Medidas de gestión del sacrificio de ganado vacuno y ovino en la ciudad de Xuzhou
El término “productos bovinos y ovinos”, tal como se menciona en estas Medidas, se refiere a los cadáveres, la carne, la grasa, los órganos, la sangre, los huesos, las cabezas, las pezuñas y las pieles sin procesar de bovinos y ovinos después del sacrificio. Artículo 3 El departamento municipal de circulación de mercancías será responsable de la supervisión y gestión del sacrificio de ganado vacuno y ovino.
Los departamentos y unidades como industria y comercio, salud, supervisión de calidad y ganadería son responsables de la supervisión y gestión de las operaciones de producción y sacrificio de ganado vacuno y ovino de acuerdo con sus respectivas responsabilidades. Artículo 4 Esta ciudad implementa un sistema designado de sacrificio y cuarentena centralizada para ganado vacuno y ovino.
A excepción del autosacrificio familiar, ninguna unidad o individuo puede sacrificar ganado vacuno y ovino en lugares designados. Artículo 5 Las empresas dedicadas al sacrificio y procesamiento de ganado vacuno y ovino halal deberán cumplir con las regulaciones pertinentes sobre la producción y procesamiento de alimentos halal y respetar las costumbres y la etiqueta religiosa de las minorías étnicas. Artículo 6 La planificación para el establecimiento de mataderos (campos) de ganado vacuno y ovino en esta ciudad será preparada por el departamento de circulación de productos en conjunto con los departamentos municipales de planificación, protección ambiental, ganadería, salud, tierras y otros departamentos relevantes, y será organizado e implementado después de la aprobación del Gobierno Popular Municipal. Artículo 7 Los mataderos (campos) de ganado vacuno y ovino deberán cumplir las siguientes condiciones:
(1) La selección del sitio deberá cumplir con las normas y especificaciones técnicas nacionales pertinentes;
(2) El sitio deberá ser adecuado para la escala de sacrificio Fuentes de agua adaptables, la calidad del agua cumple con los estándares nacionales;
(3) Contar con mataderos, mataderos, mataderos de emergencia, salas de procesamiento de despojos y otras instalaciones, equipos y vehículos de sacrificio que cumplan con los estándares nacionales reglamentaciones y estándares de la industria;
(4) Contar con técnicos de sacrificio e inspectores de calidad de la carne que hayan obtenido certificados sanitarios de acuerdo con la ley, hayan recibido capacitación técnica profesional y hayan obtenido certificados;
( 5) Contar con equipos de cuarentena, instalaciones de saneamiento y desinfección, instalaciones de tratamiento inofensivo e instalaciones de prevención y control de la contaminación que cumplan con los requisitos nacionales;
(6) Cumplir con los requisitos de prevención de epidemias animales estipulados por el estado;
(7) Requerido por leyes y regulaciones Otras condiciones. Artículo 8 El departamento municipal de circulación de productos organizará los departamentos de ganadería, protección ambiental, salud y otros departamentos pertinentes para inspeccionar los mataderos (campos) de ganado vacuno y ovino de acuerdo con el plan. Aquellos que cumplan con las condiciones estipuladas en estas medidas se presentarán al Gobierno Popular Municipal para su aprobación y se les expedirá una marca de sacrificio designada; aquellos que no cumplan con las condiciones recibirán una respuesta por escrito; El nombre y la dirección del matadero (campo) de ganado vacuno y ovino deben anunciarse al público de manera oportuna y el cartel del matadero debe colgarse en un lugar destacado de la empresa. Artículo 9 Cuando el ganado bovino y ovino se sacrifica en mataderos (campos) designados, deben ser puestos en cuarentena por el departamento de ganadería y presentar un certificado de cuarentena. Artículo 10 Los mataderos (campos) de ganado bovino y ovino designados que sacrifican ganado vacuno y ovino deben cumplir con los procedimientos operativos y requisitos técnicos estipulados por el Estado. Artículo 11 Los mataderos (campos) de ganado vacuno y ovino establecerán un sistema de inspección de la calidad de la carne. La inspección de la calidad de la carne debe realizarse simultáneamente con el sacrificio y los resultados de la inspección deben registrarse verazmente. El período de conservación de los registros de resultados de la inspección no será inferior a dos años.
La inspección de la calidad de la carne incluirá los siguientes contenidos:
(1) Calidad del sacrificio y procesamiento;
(2) Enfermedades distintas de las infecciosas y parasitarias;
(3) Glándulas nocivas;
(4) Si se inyecta agua u otras sustancias (agregadas);
(5) Residuos de pesticidas y medicamentos veterinarios;
(6) Está prohibido el uso de drogas y otras sustancias tóxicas y nocivas;
(7) Otros elementos de inspección prescritos por el estado. Artículo 12 Para los productos de carne vacuna y ovina que pasan la inspección de calidad de la carne, la fábrica (campo) de sacrificio de carne vacuna y ovina designada emitirá un certificado de inspección de calidad de la carne y colocará un sello de inspección de calidad de la carne o una marca de inspección de calidad de la carne. Si la inspección falla, el matadero (campo) lo manejará de acuerdo con las regulaciones nacionales pertinentes bajo la supervisión de los inspectores y registrará verazmente la situación de manejo. El registro de manejo se mantendrá durante al menos 2 años;
Los productos de carne vacuna y ovina que no hayan pasado la inspección de calidad de la carne o no hayan pasado la inspección de calidad de la carne no pueden salir de la fábrica (campo). Artículo 13 Las unidades y personas dedicadas a la venta de productos bovinos y ovinos, la producción y procesamiento de alimentos cárnicos, los operadores de servicios de catering y las unidades de catering colectivo deberán pasar la cuarentena animal y la inspección de calidad de la carne, y estarán acompañados de los certificados o etiquetas pertinentes. Artículo 14 Cuando ingresen a esta ciudad productos bovinos y ovinos de otros lugares, deberán ir acompañados de certificados de cuarentena animal y de inspección de calidad de la carne y presentarse ante el departamento municipal de circulación de mercancías. Los productos bovinos y ovinos que no pasen la inspección por muestreo no se almacenarán, procesarán, venderán ni utilizarán en esta ciudad, y no se cobrarán tarifas por la inspección por muestreo.
La distribución de productos bovinos y ovinos importados deberá ir acompañada de un certificado válido reconocido por el departamento de inspección y cuarentena de entrada-salida. Artículo 15 Los mercados de agricultores, centros comerciales, supermercados, tiendas de conveniencia y otras unidades dedicadas a la venta mayorista y minorista de productos bovinos y ovinos deberán, de conformidad con las regulaciones nacionales pertinentes, establecer un sistema de acceso a acuerdos sobre productos bovinos y ovinos y un sistema de gestión de distribuidores. , un sistema de solicitud de certificados y facturas, un sistema de registro de compras y ventas y un sistema de exclusión de productos no calificados. Artículo 16 Ninguna unidad o individuo podrá inyectar agua u otras sustancias en bovinos, ovinos y sus productos, y no podrá sacrificar bovinos u ovinos que estén infectados con la epidemia, muertos por enfermedad o se desconozca la causa de la muerte.