos e intereses civiles derivados de actos de valentía, no necesita presentar materiales de solicitud por dificultades financieras, pero debe presentarlos al gobierno popular del condado. nivel o una ciudad a nivel de prefectura sin distritos Prueba del valiente acto de rectitud del gobierno popular reconocido por el Comité de Evaluación.

Artículo 24: Cuando las familias de militares soliciten asistencia jurídica y se encuentren en cualquiera de las siguientes circunstancias, no necesitarán presentar materiales de declaración de dificultad financiera, pero sí deberán presentar los certificados o materiales de respaldo pertinentes:

(a )Voluntarios, estudiantes suplentes y familiares de militares;

(2) Personal militar y sus familiares que realizan combates y operaciones militares importantes que no sean de guerra;

( 3) Sobrevivientes de mártires, personal militar que murió en el cumplimiento del deber. Sobrevivientes y familiares en duelo de soldados que murieron por enfermedad.

Personal civil militar, servidores públicos inactivos, empleados actuales, personal retirado bajo dirección militar, reservistas y otro personal que desempeña tareas militares, policías incapacitados en el cumplimiento de su deber, policías que se sacrifican en cumplimiento del deber o fallezca por enfermedad. Para familiares, remitirse a lo dispuesto en el párrafo anterior.

Artículo 25 Si el solicitante es una persona sin capacidad para la conducta civil o una persona con capacidad limitada para la conducta civil, su representante legal deberá solicitar en su nombre de conformidad con la ley. Si no hay representante legal, la solicitud será presentada por el comité de residentes, el comité de aldea, el departamento de asuntos civiles o las unidades o personal especificado por las leyes y reglamentos donde se encuentra el solicitante.

Artículo 26: Los sospechosos de delitos, acusados, delincuentes, drogadictos en aislamiento obligatorio y detenidos administrativos detenidos podrán solicitar asistencia jurídica a través del Tribunal Popular, la Fiscalía Popular, la Oficina de Seguridad Pública o la prisión donde se encuentren. , centros de detención, personal de tratamiento de drogas de aislamiento obligatorio, centros de detención propuestos.

Después de recibir una solicitud de asistencia jurídica, la unidad correspondiente transferirá la solicitud dentro de las 24 horas siguientes a una institución de asistencia jurídica con autoridad para aceptarla, y notificará al representante legal del solicitante, a sus familiares cercanos o al agente autorizado dentro de un plazo de 24 horas. tres días. Ayudar a proporcionar documentos, certificados y otros materiales pertinentes a las agencias de asistencia jurídica.

Si los presuntos delincuentes, imputados, presos, drogodependientes en aislamiento obligatorio y detenidos administrativamente no tuvieran representantes legales o familiares cercanos, o sus representantes legales o familiares cercanos no pudieran ser notificados, las unidades correspondientes deberán notificarlos. Una agencia de asistencia legal autorizada para aceptar materiales de solicitud.

Artículo 27 Los casos de asistencia jurídica penal informados por el Tribunal Popular, la Fiscalía Popular y la Oficina de Seguridad Pública serán aceptados por las instituciones de asistencia jurídica afiliadas a los departamentos administrativos judiciales en el mismo nivel donde se encuentran el Tribunal Popular, la Fiscalía Popular y la Oficina de Seguridad Pública. Se encuentran la Fiscalía y la Oficina de Seguridad Pública.

Los casos de tratamiento médico obligatorio informados por el Tribunal Popular serán aceptados uniformemente por las instituciones de asistencia jurídica afiliadas al departamento administrativo judicial en el mismo nivel donde se encuentra el Tribunal Popular.

Artículo 28: Los casos de litigio penal en los que la defensa o el agente no hayan sido notificados serán aceptados por las instituciones de asistencia jurídica afiliadas a los departamentos administrativos judiciales del mismo nivel donde se encuentran el Tribunal Popular, la Fiscalía Popular, y los órganos de seguridad pública están ubicados en litigios no penales. El caso será aceptado por la agencia de asistencia jurídica afiliada al departamento administrativo judicial en el mismo nivel donde se encuentra el tribunal popular con jurisdicción.

El arbitraje de disputas laborales y los casos de arbitraje son manejados por la institución de arbitraje de disputas laborales que maneja el caso y la institución de asistencia legal donde se encuentra la institución de arbitraje.

Las solicitudes de consulta jurídica serán aceptadas por la agencia de asistencia jurídica que acepte la solicitud.

Las solicitudes para otras cuestiones jurídicas serán aceptadas por la institución de asistencia jurídica donde esté ubicado el organismo obligado, donde esté domiciliado el deudor, donde esté domiciliado el demandado o donde se produzcan los asuntos jurídicos.

Artículo 29 Si la solicitud de asistencia jurídica no está dentro del alcance de aceptación por parte de esta agencia, se informará al solicitante para que presente su solicitud ante una agencia de asistencia jurídica que tenga la autoridad para aceptarla.

Para asuntos de asistencia jurídica que se juzguen o tramiten en esta provincia, las personas discapacitadas con movilidad limitada podrán solicitarlo a la agencia de asistencia jurídica más cercana, y la agencia de asistencia jurídica aceptará la solicitud. Si el caso no entra dentro del alcance de la aceptación por parte de esta agencia, puede ser transferido a una agencia de asistencia jurídica con derecho a aceptar el caso.

Artículo 30 Si dos o más agencias de asistencia jurídica tienen la autoridad para aceptar asuntos de asistencia jurídica, el solicitante puede presentar una solicitud a una de las agencias de asistencia jurídica.

Si un solicitante presenta una solicitud a dos o más agencias de asistencia jurídica con autoridad para aceptar el mismo asunto, la agencia de asistencia jurídica que reciba la solicitud primero aceptará la solicitud.

Las disputas entre agencias de asistencia jurídica serán resueltas por la agencia de asistencia jurídica de nivel superior.

Artículo 31 Después de que una agencia de asistencia jurídica acepte una solicitud, si excede su capacidad de procesamiento, podrá informarla a la agencia de asistencia jurídica del siguiente nivel superior para su coordinación y procesamiento.

La agencia de asistencia jurídica del nivel superior puede aceptar asuntos de asistencia jurídica que deberían ser manejados por la agencia de asistencia jurídica del nivel inferior, o puede entregar los asuntos de asistencia jurídica que ha aceptado al organismo de asistencia jurídica. agencia de ayuda en el nivel inferior.

Artículo 32 Cuando una agencia de asistencia jurídica acepte una solicitud de asistencia jurídica, deberá registrarla, recibir los materiales de la solicitud, emitir un recibo e indicar la fecha. Artículo 33 Las instituciones de asistencia jurídica realizarán un examen dentro de los tres días hábiles a partir de la fecha de recepción de los materiales de solicitud de asistencia jurídica. Si los asuntos de la solicitud se revisan o tramitan en esta provincia y cumplen con los estándares de dificultad financiera para la asistencia jurídica, se tomará la decisión de conceder la asistencia jurídica y se notificará por escrito al solicitante en el caso de que no cumplan las condiciones para la asistencia jurídica; o proporcionar pruebas, certificaciones o materiales de solicitud de dificultades financieras falsos, se tomará una decisión. Se tomará la decisión de denegar la asistencia jurídica y se notificará al solicitante por escrito. La decisión de no conceder la asistencia jurídica gratuita deberá indicar los motivos de la misma y el derecho del solicitante a oponer objeciones.

Para las solicitudes de asistencia jurídica que no requieren la presentación de materiales de solicitud por dificultades financieras, la agencia de asistencia jurídica deberá tomar una decisión sobre si concederá asistencia jurídica dentro de los dos días hábiles siguientes a la fecha de recepción de la solicitud. materiales.

Para casos difíciles y complejos, la prórroga puede ampliarse por tres días hábiles con la aprobación del responsable de la agencia de asistencia jurídica.

Artículo 34 Al tomar la decisión de conceder asistencia jurídica, una institución de asistencia jurídica determinará el método de prestación de asistencia jurídica.

Cuando un ciudadano solicita una consulta legal, la agencia de asistencia legal debe manejarla inmediatamente sin revisión y tomar una decisión de asistencia legal.

Artículo 35 Si la institución de asistencia jurídica determina, tras su revisión, que los materiales de la solicitud presentados por el solicitante están incompletos, notificará al solicitante en un momento los materiales que deben complementarse o explicarse.

Si la agencia de asistencia legal cree después de la revisión que los materiales de la solicitud presentados por el solicitante deben ser verificados, llevará a cabo una investigación y verificación con la unidad correspondiente, y la unidad correspondiente brindará asistencia y cooperación.

El tiempo que le toma al solicitante proporcionar materiales complementarios y la investigación y verificación de la agencia de asistencia legal no se incluirán en el período de decisión de revisión.

Artículo 36 El personal de las instituciones de asistencia jurídica responsable de revisar las solicitudes de asistencia jurídica se inhibirán en cualquiera de las siguientes circunstancias:

(1) Sean solicitantes de asuntos de asistencia jurídica o un pariente, o un pariente cercano del solicitante o un pariente;

(2) Tener un interés directo en solicitar asistencia jurídica gratuita.

Artículo 37 Las instituciones de asistencia jurídica asignarán personal de asistencia jurídica dentro de los dos días hábiles siguientes a la fecha de la decisión de otorgar asistencia jurídica e informarán al destinatario del nombre y la información de contacto del personal de asistencia jurídica. A menos que no se pueda contactar al destinatario.

Artículo 38 Si ocurre alguna de las siguientes circunstancias, la institución de asistencia jurídica podrá decidir brindar asistencia jurídica primero: (1) Menos de siete días antes del vencimiento del plazo de prescripción legal, se deberá presentar una presentación oportuna. requerido Litigio o solicitud de arbitraje o arbitraje de disputas laborales;

(2) Es necesario solicitar inmediatamente la preservación de la propiedad, la preservación de pruebas o la ejecución anticipada;

(3) Otros asuntos urgentes o circunstancias especiales.

En caso de una emergencia que pueda causar desorden social, causar efectos adversos o donde las partes puedan enfrentar riesgos para la vida y la seguridad, las agencias de asistencia jurídica podrán decidir inmediatamente brindar asistencia jurídica también; Proporcionar asistencia jurídica inmediata e informar a la agencia de asistencia jurídica para su aprobación.

El beneficiario de la ayuda deberá presentar los materiales de solicitud prescritos dentro del plazo determinado por la agencia de asistencia jurídica. Si un destinatario de asistencia jurídica proporcionada por adelantado no presenta los materiales de solicitud dentro del plazo prescrito, o si la agencia de asistencia jurídica cree que el destinatario no cumple con las condiciones para recibir asistencia jurídica, se dará por terminada la asistencia jurídica.

Artículo 39: Si un personal de asistencia jurídica tiene alguna de las siguientes circunstancias, la institución de asistencia jurídica cancelará y asignará personal de asistencia jurídica:

(1) Relacionados con los asuntos de asistencia jurídica siendo tramitado Tener interés;

(2) Perder la calificación de defensor o agente conforme a la ley;

(3) Estar sujeto a sanciones administrativas o disciplinarias en el proceso de emprender asuntos de asistencia jurídica;

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(4) No poder continuar manejando asuntos de asistencia jurídica debido a razones especiales como enfermedad, estudiar en el extranjero, ausencias prolongadas, etc.;

(5) Realizar la conducta especificada en el artículo 53 de este Reglamento Uno de los anteriores;

(6) Decidir cambiar el personal de asistencia jurídica con base en la solicitud del destinatario;

(7) Otras circunstancias que requieran el retiro y asignación del personal de asistencia jurídica.

Artículo 40 Si se produce alguna de las siguientes circunstancias, la institución de asistencia jurídica decidirá poner fin a la asistencia jurídica:

(1) En un caso penal que solicita asistencia jurídica, el sospechoso del delito , El acusado insiste en defenderse y se niega a ser defendido por un abogado designado por la agencia de asistencia jurídica;

(2) El caso se da por terminado o se desestima de conformidad con la ley;

(3) El beneficiario de la ayuda Confíe por su cuenta a otros agentes o defensores;

(4) El beneficiario de la ayuda solicite poner fin a la asistencia jurídica gratuita, excepto cuando deba notificarse a la defensa;

(5) El destinatario de la ayuda utiliza la asistencia jurídica y participa en actividades ilegales;

(6) El destinatario oculta deliberadamente hechos importantes relacionados con el caso o proporciona pruebas, certificaciones y materiales de declaración de dificultades financieras falsos;

(7) El destinatario se niega a firmar documentos legales y materiales relacionados que deberían ser firmados por él mismo, lo que resulta en la incapacidad de manejar asuntos de asistencia legal;

(8) El destinatario pierde el contacto y es incapaz de continuar brindando asistencia jurídica

(9) Otras circunstancias que requieran la terminación de acuerdo con las leyes y regulaciones.

Artículo 41: Si una institución de asistencia jurídica decide dar por terminada la asistencia jurídica, enviará una decisión sobre la terminación de la asistencia jurídica al destinatario y, al mismo tiempo, notificará a la unidad donde trabaja la persona de asistencia jurídica y a las autoridades pertinentes. agencias y unidades.

Artículo 42 Después de completar los asuntos de asistencia jurídica, el personal de asistencia jurídica deberá presentar los documentos y materiales de cierre del caso a la agencia de asistencia jurídica dentro de los 30 días siguientes a la fecha de cierre del caso.

Artículo 43 Las instituciones de asistencia jurídica pagarán subsidios al personal de asistencia jurídica de acuerdo con las normas de subvención para asuntos de asistencia jurídica dentro de los treinta días siguientes a la fecha de recepción de los documentos y materiales de cierre del caso presentados por el personal de asistencia jurídica. Con la aprobación de la persona a cargo de la agencia de asistencia jurídica, la agencia de asistencia jurídica también puede pagar subsidios para la gestión de asuntos de asistencia jurídica antes de que concluya el caso, en función de las necesidades de su tramitación.

El departamento administrativo judicial provincial, junto con el departamento financiero provincial, formulará estándares de subsidio para asuntos de asistencia jurídica basados ​​en el nivel de desarrollo económico de la provincia y con referencia a factores tales como el costo de manejar diversos asuntos legales. asuntos de ayuda, costos laborales básicos, etc., y proporcionar estándares de subsidio para asuntos de asistencia legal según sea necesario.

Los condados (ciudades, distritos) al nivel de prefectura o por encima de él pueden aumentar adecuadamente los estándares de subsidio en función del nivel provincial de desarrollo económico. Artículo 44 Durante el proceso de recibir asistencia jurídica, los beneficiarios de la ayuda tienen derecho a aprender de las instituciones de asistencia jurídica y del personal de asistencia jurídica sobre el manejo de los asuntos de asistencia jurídica.

Las instituciones de asistencia jurídica y el personal de asistencia jurídica deben informar rápidamente a los destinatarios sobre el estado de los asuntos de asistencia jurídica.

Artículo 45 Si el personal de asistencia jurídica no cumple con sus funciones de conformidad con la ley durante el proceso de asistencia jurídica, los beneficiarios podrán solicitar la sustitución del personal de asistencia jurídica. La institución de asistencia jurídica decidirá si cambia el personal de asistencia jurídica dentro de los cinco días hábiles siguientes a la fecha de aceptación de la solicitud y notificará al destinatario.

Artículo 46: En los casos en que la institución de asistencia jurídica decida brindar asistencia jurídica, el destinatario podrá solicitar al tribunal popular o institución de arbitraje el aplazamiento, reducción o exención de las tarifas de aceptación del caso, las tarifas de litigio y las tarifas de arbitraje. .

Artículo 47 Si un beneficiario de la ayuda solicita una certificación notarial o una tasación judicial con un certificado válido proporcionado por una agencia de asistencia jurídica, la agencia notarial o la agencia de tasación judicial reducirá o renunciará a los honorarios de notarización y tasación judicial después de aceptar la solicitud. .

Si un beneficiario de ayuda solicita una inspección, evaluación o auditoría basándose en certificados válidos proporcionados por una agencia de asistencia jurídica, los órganos judiciales, los órganos administrativos y las instituciones pertinentes deberán aplazar, reducir o renunciar a las tasas de inspección y evaluación. honorarios de acuerdo con la normativa, honorarios de auditoría.

Artículo 48 Los destinatarios deberán cooperar con el trabajo de las instituciones de asistencia jurídica y el personal de asistencia jurídica, y no deberán participar en las siguientes conductas:

(1) Proporcionar materiales de evidencia falsos;

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(2) Obtener asistencia jurídica por medios engañosos;

(3) Solicitar cambio de personal de asistencia jurídica sin motivos justificables;

(4) Solicitar personal de asistencia jurídica Realizar solicitudes sin base fáctica ni jurídica;

(5) Interferir o impedir que el personal de asistencia jurídica maneje asuntos de asistencia jurídica o amenazar al personal de asistencia jurídica;

(6) Otra falta de cooperación con la ley La realización del trabajo de las agencias de ayuda y el personal de asistencia jurídica.

Artículo 49: Los gastos de viaje, gastos de impresión, gastos de transporte y comunicación, gastos de investigación y recolección de pruebas y demás gastos necesarios para el personal de asistencia jurídica serán incluidos en la solicitud de litigio o arbitraje por parte del destinatario, a juicio de el Tribunal Popular o la institución de arbitraje. Si se dictamina que los no beneficiarios deben asumir los costos, los beneficiarios deben pagar los honorarios recibidos antes mencionados a la agencia de asistencia jurídica e incluirlos en los fondos de asistencia jurídica.

Artículo 50 Los abogados y despachos de abogados cumplirán las obligaciones de asistencia jurídica de conformidad con la ley. Si los recursos de abogados locales son insuficientes para satisfacer la demanda de asistencia jurídica, el departamento de administración judicial del nivel superior siguiente se organizará y coordinará.

Los trabajadores de servicios jurídicos de base y las oficinas de servicios jurídicos de base deberán asumir obligaciones de asistencia jurídica proporcionales a su alcance de trabajo.

Los abogados, los trabajadores de servicios jurídicos de base, los bufetes de abogados y las oficinas de servicios jurídicos de base no deberán negarse a realizar asuntos de asistencia jurídica asignados por las agencias de asistencia jurídica dentro de sus respectivas regiones administrativas sin razones justificables.

Artículo 51 Cuando el personal de asistencia jurídica se ocupa de asuntos de asistencia jurídica, puede exigir que las agencias de asistencia jurídica emitan los materiales de certificación necesarios o coordinen con las agencias y unidades pertinentes que proporcionen asistencia dentro del alcance de sus funciones.

Si el personal de asistencia jurídica necesita traducción y servicios expertos para manejar asuntos de asistencia jurídica, las agencias de asistencia jurídica deben proporcionar asistencia.

Artículo 52 El personal de asistencia jurídica informará sobre la gestión de los asuntos de asistencia jurídica de acuerdo con los requisitos de las instituciones de asistencia jurídica.

Si un asunto de asistencia jurídica implica cualquiera de las siguientes circunstancias, el personal de asistencia jurídica deberá informar a la agencia de asistencia jurídica:

(1) El destinatario de un caso de asistencia jurídica penal se niega a defenderlo; actuar como agente;

(2) Hay circunstancias que deberían poner fin a la asistencia jurídica de acuerdo con la ley;

(3) Involucrar incidentes masivos;

(4) Existen importantes impactos sociales;

(5) Otras situaciones complejas y difíciles.

Artículo 53: El personal de asistencia jurídica no deberá incurrir en las siguientes conductas al atender asuntos de asistencia jurídica:

(a) Retraso en el tratamiento de asuntos de asistencia jurídica;

(2) Terminar o transferir asuntos de asistencia legal a otros sin autorización;

(3) Revelar secretos de estado, secretos comerciales y la privacidad de las partes conocidas en el manejo de asuntos de asistencia legal;

(4) Cobrar bienes o buscar otros beneficios ilegítimos del destinatario;

(5) Instigar, instigar, instigar o inducir al destinatario a utilizar medios ilegales para resolver disputas y controversias;

(6) Colusión maliciosa con otros para infringir los derechos e intereses legítimos de los beneficiarios de la ayuda.

Artículo 54 Las instituciones de asistencia jurídica deberán realizar educación jurídica pública, brindar información jurídica al público y orientarlo para que exprese sus reclamaciones de conformidad con la ley.

Artículo 55 Las instituciones de asistencia jurídica establecerán y mejorarán ventanillas de servicios de conveniencia de asistencia jurídica y se encargarán de que los profesionales del derecho proporcionen servicios de consultoría jurídica gratuitos.

Las agencias de asistencia jurídica deben establecer estaciones de trabajo de asistencia jurídica en ciudades, calles, aldeas (comunidades), unidades militares y áreas o unidades donde se concentra la demanda de asistencia jurídica, y establecer estaciones de trabajo móviles en áreas remotas y áreas donde se concentran personas necesitadas para aceptar solicitudes de asistencia jurídica, promover solicitudes telefónicas, solicitudes en línea, aceptación puerta a puerta y otros servicios, fortalecer la construcción de líneas directas de servicios legales y utilizar plataformas en línea y herramientas de comunicación emergentes para brindar. servicios legales.

Artículo 56 Las instituciones de asistencia jurídica utilizarán de manera integral la evaluación de la calidad, las audiencias judiciales, la revisión de expedientes de casos, las consultas con las agencias de gestión de casos, las visitas posteriores a los beneficiarios de la ayuda, etc., para fortalecer la gestión de la calidad de la asistencia jurídica.

Artículo 57: Al tramitar casos, el personal de los tribunales populares, las fiscalías populares, las oficinas de seguridad pública, las instituciones de mediación de conflictos laborales y de personal y las instituciones de arbitraje informarán prontamente a las partes interesadas sobre los requisitos de asistencia jurídica. derecho a la asistencia jurídica.

Los centros de detención deben ofrecer condiciones convenientes para que los abogados de asistencia jurídica se reúnan con los sospechosos de delitos. Los centros de detención donde las condiciones lo permitan pueden establecer estaciones de trabajo de agencias de asistencia jurídica en los centros de detención para brindar consultas jurídicas gratuitas a los detenidos y sus familias o aceptar solicitudes de asistencia jurídica.

Artículo 58: Cuando las agencias de asistencia jurídica brinden asistencia jurídica en los tribunales populares, prisiones, centros de detención, centros de detención y otras unidades, las unidades pertinentes deberán brindar asistencia.

Artículo 59: Asuntos civiles, recursos humanos y seguridad social, tierras y recursos, vivienda y desarrollo urbano-rural, industria y comercio, tributación, archivos y otros departamentos. Se debe fortalecer la coordinación y cooperación con las instituciones de asistencia jurídica y se debe disponer de información y materiales pertinentes.

Las agencias estatales y las unidades pertinentes deben apoyar el uso de archivos para la investigación y la recopilación de pruebas en el manejo de asuntos de asistencia jurídica, y los honorarios involucrados en la revisión de archivos deben reducirse o reducirse de acuerdo con las regulaciones pertinentes. Artículo 60 Los departamentos administrativos judiciales, las agencias de asistencia jurídica y su personal, los bufetes de abogados y los abogados que violen las normas durante el proceso de asistencia jurídica asumirán las responsabilidades legales correspondientes de conformidad con las leyes y reglamentos pertinentes.

Artículo 61 Si el trabajador del servicio jurídico de base incurre en alguna de las siguientes circunstancias, será sancionado por el departamento administrativo judicial si se constituye delito, se investigará la responsabilidad penal conforme a la ley; :

(1) Negarse a aceptar casos de asistencia jurídica sin razones justificables;

(2) Retrasar, cancelar o transferir la asistencia jurídica a otros sin autorización;

(3) Cobrar bienes de los destinatarios o buscar otros intereses ilegítimos;

(4) Colusión maliciosa con otros para infringir los derechos e intereses legítimos de los destinatarios de la ayuda.

La administración judicial ordenará la devolución de los bienes cobrados al destinatario, pudiendo imponer una multa no menor de una vez ni mayor de tres veces el valor de los bienes cobrados. Las ganancias ilegales obtenidas de otros intereses ilegítimos serán confiscadas por el departamento administrativo judicial.

Artículo 62: Si el destinatario obtiene asistencia jurídica por medios engañosos, deberá pagar los honorarios del servicio jurídico; si se constituye delito, la responsabilidad penal se perseguirá conforme a la ley.

Artículo 63: Si una institución de asistencia jurídica no paga subsidios al personal de asistencia jurídica de acuerdo con las normas para el manejo de asuntos de asistencia jurídica, el departamento administrativo judicial le ordenará corregir si el caso es grave; , el responsable directo y los demás responsables directos serán sancionados de conformidad con la ley.

Artículo 64 El presente reglamento se aplicará a los casos de asistencia jurídica escuchados o tramitados por tribunales populares especializados y fiscalías populares especializadas distintos de los tribunales y fiscalías militares.

Artículo 65 El presente Reglamento entrará en vigor el 0 de abril de 2065438.