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Estándares de sentencia para el delito de obligar a otros a prostituirse

Análisis jurídico: El que obligue a otros a ejercer la prostitución, será sancionado con pena privativa de libertad no menor de cinco años ni mayor de diez años, y además, si las circunstancias fueran graves, se le impondrá pena de prisión fija; - Pena privativa de libertad no menor de diez años o cadena perpetua, además de multa o confiscación de bienes. El que obligue a menores a la prostitución será severamente castigado de conformidad con lo dispuesto en el párrafo anterior. El que cometa el delito del párrafo anterior y además cometa el delito de asesinato, lesiones, violación, secuestro, etc., será castigado conforme a las disposiciones de la pena concurrente para delitos múltiples.

Se considerará "circunstancia grave" obligar a otras personas a ejercer la prostitución en cualquiera de las siguientes circunstancias:

(1) Prostitución El número total de personas es más de cinco;

(2) Hay más de tres prostitutas, incluidas menores, mujeres embarazadas, personas con retraso mental y personas con enfermedades de transmisión sexual graves;

(3) )Obligar a niñas menores de catorce años a prostituirse;

(4) Causar automutilación, suicidio u otras consecuencias graves a la prostituta forzada;

(5) Otras circunstancias graves.

Base jurídica: Artículo 358 de la "Ley Penal": Quien organice u obligue a otros a ejercer la prostitución será condenado a pena privativa de libertad no menor de cinco años ni mayor de diez años, y también será multado, si las circunstancias son graves, con pena de prisión de duración determinada o cadena perpetua, y multa o confiscación de bienes; El que organice o obligue a menores a ejercer la prostitución será severamente castigado de conformidad con lo dispuesto en el párrafo anterior. Quien cometa los delitos previstos en los dos primeros párrafos y también cometa delitos como asesinato, heridas, violación, secuestro, etc. será castigado de conformidad con las disposiciones de pena concurrente para delitos múltiples. El que reclute y transporte personas con el fin de organizar la prostitución o ayude a otros a organizar la prostitución será condenado a pena privativa de libertad no mayor de cinco años y también será multado si las circunstancias son graves, será condenado a pena fija; - Pena privativa de libertad no menor de cinco años ni mayor de 10 años y también multa.