Ley Negra
1. Ilustración del Nuevo Derecho Natural
En la historia del pensamiento jurídico occidental, el Nuevo Derecho Natural es la herencia y desarrollo de la tradición del Derecho natural occidental. La conciencia de la ley natural se remonta a los orígenes de la civilización occidental y ha sido utilizada por personas en diferentes épocas para diferentes propósitos a lo largo de miles de años de historia. Su forma se renueva constantemente y su contenido se mejora constantemente. Los principales representantes de la nueva escuela de derecho natural, que surgió en el entorno social especial del siglo XX, son Maridan, Fuller, Rawls y Dworkin. Cada una de sus nuevas teorías (o axiología) de la ley natural tiene diferentes énfasis, pero todas encarnan la forma pensante del concepto de ley natural. Todos creen que el derecho debe prestar atención a cierta inevitabilidad y que el desarrollo del derecho debe seguir ciertos principios de valor y reflejar ciertos requisitos de valor. Ya sea el derecho natural teológico de Maridan, el derecho natural procesal de Fuller, la teoría de la justicia de Rawls o la teoría de los derechos de Dworkin, todos ellos se centran en el origen o fundamento del surgimiento y existencia del derecho, el propósito y significado del derecho, y qué derecho debería perseguir. estado ideal. ③Todos tienen una "tabla de valores" en sus manos para proporcionar una base para la formulación y evaluación de la futura ley. La nueva escuela de derecho natural enfatiza que el derecho en sí es un sistema de valores, que debe reflejar ciertas relaciones de valores, y concede gran importancia a la racionalidad y la moralidad del derecho. A través de resumir, refinar y pensar, crearon un marco y modelo ideal para la construcción del derecho.
En segundo lugar, analizar la ilustración de la jurisprudencia positivista.
En los tiempos modernos, la jurisprudencia analítica está representada principalmente por Kelsen y Hart. Básicamente hereda la teoría del derecho analítico tradicional, distingue estrictamente "en realidad este tipo de derecho" y "debería ser este tipo de derecho", se centra en el análisis lógico del derecho positivo sin hacer juicios de valor relevantes y niega la inevitabilidad entre valor y moralidad. Kelsen señaló que el juicio de valor es inherentemente subjetivo, por lo que sólo puede ser relativo; las personas no pueden utilizar el conocimiento racional para responder proposiciones sobre la universalidad y el valor supremo del derecho para la justicia absoluta en el derecho natural; engaño o una ideología." (4) Dado que mantiene una actitud moralmente escéptica y agnóstica hacia la justicia, (5) Kelsen cree que la justicia sólo puede ser una especie de "legalidad" y que una ciencia jurídica que estudia puramente las estructuras jurídicas y no tiene nada que ver con los valores. debe establecerse (la llamada "jurisprudencia pura") "describe cuál es realmente su objeto, en lugar de prescribir cómo debe o no debe basarse en un juicio de valor particular". 6 Hart define el derecho como "el derecho es "una regla especial", que es el principio básico de su "jurisprudencia analítica semántica", tomando la jurisprudencia empírica analítica de Austin como una fuente teórica importante. El positivismo analítico sostiene que el derecho está relacionado pero "no necesariamente relacionado" con la moralidad, y que el derecho debería adoptar un "concepto amplio" que distinga la validez del derecho de la inmoralidad del derecho. Nos devuelve de la "utopía" jurídica de los abogados naturales al mundo real. del positivismo, y utiliza métodos más nuevos en el análisis lógico de las formas jurídicas, heredando el énfasis y la investigación sobre el derecho positivo en la jurisprudencia analítica tradicional, y también absorbe y adopta elementos razonables de otras escuelas jurídicas, y es rico en contenido y bastante influyente.
3. La Ilustración del derecho sociológico
El derecho sociológico nace a finales del siglo XIX y principios del XX. Es un pensamiento jurídico positivista basado en la sociología. "Utiliza teorías y métodos sociológicos para comprender y estudiar cuestiones jurídicas". Los principales representantes del derecho social son Dickey, Ehrlich y Pound. Encarna la teoría del "conexionismo social", encarna valores de orientación social y se centra en los intereses generales de la sociedad. Es famoso por su perspectiva de "ley viva". Cree que este tipo de "ley que gobierna la sociedad misma", aunque no está formulada en disposiciones legales, "puede prevenir la aparición de disputas". ser utilizado para resolver disputas sin la ayuda de las instituciones legales nacionales". ⑧ Recordó a la gente que preste atención a otros códigos de conducta (como costumbres, ética profesional, regulaciones industriales, etc.), recurriendo al orden social fuera del La teoría jurídica sociológica de De se considera una típica funcionalista y funcionalista, deshaciéndose de la rígida perspectiva de investigación jurídica y del método de análisis de normas jurídicas "puras" y dirigiendo el enfoque del análisis jurídico a la vida social y el entorno social más amplios. teoría pragmatista Propuso que "el derecho es una 'función social' o 'control social'", reemplazando el concepto lógico por el concepto funcional de derecho, y defendió que "útil significa" Verdad ". También propuso el programa básico de la ley. sociología jurídica, que inspira a las personas a prestar atención a los efectos reales de los sistemas jurídicos y las teorías jurídicas, enfatiza el uso de perspectivas y métodos sociológicos para estudiar el derecho, se centra en el papel del derecho en lugar del contenido abstracto y se centra en la conexión entre el derecho; y la vida social En resumen, el derecho social "ha asumido la responsabilidad histórica de romper las limitaciones del 'cerramiento legal' desde su nacimiento. Su postura de orientación social, sus métodos de investigación y su perspectiva de socialización jurídica tienen una gran influencia en el desarrollo del derecho". . y ciertos cambios sociales tienen un importante significado esclarecedor.
En cuarto lugar, resuma la importancia de las tres principales escuelas jurídicas.
Como se mencionó anteriormente, cuando se trata de la importancia de las tres principales escuelas del derecho occidental moderno, no hay duda de que su mayor importancia son ellas mismas: muchos juristas han creado un mundo nuevo al heredar a sus predecesores y su agudo pensamiento. El vasto océano de jurisprudencia. Aunque no son la verdad, son los pasos para que las personas exploren la verdad para siempre. Ya sea macroconstrucción o microexploración, proporciona tesoros preciosos e iluminación infinita para la investigación de las generaciones futuras. Específicamente, la importancia de las tres principales facultades de derecho es la siguiente:
(1) Echemos un vistazo a la naturaleza, el propósito y los métodos de investigación del derecho desde múltiples ángulos.
Como decía Bodenheimer, la verdad es la suma de las experiencias de las personas en un momento dado. La ley es como un edificio con muchas salas y es difícil iluminar todos los rincones con una sola luz al mismo tiempo. Y una facultad de derecho es como una lámpara que ilumina el edificio jurídico, "pareciendo un pico en la ladera de una colina. Delinean la imagen de la ley desde diferentes perspectivas". Las tres principales escuelas de derecho fueron reconocidas por el jurista estadounidense Jerome Hall.
Resumen en tres factores inseparables del derecho, que representan el valor, el concepto y el hecho del derecho respectivamente. No sólo en términos de contenido sustantivo, sino también, lo que es más valioso, las tres principales escuelas de derecho han proporcionado abundantes formas y métodos para que las generaciones futuras comprendan, investiguen y desarrollen el derecho. El nuevo derecho natural recuerda a la gente que al construir un sistema jurídico, los pilares de valores y la moral del derecho deben basarse en ciertos estándares, a fin de evitar la pérdida de la justicia de entidad jurídica y la degradación del derecho a una disciplina puramente técnica. El positivismo analítico se centra en el estudio del "derecho positivo" y ha realizado debates en profundidad y contribuciones destacadas a proposiciones como las normas jurídicas, las estructuras jurídicas, los ordenamientos jurídicos y la unidad de diversos elementos dentro del sistema jurídico. Su análisis lógico y positivismo son herramientas necesarias para que las generaciones futuras estudien derecho. La Facultad de Derecho Social defiende el concepto de "basado en la sociedad", centrándose en la eficacia del derecho y la relación entre el derecho, la vida social y otras disciplinas. No sólo eso, los métodos de investigación y las actitudes pragmáticas de la sociología jurídica que adoptaron también han influido profundamente en la tendencia de desarrollo de la ciencia jurídica en Occidente e incluso en el mundo entero. Por supuesto, por muy destacadas que sean las contribuciones de las tres principales escuelas jurídicas, no pueden ser la verdad en mayúsculas, sino que son sólo parciales y relativas. Sin embargo, situarse al final de la historia y criticar sus limitaciones en retrospectiva no tiene sentido. Lo verdaderamente significativo es descubrir lo que humildemente dan. ¿Qué obtuvimos? ¿Cómo se debe utilizar? Más allá de eso, no hay mayor valor.
(2) Las tres principales escuelas de derecho se han adaptado a los requisitos de situaciones sociales específicas en períodos específicos y tienen importancia histórica y práctica.
Todo se produce siempre por alguna necesidad; una vez producido, primero debe servir a esa necesidad. Las tres principales escuelas jurídicas occidentales surgieron en respuesta a las necesidades sociales, económicas y políticas de períodos históricos específicos. Hablando de su importancia, primero deben satisfacer las necesidades de la vida social en ese momento. A mediados del siglo XIX, con la estabilización del régimen burgués, los lemas abstractos de "libertad, igualdad y derechos" del derecho natural clásico ya no podían cumplir con sus requisitos para consolidar los intereses creados y fortalecer el control social. Por lo tanto, la jurisprudencia histórica y la jurisprudencia positivista analítica surgieron como los tiempos lo requieren, trayendo conceptos jurídicos específicos y claros y un sistema lógico estricto para mantener el orden jurídico actual. Durante la Segunda Guerra Mundial, las fuerzas fascistas causaron enormes desastres a personas de todo el mundo, lo que hizo que la gente se diera cuenta de que la ley no puede existir sin estándares de justicia y valores relativamente universales. ⑩Las leyes del "bien y del mal" sólo ayudarán a que otros abusen y dañen a las personas. En este contexto, surgió un nuevo derecho natural. Se reevaluaron "viejos temas" como la moralidad, la justicia y los derechos de la ley, y se protegió el valor de la ley. Los antecedentes históricos de la Facultad de Derecho Social se remontan a finales del siglo XIX y principios del siglo XX, cuando el desarrollo del capitalismo occidental cayó en un "cuello de botella", las crisis económicas continuaron estallando, todos los ámbitos de la vida estaban en recesión y los corazones de la gente estaban flotando. El liberalismo tradicional, el liberalismo económico y las "leyes de puertas cerradas" han sido cuestionados y bombardeados por la realidad social. Se ha convertido en una tendencia inevitable que el Estado intervenga en la vida social y económica y rompa los grilletes de la "teoría de la independencia legal". La sociología jurídica "prescribe la medicina adecuada para cada caso", defiende la orientación social, presta atención a la conexión entre el derecho y la vida social y otras disciplinas, y aboga por dar pleno juego a la iniciativa del poder judicial. Por lo tanto, ha sido bien recibida. reformadores desde sus inicios. En Estados Unidos, donde la "necesidad" es mayor, se ha convertido en una escuela que ha dominado durante mucho tiempo el campo del derecho. Se puede ver que cualquier desarrollo y movimiento en el campo ideológico se origina en la estructura socioeconómica de una época, que también proporciona una "tendencia autosostenida" para este período.
, es decir, tiene significado histórico y realista.
(3) Las tres principales escuelas jurídicas han heredado y desarrollado las teorías tradicionales de la filosofía jurídica occidental, permitiendo que estas ideas se difundan de una forma más razonable.
Las tres principales escuelas jurídicas, excepto la sociología jurídica, surgieron relativamente tarde y no existe distinción entre "nuevas" y "viejas". Otras dos escuelas podrían denominarse "nuevas". No hace falta decir que la jurisprudencia analítica de Kelsen y Hart se desarrolló aún más sobre la base de la "vieja" jurisprudencia analítica de Austin. Las escuelas jurídicas occidentales contemporáneas no sólo han heredado sus respectivas teorías "ancestrales", sino que también han absorbido algunos factores razonables entre sí, mostrando una tendencia a la convergencia. Por ejemplo, en comparación con el derecho natural clásico, el nuevo derecho natural es menos "metafísico" y más "operativo", y satisface los requisitos del positivismo social. El nuevo derecho analítico critica la "teoría del mando legal" de Austin y, hasta cierto punto, la reconoce; la existencia de valor jurídico, es decir, el "contenido mínimo del derecho natural", que muestra la absorción de la teoría del derecho natural.
Es este tipo de "reparación" y aprendizaje mutuo lo que impide que la teoría jurídica occidental tradicional sea eliminada debido al desarrollo histórico y sus propias deficiencias. Más bien, aparece en una nueva forma que es más razonable que la vida social y económica contemporánea. La jurisprudencia occidental se ha desarrollado hasta el día de hoy en este ciclo de negación. Heredan y obedecen la tradición, es decir, el orden interno de la cultura nacional, y al mismo tiempo se actualizan estrechamente con el desarrollo de las situaciones sociales, produciendo y mejorando así el sistema jurídico adecuado para la sociedad occidental. En la sociedad moderna de economía de mercado, tiene cierta universalidad y otras naciones lo estudian y utilizan con entusiasmo.
(5) La ilustración de las tres principales escuelas jurídicas occidentales modernas sobre el Estado de derecho en China.
El tiempo vuela mientras las estrellas se mueven. Han pasado más de 500 años desde que la sociedad humana entró en la etapa "moderna". A principios del siglo pasado, cuando el viento del oeste se extendió hacia el este, la sociedad china comenzó a hacer la transición de "sistemas sociales antiguos y tradicionales a la civilización moderna". Aunque "la experiencia extranjera no puede reemplazar la experiencia china" (13), nadie puede negar la objetividad de las leyes de desarrollo de la sociedad y el derecho humanos, la * * * similitud de la economía de mercado y las relaciones sociales, y el avance y avance de la cultura jurídica occidental. hasta cierto punto la universalidad. Establecer y mejorar un sistema de civilización legal que se ajuste al espíritu moderno se ha convertido en un conocimiento común en la sociedad actual. En el proceso de aprender de ella, primero debemos prestar atención a la filosofía jurídica occidental, porque es el componente principal de la cultura jurídica. Las ideas representan "conocimiento" y los sistemas representan "acción". Las personas que no saben no pueden pensar en acciones. 14. El pensamiento jurídico de las tres principales escuelas de jurisprudencia occidental moderna es la herencia y el desarrollo de miles de años de teoría jurídica occidental y contiene la esencia de muchos pensamientos filosóficos jurídicos occidentales. Hoy en día, cuando buscamos humildemente la verdad en Occidente y construimos un estado de derecho socialista a partir de la nada, aprender las escuelas jurídicas occidentales modernas no es de ninguna manera un entretenimiento de lujo; su pensamiento "sustantivo", sus métodos de investigación jurídica e incluso su espíritu académico son dignos de nuestra atención; y estudiar. No es aconsejable tratar ciegamente las leyes occidentales con una actitud xenófoba y arrogante, ni trasplantar ciegamente las leyes occidentales "sólo para su uso y no para su cuerpo". Lo que debemos hacer es estudiar la "autenticidad" de la cultura jurídica y la filosofía jurídica occidentales, así como la relación entre estas ideas filosóficas jurídicas y las condiciones sociales e históricas, a fin de explorar el "alma viviente" del derecho occidental para nuestro uso. .