Cómo identificar la conspiración en delitos económicos
Castigo por conspiración en delitos económicos: Quienes constituyen el delito de ayudar a la destrucción o fabricar pruebas generalmente son condenados a penas de prisión de duración determinada no mayor a tres años o detención penal. Este delito se refiere al acto de ayudar a las partes a destruir o fabricar pruebas. La llamada ayuda se refiere a preparar herramientas de destrucción para las partes, falsificar pruebas, eliminar obstáculos, hacer sugerencias, brindar condiciones, apoyar y alentar, fortalecer su destrucción, forjar confianza en las pruebas, etc.
Base Legal
Artículo 307 de la Ley Penal
Quien impida a los testigos declarar mediante violencia, amenazas o sobornos o instruya a otros a declarar perjurio, será sentenciado a una pena de prisión de no más de tres años o de detención penal si las circunstancias son graves, será condenado a una pena de prisión de no menos de tres años pero no más de siete años;
Quien ayude a una parte a destruir o fabricar pruebas, si las circunstancias son graves, será condenado a pena privativa de libertad no mayor de tres años o a prisión penal.
El personal judicial que cometa los delitos previstos en los dos primeros párrafos será severamente castigado.