Condiciones para reunirse con abogados
Base jurídica: Reglamento sobre las reuniones de abogados con presos en las cárceles
Artículo 5: Cuando un abogado necesite reunirse con un delincuente detenido, podrá presentar la solicitud a la prisión donde se localiza al delincuente por fax, correo postal o directamente Copias de los siguientes materiales, debiendo presentarse los originales en la prisión el día de la entrevista:
(1) Certificado de ejercicio de abogado; p>
(2) Certificado de firma de abogados;
(3) Un poder del propio criminal o de su tutor o parientes cercanos, una carta oficial de asistencia jurídica o documentos de respaldo relevantes para la investigación y recopilación de pruebas en otro caso.
El centro penitenciario conservará el certificado original emitido por el despacho de abogados que indique que el abogado se ha reunido con el delincuente detenido.
Si el tutor o un familiar cercano de un delincuente confía a un abogado para que lo represente, el abogado deberá confirmar con el propio delincuente si se ha establecido una relación de cliente durante la primera reunión.
Artículo 6 Si un abogado necesita un asistente para asistir a una reunión con un criminal bajo custodia, deberá presentar a la prisión un certificado del asistente legal que se reunió con el criminal y un certificado de práctica de abogado emitido por el bufete de abogados. o solicitar un certificado de práctica de abogado.